N.º 15, viernes 23 de enero de 2004
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RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2004, del Director de Cooperación al Desarrollo, por el que se aprueba las solicitudes de prórroga por las Entidades UNICEF País Vasco, UNESCO Etxea y UPV, según decreto 120/1997, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado 2, del Decreto 120/1997, de 27 de Mayo, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos para becar a los/as cooperantes voluntarios/as de la CAV que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos, dichas ayudas tendrán vigencia de un año, prorrogable por otro más y el importe de la beca se fijará en la Resolución de adjudicación.
La Orden de 31 de octubre de 2002, de convocatoria de estas ayudas en el ejercicio 2002, fijaba en su base segunda que la prórroga, en su caso, dependerá de la decisión que adopte la Dirección de Cooperación, tras elevar las pertinentes consultas a la oficina en la que el/la cooperante haya trabajado durante el año y el Comité Nacional y/o autonómico del Organismo Internacional y de Representación de Naciones Unidas que corresponda. La adjudicación de las ayudas se produjo por Resolución de 30 de diciembre de 2002.
En atención a lo dispuesto en el art. 8 de dicho decreto y en la base séptima de la convocatoria, a propuesta de la Comisión Gestora del Fondo de Cooperación y ayuda al Desarrollo, y en virtud de lo establecido en el art.10 bis d) del Decreto 19/2001, de 17 de septiembre, que modifica el Decreto 7/2001, de 16 de julio, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y tras la presentación de las solicitudes de prórroga enviadas a esta dirección con fecha de 3 de noviembre de 2003, 13 de noviembre de 2003 y 14 de noviembre de 2003 por parte de las Entidades, Unesco Etxea, Unicef Comité País Vasco y UPV, respectivamente, y considerándose oportunas, ésta Dirección de Cooperación al Desarrollo informa favorablemente sobre la concesión de la prórroga en todos los casos solicitados conforme a las exigencias de la convocatoria, proponiendo su aceptación. Los casos son los siguientes:
LUZAPENAK, UNESCO
PRÓRROGAS UNESCO
Espedientea	Izena	Herria	Dirulaguntza	2003.urtea	2004.urtea	
Expediente	Nombre	País	Subvención	Año 2003	 Año 2004
NBE-2002BA/0001	OLGA LÓPEZ ALÁEZ	Kuba/Cuba 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0003	OLATZ ECENARRO SANDOVAL	Mexiko/ México	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0004	IKER LARREA EREÑO	Thailandia	 13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0005	ANA HOMET ALONSO	Costa Rica	 13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0007	CRISTINA LINAJE HERVÁS	Costa Rica	 13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0008	CRISTINA DE AZCARRAGA Y URTEAGA	 Mexiko/México	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0010	NEREA BILBATÚA THOMAS	Kanputxea	 13.500	6.750	6.750	
		Camboya
NBE-2002BA/0011	ALBERTO HERNÁNDEZ SALINAS	 Indonesia	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0013	JON MAIZA GONZÁLEZ	Ekuador/ Ecuador	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0014	MARTA URRUTXI GALLASTEGUI	Maroko	 13.500	6.750	6.750	
		Marruecos
NBE-2002BA/0015	IÑIGO ARBIOL OÑATE	Kuba/Cuba 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0016	ALVARO ORTEGA SANTOS	Uruguai	 13.500	6.750	6.750
		Uruguay	
Guztira/Total			162.000	81.000	 81.000
LUZAPENAK, UNICEF
PRÓRROGAS UNICEF
Espedientea	Izena	Herria	Dirulaguntza	2003.urtea	2004.urtea	
Expediente	Nombre	País	Subvención	Año 2003	 Año 2004
NBE-2002BA/0006	LAURA IMAZ RODRÍGUEZ	Txile/ Chile	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0038	SUSANA RUIZ DE APODAKA	Venezuela	 13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0041	VANESA COLORADO ZACHER	El Salvador	 13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0042	CATALINA ECHEVARRI GOROSTIZA	El Salvador	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0044	ESTHER MATA LASO	Nikaragua	 13.500	6.750	6.750	
		Nicaragua
NBE-2002BA/0045	AINARA ARRIETA ARCHILLA	Mexiko/ México	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0046	MARTA LÓPEZ BAYÓN	Dominikar Errep.	 13.500	6.750	6.750	
		República Dom.
NBE-2002BA/0048	JESÚS SÁNCHEZ MÚGICA	Kuba/ Cuba	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0049	BEGOÑA ARELLANO PASTOR	Dominikar Errep.	13.500	6.750	6.750	
		República Dom.
Espedientea	Izena	Herria	Dirulaguntza	 2003.urtea	2004.urtea	
Expediente	Nombre	País	Subvención	Año 2003	 Año 2004
NBE-2002BA/0050	GORKA MOLA LANDÍN	Txile/ Chile	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0051	OIHANE DE GANA ROMERO	Peru/Perú 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0053	NAGORE PUELLES R. DE ESCUDERO	 Mexiko/México 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0054	PILAR ORONOZ AMUNARRIZ	Venezuela	 13.500	6.750	6.750	
Guztira/Total			175.500	87.750	 87.750	
LUZAPENA, EHU
PRÓRROGAS UPV
Espedientea	Izena	Herria	Dirulaguntza,	2003.	2004.
			guztira 	urtea	urtea
Expediente	Nombre	País	Subvención total	Año 2003	Año 2004
NBE-2002BA/0018	JOSÉ RAMÓN RUIS NÚÑEZ	Argentina	 13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0022	EDUARDO MARTÍNES DE GUEREÑU LÓPEZ 	 Mali	13.500	6.750	6.750	
	DE MUNAIN	
NBE-2002BA/0023	ARTURO CABALLERO DÍAZ	Peru/Perú 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0024	CRISTINA MARTÍN CALVO	Turkia/ Turquía	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0025	ROSA ANA PASTOR	Mexiko/México 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0027	MÓNICA ALEXANDRA ÁVILA LOPERA	 Argentina	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0030	IZASKUN ELIZONDO MACHO	El Salvador	 13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0031	XABIER ETXEBARRIA PEREA	Peru/ Perú	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0033	IVAN BAZTAN OLALDE	Turkia/ Turquía	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0035	ALICIA ALEMÁN ARRASTIO	Peru/Perú 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0036	DOLORES CORTÉS TORO	Peru/Perú 	13.500	6.750	6.750	
NBE-2002BA/0037	JORGE PEREA FERNÁNDEZ	Peru/Perú 	13.500	6.750	6.750	
Guztira/Total			162.000	81.000	 81.000
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– Autorizar la modificación de prórroga solicitada por un año por las entidades UNICEF Comité País Vasco, UNESCO Etxea y UPV según decreto 120/1997, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas.
Segundo.– La subvención que se concede para el segundo año resulta de igual importe a la adjudicada para el primero mediante Resolución de 30 de diciembre de 2002.
Los plazos de abono y la documentación justificativa de la subvención concedida en esta prórroga serán los recogidos en la Base quinta de la Orden de 31 de octubre de 2002.
Tercero.– Cualquier incumplimiento por parte de los receptores de las ayudas de las obligaciones derivadas del Decreto 120/1997, de 27 de mayo, y de las demás disposiciones aplicables, tendrá los efectos señalados en el artículo 13 del mencionado Decreto.
Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses.
En Vitoria-Gasteiz, 8 de enero de 2004.
El Director de Cooperación al Desarrollo,
IGOR IRIGOYEN FUENTES.