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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 4, jueves 8 de enero de 2004


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
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EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 631/01.

Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: Pro. Ordinario L2 631/01.

Parte demandante: Comunidad de Propietarios Calle Libertad 4 de Vitoria.

Parte demandada: Aegón Unión Aseguradora S.A., Fernando Arrieta Loredo, Jose Luis Urrecho Pinedo y Generali Seguros.

Sobre: Proc. Ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Don Javier Pegenaute Allo, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Vitoria y su partido ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA N.º 285/03

En la ciudad de Vitoria, a 21 de noviembre de 2003; habiendo visto y oído los presentes autos de juicio declarativo ordinario, tramitado ante este Juzgado bajo el número 631/2001, y entre partes; como demandante la Comunidad de Propietarios del n.º 4 de la calle Libertad, representada por el Procurador de los Tribunales Don Javier Area Anitua, y asistida por el Letrado Don Eugenio Moreda, y como demandados Don Fernando Arrieta Loredo, Don José Luis Urrecho Pinedo, ambos en situación procesal de rebeldía, la mercantil Generali Seguros, representada por el Procurador de los Tribunales Don Iñaki Sanchíz Capdevilla y asistida por el Letrado Don Pedro Fernández Sanchidrian, la mercantil Aegón, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Concepción Mendoza Abajo y asistida por el Letrado Don Domingo Blanco; sobre reclamación de cantidad, y

FALLO

Que estimando la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Don Javier Area Anitua, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del n.º 4 de la Calle Libertad, debo condenar y condeno a don Fernando Arrieta Loredo, a don José Luis Urrecho Pinedo, a la mercantil Seguros La Estrella y a la mercantil Aegón a abonar solidariamente a la actora la suma de 1.299.169 pesetas (7.808,16 euros), y a la mercantil Aegón a abonar a la actora la suma de 350.000 pesetas (2.103, 54 euros) más los intereses legales, que para las entidades aseguradoras serán los del articulo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde el 22 de junio de 2000, con imposición a los demandados de las cotas procesales causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Líbrese y únase certificación literal a las actuaciones, incluyéndose el original en el Libro de Sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte codemandada D. Fernando Arrieta Loredo, por providencia de 02-12-03 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia.

En Vitoria-Gasteiz, a dos de diciembre de dos mil tres.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental