N.º 188, viernes 26 de septiembre de 2003
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Durango
5237
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 386/02 seguido sobre desahucio por falta de pago de rentas.
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Durango (Bizkaia).
Juicio: P. Ordinario LECn 386/02.
Parte demandante: Zubier Ibérica S.L.
Parte demandada: Iucal S.L.
Sobre: Desahucio falta de pago rentas almacén.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO
Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Durango (Bizkaia).
Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.
Persona a la que se emplaza: Iucal S.L. en concepto de parte demandada.
Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquélla.
Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.
Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
1.– Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículo 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil –LECn).
2.– La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LECn).
4.– Así mismo, se le indica que puede enervar la acción de desahucio, si antes de finalizar el plazo para contestar a la demanda, paga al actor o pone a su disposición en el tribunal n.º de cuenta en el BBVA 4762 0000 04 0386/02 o notarialmente, el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que se adeude en el momento de dicho pago (artículo 22.4 y 440.3 de la LECn).
En Durango (Bizkaia), a diecinueve de junio de dos mil tres.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 19 de junio de 2003 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento.
En Durango (Bizkaia), a diecinueve de junio de dos mil tres.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.