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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 129, miércoles 2 de julio de 2003


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Otras Disposiciones

Presidencia del Gobierno
3895

RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2003, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convoca el Premio "Realidad Social Vasca" para 2003.

El Decreto 137 /1996, de 11 de junio, modificado por Decreto 135/2003, de 24 de junio, crea y regula el Premio "Realidad Social Vasca" de investigación dirigido a premiar los estudios e investigaciones que versen sobre cualquier tema que contribuya a conocer mejor la realidad sociopolítica del País Vasco o al desarrollo teórico o metodológico para la investigación de la misma, estableciendo en su artículo 1 que será convocado anualmente mediante la correspondiente Resolución, por lo que procede convocar las ayudas para 2003.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo único.– Convocatoria.

Convocar el Premio "Realidad Social Vasca" de investigación sobre la realidad sociopolítica de Euskadi en su edición de 2003, con arreglo a las Bases que se aprueban y figuran en el Anexo único.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– En lo no previsto en la presente Resolución, y en el Decreto 137/1996, de 11 de junio, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Segunda.– La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de junio de 2003.

El Secretario General de la Presidencia,

JESÚS PEÑA MARTÍNEZ.

ANEXO
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO
"REALIDAD SOCIAL VASCA" PARA 2003

Primera.– Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto convocar, en el ejercicio del año 2003, el Premio "Realidad Social Vasca" de investigación sobre la realidad sociopolítica de Euskadi.

Segunda.– Dotación del Premio.

El Premio "Realidad Social Vasca" para el año 2003 gozará de la siguiente dotación económica, impuestos incluidos:

Primer Premio:	7.500 euros

Accésit: 	1.800 euros

Tercera.– Presentación de candidaturas.

1.– De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 137/1996, de 11 de junio, modificado por Decreto 135/2003, de 24 de junio, las candidaturas deberán incluir, junto con el trabajo de investigación que concurre al premio, la siguiente documentación:

• Memoria detallada de los objetivos en la que conste la justificación del tema, la metodología empleada, el período temporal abarcado por el estudio, fechas de realización del mismo y, en su caso, aportaciones novedosas.

• Plica o sobre cerrado en el que consten los datos personales y Curriculum Vitae de la persona o personas autoras del trabajo.

2.– Las candidaturas se presentarán en la Presidencia del Gobierno Vasco-Lehendakaritza, Dirección de Estudios y Régimen Jurídico, Calle Navarra, número 2, 01007 Vitoria-Gasteiz (Teléfono 945-018053) indicando claramente que concurren al Premio "Realidad Social Vasca" para el año 2003.

Cuarta.– Plazo de presentación.

El plazo de presentación de candidaturas finalizará a las 12 horas del día 17 de octubre de 2003.

Quinta.– Características de los trabajos presentados.

Los trabajos podrán presentarse en euskera o en castellano, en formato DIN-A4, mecanografiados a una cara y a doble espacio, en un único ejemplar, sin encuadernar y de forma anónima o con seudónimo, conforme a lo establecido en el art. 4 del Decreto regulador.

En los mismos no deberá constar dato alguno que revele o pueda revelar la identidad de la persona o personas autoras del trabajo, ni el centro de estudios donde se han realizado o presentado.

Sexta.– Criterios de adjudicación.

Al objeto de elaborar la propuesta de resolución del Premio, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:

– Calidad y rigor técnico-científico.

– Originalidad del planteamiento.

– Metodología empleada.

– Carácter innovador.

Séptima.– Adjudicación y pago.

El Premio y Accésit, en su caso, se adjudicará, previa la correspondiente propuesta del Jurado constituido al efecto, por Resolución del Secretario General de la Presidencia, que agotará la vía administrativa y será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, dentro de los seis meses desde la entrada en vigor de la Resolución de convocatoria.

Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado la indicada publicación podrá entenderse desestimadas las candidaturas presentadas.

Con posterioridad a la concesión, se procederá al pago de su dotación y, en su caso, a la entrega en acto público

Octava.– Sujeción a las bases.

La presentación al Premio "Realidad Social Vasca" supone el compromiso formal de aceptación de todo lo dispuesto en el Decreto 137 /1996, de 11 de junio, modificado por Decreto 135/2003, de 24 de junio, y en esta Resolución de convocatoria.


Análisis documental