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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 152, martes 13 de agosto de 2002


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
4571

DECRETO 174/2002, de 16 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo reservados al personal laboral y a funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos docentes de enseñanza no universitaria de la C.A.P.V. regula en el capítulo I de su título II, dedicado a la estructura y organización de la función pública docente, la figura de las relaciones de puestos de trabajo, señalando con respecto a ella los principios básicos así como los cauces procedimentales que deben observarse en su elaboración.

De esta forma, el artículo 5 del citado texto legal dispone el contenido mínimo que en cualquier caso deben contener las citadas relaciones: denominación; centro docente, servicio de Inspección Técnica o de Investigación y Apoyo a la docencia, y, en su caso el ámbito territorial de la Administración educativa al que se halle adscrito; los requisitos exigidos para su desempeño, entre los que necesariamente debe figurar el perfil lingüístico asignado y la fecha de preceptividad; la adscripción al grupo, cuerpo o escala o categoría laboral que en cada caso corresponda; y por último, tratándose de puestos de trabajo reservados a funcionarios, el complemento específico y el sistema de provisión.

Por su parte, la letra l) del artículo 4, en congruencia con la letra h) del artículo 5 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de Función Pública Vasca que reconoce la competencia para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo al Gobierno, reserva la facultad de propuesta de las relaciones de puestos de trabajo docentes al Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Las relaciones de puestos de trabajo han de ser objeto de una permanente actualización al objeto de adaptarse a las nuevas situaciones generadas en los centros como consecuencia del cambio de curso escolar. Es necesario, por consiguiente, establecer la actualización correspondiente al curso académico 2001-02.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, visto el informe del Consejo Escolar de Euskadi, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 16 de julio de 2002,

DISPONGO:

Artículo único.– Se aprueba la relación de puestos de trabajo correspondientes al curso académico 2001-2002, reservados al personal laboral y a funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que figura en el Anexo de este Decreto.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.– Los puestos de trabajo incluidos en el Anexo de este Decreto tienen asignados mensualmente el complemento específico que a continuación se detalla, en cuantías integras referidas a doce mensualidades:

Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: 560´11 euros.

En adición a las cuantías anteriores, existirá un componente de especial dedicación integrado en el complemento específico, que será devengado por el personal que ocupa los distintos puestos de trabajo en virtud de la acreditación del primer Grado, conforme al procedimiento establecido. En este caso y para el ejercicio del año 2001, las cuantía mensual íntegra del complemento de especial dedicación a percibir en cada puesto de trabajo será de 73´07 Euros.

El desempeño de funciones de carácter directivo dará derecho a las percepciones establecidas en el Decreto 177/1990 de 26 de junio sobre retribuciones de los funcionarios docentes no universitarios, actualizadas según proceda, en el Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal docente público no universitario.

Segunda.– Los puestos de trabajo de Perfil Lingüístico 1 no tienen asignada fecha de preceptividad, mientras que los de Perfil Lingüístico 2 son siempre con fecha de preceptividad vencida.

Tercera.– El sistema de provisión de los puestos de trabajo que figuran en las relaciones contenidas en el Anexo de este Decreto será el Concurso de Traslados.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de julio de 2002.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

Mª ANGELES IZTUETA AZKUE.

ERANSKINA / ANEXO

HIZKUNTZA ESKOLA OFIZIALETAKO LANPOSTU ZERRENDA

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS

ERABILITAKO SIGLEN ESANAHIA / SIGNIFICADO DE LAS SIGLAS UTILIZADAS:

H.E.O.I.K.: Hizkuntza Eskola Ofizialetako Irakasleen Kidegoa

C.P.E.O.I.: Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

LAN-LEGEP: Lan-legepeko langilegoa

PERS. LAB.: Personal Laboral

1 DG: 1. Hizkuntza eskakizuna (Datarik Gabe)

1 SF : Perfil Lingüístico 1 (Sin Fecha de preceptividad)

2 B : 2. Hizkuntza eskakizuna (Betea)

2 V : Perfil Lingüístico 2 (Vencido)

010288

EOI VITORIA-GASTEIZ HEO

LASARTEKO ERREPIDEA Z/G

01007 VITORIA-GASTEIZ

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	7		6		13		13

Frantsesa

Francés	4		1		5		5

Euskara

Euskera		6				6	6

Alemaniera

Alemán	2		2		4		4

Zuzendaritza-Laguntza

Ayuda a Dirección			2		2		2

GUZTIRA

TOTAL	13	6	11		24	6	30

012722

EOI DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN HEO

ZEMORIYA, 24

20013 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	7	5			7	5	12

Frantsesa

Francés	5	3			5	3	8

Euskara

Euskera		5				5	5

Alemaniera

Alemán	2	1			2	1	3

GUZTIRA

TOTAL	14	14			14	14	28	

012745

EOI EIBAR HEO

JARDINES, 3

20600 EIBAR

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	3	6			3	6	9

Frantsesa

Francés	2	1			2	1	3

Euskara

Euskera		3				3	3

GUZTIRA

TOTAL	5	10			5	10	15	

013028

EOI IRUN HEO

ALCALDÍA DE SACAS, 13 B

20305 IRUN

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	6	2			6	2	8

Frantsesa

Francés	5	1			5	1	6

Euskara

Euskera		4				4	4

Alemaniera

Alemán	1				1		1

GUZTIRA

TOTAL	12	7			12	7	19	

015061

EOI BARAKALDO HEO

JUAN DE GARAY, 7

48901 BARAKALDO

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	13				13		13

Frantsesa

Francés	6				6		6

Euskara

Euskera		6				6	6

Alemaniera

Alemán	1				1		1

GUZTIRA

TOTAL	20	6			20	6	26	

014182

EOI BILBAO HEO

PLAZA DE SAN PEDRO, 5

48014 BILBAO

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	24	3	1		25	3	28

Frantsesa

Francés	14	2			14	2	16

Euskara

Euskera		11				11	11

Alemaniera

Alemán	6				6		6

Errusiera

Ruso	1				1		1

Espainiera atzerritarrentzat

Español para extranjeros	3				3		3

Italiera

Italiano	2				2		2

GUZTIRA

TOTAL	50	16	1		51	16	67	

015054

EOI DURANGO HEO

SAN ROQUE, 4

48200 DURANGO

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	6	4			6	4	10

Frantsesa

Francés	3	2			3	2	5

Euskara

Euskera		7				7	7

GUZTIRA

TOTAL	9	13			9	13	22	

014865

EOI GETXO HEO

ESKOLETAKO PLAZA, Z/G

48930 GETXO

	H.E.O.I.K.	LAN-LEGEP	GUZTIRA

	C.P.E.O.I.	PERS. LAB.	TOTAL	

	1 DG	2 B	1 DG	2 B	1 DG	2 B	GUZT.

	1 SF	2 V	1 SF	2 V	1 SF	2 V	TOT.

Ingelesa

Inglés	15	1			15	1	16

Frantsesa

Francés	6				6		6

Euskara

Euskera		4				4	4

Alemaniera

Alemán	1				1		1

GUZTIRA

TOTAL	22	5			22	5	27	


Análisis documental