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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 17, jueves 24 de enero de 2002


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Justicia, Empleo y Seguridad Social
532

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2001, del Director de Empleo y Formación, por la que se notifica la Resolución adoptada, en expediente de reintegro tramitado por incumplimiento de la normativa aplicable en la concesión de subvenciones a la contratación durante el ejercicio presupuestario 1998, al amparo del Decreto 306/1996, de 24 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiéndose podido notificar a través del Servicio de Correos la Resolución que se relaciona, por ser incorrecta la dirección que consta en el expediente, haber variado el domicilio el solicitante sin comunicar tal variación a los efectos de notificación, u otras causas,

RESUELVO:

Notificar mediante publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, la Resolución adoptada en el expediente que se relaciona, haciendo saber al interesado que contra la misma podrá interponer Recurso de Alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Expediente n.º: G-0245-0693-97C Reintegro n.º: 27/01

No habiéndose presentado en los plazos señalados a tal efecto la documentación pertinente para la acreditación del cumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión de la subvención, conculcándose lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto 306/1996, de 24 de diciembre,

El Director de Empleo y Formación

RESUELVE:

Declarar la obligación de la Empresa Lourdes Montero Basqueseaux de reintegrar la cantidad de 175.000 PTA que le fueron ingresadas en concepto de subvención y anular el pago que, por igual cantidad, quedaba pendiente.

El reintegro de la cantidad señalada habrá de efectuarse en el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la presente Resolución, en la cuenta de la Tesorería General del País Vasco que se detalla a continuación:

Kutxa de Gipuzkoa, n.º de cuenta 2101.0760.69. 0002788214

Haciendo referencia en el ingreso a los respectivos números de expediente.

Se advierte que de no efectuarse el ingreso de devolución en los plazos arriba señalados, se procederá a su ejecución por la vía de apremio.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de diciembre de 2001.

El Director de Empleo y Formación,

JESÚS MONREAL ZIA.


Análisis documental