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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 68, viernes 6 de abril de 2001


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Educación, Universidades e Investigación
1872

ORDEN de 2 de abril de 2001, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de los puestos de los Servicios de Apoyo a la Educación: Berritzegunes, IVEI y CEIDAs.

El Decreto 25/2001 de, 13 de febrero, por el que se regulan los perfiles lingüísticos de los Servicios de Apoyo a la Educación establece el marco general y los criterios para la asignación de los requisitos en relación a la capacitación lingüística en euskera, las fechas de preceptividad y el régimen de exenciones concretos de los puestos de trabajo de estos servicios. Los Decretos 14/2001 y 15/2001, de 6 de febrero, determinan la creación de los Servicios de Apoyo a la Educación del IVEI y de los Berritzegunes respectivamente, especificando las funciones generales de tales servicios, el ámbito de actuación y los puestos de trabajo específico con que cuentan tales servicios. Los Decretos 26/2001, 27/2001 y 28/2001, de 13 de febrero, relativos a la RPT de los Berritzegunes, del IVEI y de los CEIDAs establecen los requisitos correspondientes a cada uno de los puestos de estos servicios. Finalmente las Ordenes de Funcionamiento de 27 de marzo de 2001 establecen las funciones específicas de las plazas, la organización interna de tales servicios y las condiciones de acceso y permanencia en tales puestos.

La puesta en marcha de tales Servicios de Apoyo a la Educación exige regular, así mismo, el proceso de acceso a los puestos de los Servicios de Apoyo a la Educación que se realizará mediante un concurso de méritos tal como establece la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no universitaria de la C.A.P.V. Mediante la presente convocatoria se pretende regular el acceso a los puestos de trabajo que han quedado vacantes tras el proceso de adscripción del personal definitivo en estos servicios. El personal que acceda a estos puestos será adscrito temporalmente al puesto durante tres años conservando durante este plazo la plaza de origen tal como establece la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la CAPV. En la presente convocatoria se establece el baremo de méritos con la puntuación correspondiente así como la composición de la Comisión evaluadora.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.– Convocar concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo existentes en los Servicios de Apoyo a la Educación: Berritzegunes, que se determinan en el Decreto 15/2001, de 6 de febrero, de creación de los Berritzegunes, los puestos del IVEI que se determinan en el Decreto 14/2001, de 6 de febrero, de creación del IVEI y los puestos de los CEIDAs que se determinan en el Decreto 28/2001, de 13 de febrero, de RPT de los CEIDAs.

Artículo 2.– Los puestos convocados son todos los puestos vacantes de los: Berritzegunes, CEIDAs e IVEI, conforme a los Decretos 26/2001, 27/2001 y 28/2001 de Relaciones de Puestos de trabajo, los cuales se adjudicarán en adscripción temporal.

Artículo 3.– Podrán tomar parte en la presente convocatoria los funcionarios y funcionarias de carrera de los Cuerpos Docentes no universitarios de la CAPV que cumplan los requisitos que para cada puesto de trabajo exige la Relación de Puestos de Trabajo (Decreto 26/2001, de 13 de febrero, de RPT de los Berritzegunes, el Decreto 27/2001, de 13 de febrero, de RPT del IVEI, Decreto 28/2001, de 13 de febrero, de RPT de los CEIDAs).

Artículo 4.– Quienes quieran tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar instancia en las Delegaciones Territoriales de Educación dirigidas al Ilmo. Sr. Director de Gestión de Personal, así como la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados conforme a las previsiones que se detallan en los Anexos I, II y III de la presente Orden. También se podrán remitir las instancias por cualquiera de los procedimientos indicados en la legislación vigente.

Artículo 5.– Todas las fotocopias que se remitan deberán ir acompañadas de las diligencias de cotejo extendidas por las Delegaciones Territoriales de Educación.

Artículo 6.– La instancia de participación, conforme al Anexo II, deberá presentarse antes del día 28 de abril de 2001. El número de peticiones que cada participante podrá incluir en su solicitud no podrá exceder de 20, debiendo solicitarse cada plaza individualmente e irán ordenadas conforme a un criterio de preferencia.

Artículo 7.– Las memorias deberán ser individuales, originales y específicas para cada uno de los puestos de trabajo que se soliciten. En el caso de puestos de trabajo de carácter idéntico o similar(direcciones, responsables de programas o equipos, tipos de asesor/a, tipo de técnico/a etc. de los diferentes Servicios) la memoria podrá contener una parte común para todos ellos y una parte específica del puesto de trabajo solicitado.

Artículo 8.– Para la valoración de los méritos alegados por los concursantes se constituye una Comisión integrada por los siguientes miembros:

– La Directora de Innovación Educativa o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

– Un técnico/a de la Dirección de Innovación Educativa que actuará como secretario/a.

– Un representante de la Viceconsejería de Educación.

– Un técnico/a de la Dirección de Gestión de Personal.

– Los Responsables Territoriales de Renovación Pedagógica.

Así mismo, la comisión contará con la presencia de un/una Delegado/a de cada Central Sindical con representación suficiente en el sector, con voz y sin voto.

Artículo 9.– No serán valorados los méritos no invocados en la solicitud ni, aquellos que figurando en la misma no sean debidamente acreditados.

A efectos de baremación de los méritos alegados, se considerará el actual curso académico 2000/2001 como año completo.

Artículo 10.– Son funciones de la Comisión:

1.– Valorar los méritos alegados por los solicitantes. Para ello la Comisión podrá convocar a los solicitantes para escuchar la defensa de sus memorias, reservándose el derecho de realizar una prueba de carácter práctico.

2.– La presidenta de la Comisión nombrará a técnicos/as especialistas para que coadyuven a la Comisión en las tareas de evaluación de las memorias, sin que éstos tengan en ningún caso la consideración de miembros integrantes de la Comisión. Estos técnicos-especialistas podrán realizar entrevistas para poder valorar mejor las memorias.

3.– La Comisión elaborará para cada una de las plazas convocadas una relación de los solicitantes con indicación de la puntuación correspondiente a cada apartado del baremo que se expondrá en la Delegaciones Territoriales. Contra la citada relación los aspirantes dispondrán de un plazo de reclamaciones de 15 días naturales a partir de la exposición en las Delegaciones Territoriales.

4.– La Comisión elevará la propuesta de resolución al Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación, reservándose la posibilidad de proponer que se declare desierta alguna de las plazas, en el caso de que ninguno de los concursantes que optasen a la misma alcanzara el 40% de la puntuación total del baremo o el 40% de la puntuación en la memoria.

Artículo 11.– La adjudicación de plazas se realizará en base a las peticiones de los concursantes y de acuerdo con la puntuación obtenida por los mismos. Se asignará a cada concursante la primera en el orden de preferencia señalada conforme a la puntuación obtenida.

Artículo 12.– En el caso de que se produjesen empates en el total de las puntuaciones éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo, conforme al orden en que aparecen en el mismo.

De persistir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos subapartados, por el orden, igualmente, en el que aparecen en el baremo.

En ambos casos, la puntuación que se tome en consideración en cada apartado no podrá exceder de la puntuación máxima establecida.

Artículo 13.– Una vez publicada la Resolución Provisional con la adjudicación de los puestos de trabajo el personal seleccionado tendrá un plazo de 15 días naturales para presentar la renuncia que se entenderá como una renuncia expresa a todos los puestos de trabajo solicitados.

Artículo 14.– La Resolución definitiva del concurso se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 15.– El personal seleccionado en virtud del presente concurso será adscrito temporalmente durante un periodo de tres años con reserva de plaza y destino definitivo de procedencia, en función de la normativa aplicable a cada uno de los servicios cuando la plaza a adjudicar esté vacante y en Comisión de Servicios cuando se adjudique una plaza por ausencia del titular.

Artículo 16.– La dedicación exigida al personal adscrito a los Berritzegunes y CEIDAs será:

a) 30 horas semanales en jornada partida de mañana y tarde, adecuándolo con la flexibilidad suficiente a las necesidades de los Centros de su ámbito de influencia, de acuerdo con el responsable territorial correspondiente.

b) El calendario anual será de 1200 horas (200 días) establecido entre el 1 de setiembre y el 15 de julio de cada año.

c) El horario habitual del Berritzegune y CEIDA como servicio zonal permitirá en todo caso el acceso del profesorado de los centros. Para ello, los horarios de cada componente del Centro se concretará con la suficiente flexibilidad, teniendo que distribuir 6 horas diarias entre las 8 y las 19 horas, no pudiendo realizar otras actividades retributivas en este horario.

Artículo 17.– La dedicación exigida al personal adscrito al Instituto Vasco de Evaluación e Investigación educativa no universitaria será:

a) 30 horas semanales en jornada partida de mañana y tarde.

b) El calendario anual será de 1200 horas (200 días) establecido entre el 1 de setiembre y el 15 de julio de cada año.

c) El horario habitual del Instituto Vasco de Evaluación e Investigación educativa no universitaria permitirá en todo caso el desarrollo de los programas previstos por el Instituto. Para ello, los horarios de cada componente de la plantilla se concretará con la suficiente flexibilidad, teniendo que distribuir 6 horas diarias entre las 9 y las 18 horas, no pudiendo realizar otras actividades retribuidas en este horario.

Artículo 18.– El personal seleccionado percibirá las retribuciones que se señalan en los Decretos de Relaciones de Puestos de Trabajo de cada uno de los Servicios.

Artículo 19.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de abril de 2001.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

INAXIO OLIVERI ALBISU.

ANEXO I
REQUISITOS Y BAREMO DE LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE
BERRITZEGUNES, IVEI Y CEIDAS

REQUISITOS:

– Los que marca la RPT para cada una de las plazas

– Obtener como mínimo el 40% de la puntuación de la memoria

– Obtener como mínimo el 40% de la puntuación del baremo

BAREMO: TOTAL MÁXIMO 32 PUNTOS (cuando el euskera sea requisito: 29 puntos)

1.– Antigüedad como funcionario de carrera: Máximo 3 puntos

1.1.– 0’20 puntos por año

2.– Perfil lingüístico de euskera: Máximo 3 puntos (cuando no es requisito)

2.1.– PL 2 o equivalente: 3 puntos

2.2.– PL 1 o equivalente: 1 punto

3.– Méritos académicos: Máximo 3 puntos

3.1.– Titulación de 1er ciclo: 0’75 puntos

si está relacionada con el área se le suman 0’75 puntos

3.2.– Titulación de 2º ciclo: 1’5 puntos

si está relacionada con el área se le suman 0’75 puntos

3.3.– Titulación de 3er ciclo: sumar 0’75 puntos.

4.– Formación recibida: Máximo 3 puntos

Se valorarán los certificados oficiales y los homologados por el Departamento de Educación de más de 10 horas (con nº expreso de horas o citados en la resolución de equivalencias)

– Por cada 10 horas, 0’10 puntos

La formación a baremar será la siguiente:

4.1.– formación relacionada con el área y didáctica en general: Máximo 1 punto

4.2.– formación relacionada con las líneas transversales:: Máximo 1 punto

4.3.– formación relacionada con los idiomas extranjeros: Máximo 0’5 puntos

4.4.– formación relacionada con informática: Máximo 0’5 puntos

5.– Experiencia: máximo 6 puntos

5.1.– Experiencia en COP, CEIDA o IDC: Máximo 4 puntos

en Dirección: 0’40 puntos por año

en el resto de las plazas: 0’25 puntos por año.

5.2.– Experiencia en equipos directivos: Dirección, Jefatura de Estudios y Secretarios/as (excepto COPs, CEIDA e IDC) o puestos de la Administración educativa

– 0’25 puntos por año. Máximo 2 puntos

5.3.– Experiencia en coordinación de grupos de formación (focalizadas, PIF, formación en o de centro, asesoría de bachilleratos LOGSE, seminarios o grupos de trabajo) o innovación (proyectos de innovación, experimentación y Centros de experimentación e innovación)

– 0’25 puntos por año. Máximo 2 punto

5.4.– Experiencia en seminarios o grupos de trabajo premiados

– 0’25 puntos por trabajo. Máximo 1 punto

6.– Publicaciones (con ISBN): Máximo 1·punto

– por publicación: 0’25 puntos

– por publicación compartida: 0’20 puntos

7.– Ponencias y cursos impartidos: Máximo 3 puntos

7.1.– Ponencias: Máximo 1 punto

– por ponencia: 0’20 puntos

7.2.– Impartición de cursos: Máximo 2 puntos

– por cada 10 horas: 0’20 puntos

8.– Memoria: Máximo 10 puntos

La memoria deberá tener un tamaño máximo de 10 folios por una cara y tratará sobre las funciones y el trabajo a desempeñar

ANEXO II
SERVICIOS DE APOYO A LA EDUCACIÓN
(BERRITZEGUNES, IVEI Y CEIDAS)
CONVOCATORIA DE PLAZAS
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

DATOS DEL SOLICITANTE

Apellidos:

Nombre:

DNI:

Centro de trabajo:

Localidad:

DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES

Calle o Plaza y n.º:

Localidad

Territorio:__________________________ Código Postal:

Teléfono

PETICIONES QUE SOLICITA POR ORDEN DE PREFERENCIA

SERVICIO LOCALIDAD PUESTO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

...... de ............ de 2001

FIRMA DEL/LA INTERESADO/A

ANEXO III

RELACIÓN DE MÉRITOS ALEGADOS

1.– ANTIGÜEDAD COMO FUNCIONARIO DE CARRERA:

2.– PERFIL LINGÜÍSTICO:

3.– MÉRITOS ACADÉMICOS:

4.– FORMACIÓN RECIBIDA:

5.– EXPERIENCIA:

6.– PUBLICACIONES:

7.– PONENCIAS Y CURSOS IMPARTIDOS:


Análisis documental