Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 68, viernes 6 de abril de 2001


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Disposiciones Generales

Interior
1862

DECRETO 57/2001, de 27 de marzo, de segunda modificación del Decreto por el que se determinan los modelos oficiales y las características a que habrán de ajustarse las urnas, cabinas, papeletas de votación, sobres y demás documentación a utilizar en las Elecciones al Parlamento Vasco, así como el procedimiento de entrega del citado material.

En el ejercicio de la potestad reglamentaria que el legislador atribuye al Gobierno Vasco en el artículo 88.1 de la vigente Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco, se dictó el Decreto 330/1994, de 28 de julio, en el que se fijaron los modelos oficiales y las características a que habrán de ajustarse las urnas, cabinas, papeletas de votación, sobres y demás documentación a utilizar en el proceso electoral autonómico de 1994.

Con motivo de las Elecciones al Parlamento Vasco del año 1998, mediante Decreto 228/1998, de 8 de septiembre se modificó el citado Decreto 330/1994, reformándose los modelos de impresos y sobres electorales para ser adaptados en las referidas Elecciones Autonómicas.

El presente Decreto que supone la segunda reforma del mencionado Decreto 330/1994, establece una serie de modificaciones en los anexos de dicho Decreto, en aspectos concretos como el cambio del año de la votación en las próximas Elecciones al Parlamento Vasco de 2001 en los modelos de sobres, papeletas e impresos electorales, la creación de un nuevo sobre para el voto por correo de los residentes en el extranjero y la fijación en determinados impresos y sobres para el voto por correo de las adaptaciones y mejoras necesarias. Asimismo, este Decreto en su artículo segundo introduce una nueva disposición adicional en la que se prevé para casos excepcionales, la posible utilización de papel no reciclado en la confección de los sobres, papeletas e impresos electorales contemplados en el referido anexo del Decreto 330/1994.

En su virtud, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno Vasco, a propuesta del Consejero de Interior y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el 27 de marzo de 2001,

DISPONGO:

Artículo primero.– 1.– En todos los modelos de impresos y sobres contenidos en los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, así como los que figuran en los anexos 8 y 9, referentes a los modelos EHDM/8.4 a 8.11 y al modelo EHEG/9.5 del Decreto 330/1994, donde dice "1998", debe decir "2001".

2.– Se modifica el impreso múltiple de solicitud del voto por correo ordinario (modelo EHVC/6.1 a y b), y el sobre dirigido al Presidente de la Mesa electoral con el voto por correo (modelo EHVC/6.4), figurando ambos en el anexo de este Decreto.

3.– Se modifica el sobre (con franqueo) dirigido al Presidente de la Junta Electoral de Territorio Histórico con el voto por correo de los residentes ausentes en el extranjero (modelo EHRA/7.2), y asimismo, se crea un nuevo modelo de sobre (sin franqueo) dirigido al Presidente de la Junta Electoral de Territorio Histórico (modelo EHRA/7.3), figurando ambos en el anexo del presente Decreto.

Artículo segundo.– Se añade una nueva disposición adicional al citado Decreto 330/1994, de 28 de julio, con la siguiente redacción:

"Las papeletas, sobres e impresos electorales se confeccionan con arreglo a las características y condiciones de impresión previstas en el anexo del Decreto 330/1994. No obstante, excepcionalmente por razones de fuerza mayor ajenas a la Administración de la Comunidad Autónoma Vasca, podrá utilizarse un tipo de papel distinto al previsto en el citado Decreto".

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de marzo de 2001.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Interior,

JAVIER BALZA AGUILERA.

ANEXO

EHVC/6.1 Impreso múltiple de solicitud de Voto por Correo.

6.1a Ejemplar para la Oficina del Censo Electoral.

6.1b Ejemplar para el interesado.

EHVC/6.4 Sobre dirigido al Presidente de la Mesa Electoral.

EHRA/7.2 Sobre dirigido al Presidente de la Junta Electoral de Territorio Histórico (Con franqueo)

(Interior de la solapa del sobre)

EHRA/7.3 Sobre dirigido al Presidente la la Junta Electoral del Territorio Histórico. (Sin franqueo)

(Interior de la solapa del sobre)


Análisis documental