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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 55, lunes 20 de marzo de 2000


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Autoridades y Personal

Hacienda y Administración Pública
1296

ORDEN de 1 de marzo de 2000, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se dispone el nombramiento como funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas en virtud de transferencias, así como su integración en los Cuerpos previstos en la Disposición Adicional Primera de la Ley de la Función Pública Vasca.

La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pú blica Vasca, prevé en su artículo 36.2 y en su Disposición Adicional Segunda, que los funcionarios que hayan accedido o accedan a las Administraciones Públicas Vascas en virtud de transferencias adquirirán la condición de funcionarios propios de la Administración de destino y se integrarán en los Cuerpos y Escalas de ésta conforme al Cuerpo de procedencia y las funciones asignadas, respetándoseles el Grupo del Cuerpo o Escala de procedencia, así como los derechos económicos inherentes al grado personal que tuvieren reconocido.

El carácter genérico de tales previsiones legales hizo necesaria la elaboración de normas que concretasen unos criterios uniformes para llevar a cabo la integración efectiva de todos los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas en la estructura y organización de la función pública vasca, a lo que se procedió mediante Decreto 195/1990, de 24 de julio, cuya Disposición Final encomendaba la determinación, mediante Orden, del procedimiento a través del cual articular la referida integración.

Por ello, la Orden de 26 de setiembre de 1997, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, determina el procedimiento de integración en los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma Vasca de los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas en virtud de transferencias, derogando el anterior procedimiento establecido por Orden de 23 de noviembre de 1990.

En cumplimiento de las previsiones contenidas en la citada Orden de 26 de setiembre de 1997, y en uso de las facultades conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1.– Nombrar a los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas en virtud de transferencias que en anexo a la presente orden se relacionan, funcionarios de carrera de la Administració n de la Comunidad Autónoma del País Vasco, integrando a los mismos en los Cuerpos que se consignan.

Artículo 2.– Los funcionarios a los que se refiere el artículo precedente que se encuentren en situación de servicio activo, continuarán adscritos, con el mismo carácter y en iguales condiciones, a los puestos de trabajo que vinieran desempeñando.

Contra la presente, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado en el plazo de un mes a partir de la notificación o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2.000.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.

A-2 GOI MAILAKO KIDEGO FAKULTATIBOA (AGIRIZAIN, LIBURUZAIN EDO DOKUMENTALISTA)
A-2 CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO (ARCHIVERO, BIBLIOTECARIO O DOCUMENTALISTA)

15955806 BRAVO GOÑI, LUIS


Análisis documental