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RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 1998, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, el edificio de la c/ San Roque n.º 12, sito en Moreda de Álava (Álava).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, así como el cumplimiento de las normas y obligaciones que estableció el Estado para la defensa del mismo contra la exportación y la expoliación mediante el Real Decreto 3068/1980, de 26 de septiembre.
En ejercicio de la competencia asumida, se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Visto el interés histórico y arquitectónico que presenta el edificio de la c./ San Roque n.º 12 de Moreda de Álava, atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural,
RESUELVO:
Primero.– Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, el edificio de la c./ San Roque n.º 12 de Moreda de Álava (Álava), conforme a la delimitación que figura en el Anexo I y la descripción obrante en el Anexo II.
Segundo.– Abrir un período para dar audiencia al interesado y proceder a la información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, el edificio de la c./ San Roque n.º 12 de Moreda de Álava (Álava) como en el punto anterior se ha indicado, para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Duque de Wellington n.º 2, de Vitoria-Gasteiz.
Tercero.– Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Cuarto.– Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Moreda de Álava y a los Departamentos de Cultura y de Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, así como al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.
Quinto.– Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Álava para su general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 10 de septiembre de 1998.
El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,
JOSÉ M.ª AGIRRE ESKISABEL.
I. ERANSKINA / ANEXO I
ANEXO I
DELIMITACIÓN
La delimitación abarca al edificio propiamente dicho.
ANEXO II
DESCRIPCIÓN
El edificio ubicado en la c./ San Roque n.º 12 de Moreda de Álava se sitúa entre esta calle y la carretera a Viana, acomodándose a la diferencia de nivel existente entre ambas calles. Pese a tener acceso por la c./ San Roque y por la carretera a Viana, el principal se encuentra en aquélla.
Se trata de una casa medianera de planta rectangular, con una altura de planta baja hacia la c./ San Roque y de planta baja más dos hacia la carretera de Viana. La fachada principal, orientada al Norte se organiza en un arco de medio punto con nueve dovelas, con escudete en clave; ventana o vano a la izquierda, con dintel trabajado en arco y encima del arco de acceso con un ventanuco correspondiente al desván. La fachada a la calle inferior se organiza con un arco adovelado de entrada en la planta baja, huecos de ventilación en las plantas superiores y dos puertas balconeras con sus correspondiente balcón de forja metálica.
Las fachadas están construidas en sillería. El alero es de canes de madera sobre cornisa de piedra modurada y labrada.
La descripción se corresponde a un edificio renacentista del S. XVI, uno de los más antiguos conservados en la c./ San Roque. Tiene una estructura interna de madera, que se halla en un buen estado de conservación. El emplazamiento entre dos cotas diferentes tiene como consecuencia el acogimiento a soluciones técnicas y tipológicas especiales y el destino de ciertos espacios interiores situados contra terreno para dependencias de servicio, almacenes agrícolas, bodegas enterradas, etc.