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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 142, miércoles 29 de julio de 1998


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Autoridades y Personal

Universidad del País Vasco
3496

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 1998, de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se convoca a concurso de méritos una plaza de Profesor Titular de Universidad.

En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto; Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre; y los Estatutos de esta Universidad, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos una plaza de Profesor Titular de Universidad que se especifica en el Anexo I de la presente Resolución. <P ALIGN="JUSTIFY">Primero.– Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria («Boletín Oficial del Estado» 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1985); Estatutos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea («Boletín Oficial del País Vasco» de 21 de marzo de 1985 y «Boletín Oficial del Estado» de 11 de junio), Ley 17/1993, de 23 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 24 de diciembre), Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 7 de junio), Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de enero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 28 de enero), y, en lo no previsto en las precitadas disposiciones, le será de aplicación la legislación general de Funcionarios Civiles del Estado, y se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segundo.– Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, según lo dispuesto por la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. En caso de no poseer la nacionalidad española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

Tercero.– Asimismo los solicitantes deberán reunir las siguientes condiciones académicas específicas:

a) Para concursar a plazas de Profesor Titular de Escuelas Universitarias, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior. También podrán concursar a las plazas de Profesor Titular de Escuelas Universitarias que tengan la denominación de las áreas de conocimiento relacionadas en el anexo de la Orden de 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1985), los Diplomados, Arquitectos Técnicos o Ingenieros Técnicos, según se especifica en el Acuerdo de 17 de abril de 1990, del Consejo de Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio).

b) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuelas Universitarias y de Profesor Titular de Universidad, estar en posesión del Título de Doctor.

c) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad, tener la condición de Catedrático de Universidad, o bien la de Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Escuelas Universitarias con tres años de antigüedad a la publicación de la convocatoria, en uno de ellos o entre ambos Cuerpos, y la titulación de Doctor. Asimismo, podrán concursar a estas plazas los Doctores a los que el Consejo de Universidades haya eximido de estos requisitos.

d) Podrán concursar a plazas convocadas a concurso de méritos los profesores del cuerpo a que corresponda la plaza. Cuando la plaza convocada a concurso de méritos sea de Profesor Titular de Universidad o de Catedrático de Escuelas Universitarias podrán concurrir, indistintamente, Profesores de ambos Cuerpos. A las plazas de Profesor Titular de Escuelas Universitarias convocadas a concurso de méritos podrán concurrir también los Catedráticos numerarios de Bachillerato.

Las condiciones académicas de titulación enumeradas en los apartados anteriores expedidas en otros Estados miembros de la Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro, deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado noveno de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de enero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 28 de enero).

En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación en España, que se acreditará mediante credencial expedida por la Subdirección General de títulos, convalidaciones y homologaciones.

Para concursar a las plazas bilingües se exigirá superar una prueba previa específicamente destinada a comprobar la capacidad docente en euskara, para lo cual deberá realizarse una exposición oral y un ejercicio escrito ante la Comisión correspondiente nombrada por el Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Cuarto.– Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la correspondiente solicitud al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), en el plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», mediante instancia, según modelo anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los documentos (fotocopias compulsadas o certificados originales) que acrediten reunir las condiciones académicas específicas para participar en el concurso, así como fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. Asimismo, en caso de no poseer la nacionalidad española, deberán acreditar su nacionalidad, mediante la presentación de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen. Los interesados que tramiten la documentación en el extranjero deberán compulsar los documentos en la respectiva representación diplomática española. Las instancias serán facilitadas en el Rectorado de la Universidad, sito en el Campus de Leioa (Bizkaia) y en los Vicerrectorados de Gipuzkoa (Avda. de Tolosa, 107 y Paseo de Arriola, 2) y Álava (C/. Comandante Izarduy, 2), y deberá presentarse una instancia y documentación por cada plaza a la que se desee concursar.

El horario de las cuatro secciones del Registro General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea es el siguiente:

De lunes a jueves de 9:00 a 13:00 y de 15:30 a 16:30

Los viernes y durante la jornada continua de verano de 9:00 a 13:00.

Cuando el último día del plazo de presentación de instancias sea sábado, y dado que en dicho día no funciona el Registro General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil en que funcione el Registro General.

Las instancias presentadas en las oficinas de correos deberán cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: Las instancias se presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.

La concurrencia de los requisitos generales, así como de las condiciones académicas específicas para participar en el concurso, deberán estar referidas siempre a una fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original que deberá unirse a la solicitud que se presente para participar en el concurso, haber abonado, por cada una de las plazas que se soliciten, según se detalla a continuación y para cada caso, la cantidad de: Doctores: 1.580 PTA (480 PTA de formación de expediente y 1.100 PTA de derechos de examen).

Licenciados: 1.390 PTA (290 PTA de formación de expediente y 1.100 PTA de derechos de examen).

Diplomados: 1.300 PTA (200 PTA de formación de expediente y 1.100 PTA de derechos de examen).

Serán excluidos todos aquellos aspirantes que no hayan abonado las precitadas cantidades dentro del plazo habilitado para la presentación de instancias, prescrito en el apartado cuarto de esta Resolución, no concediéndose plazo alguno adicional para el abono de las mismas.

El pago de los derechos se efectuará mediante ingreso o transferencia bancaria a la cuenta corriente número 32.3900223-3 abierta al efecto en la Bilbao Bizkaia Kutxa, sucursal 2095.0260-8, con el título «Universidad del País Vasco / EHU - Vicerrectorado de Profesorado», especificando el nombre, apellidos, y número de orden de la plaza a la que concursa; o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los concursantes que efectúen el pago mediante giro postal o telegráfico deberán dirigirlo a la Sección de Concursos, apartado de correos 1397, 48080.– Bilbao.

Quinto.– Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha resolución, que aprueba la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexto.– De acuerdo con los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, se adjunta modelo de currículum vitae (anexo III). Los candidatos deberán entregar el currículum vitae (por quintuplicado) y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo, y el proyecto docente (por quintuplicado), en el acto de presentación del concurso. En el caso de plazas convocadas a concurso de méritos y para cuyo ingreso se exija el título de Doctor, los concursantes, además de la referida documentación, entregarán en el mismo acto el proyecto de investigación (por quintuplicado), que el candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa.

Séptimo.– El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma y con indicación del día, hora y lugar previsto para la celebración de dicho acto.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.

Octavo.– En los concursos de méritos, la prueba consistirá en lo siguiente:

Durante un máximo de tres horas, en sesión pública, la Comisión debatirá con el concursante sobre sus méritos e historial académico, así como sobre el proyecto docente y de investigación presentado. La Comisión podrá acordar por mayoría que, previamente a dicha discusión, los concursantes presenten oralmente sus méritos e historial académico e investigador en el tiempo máximo de una hora; en este caso, así le será comunicado en el acto de presentación y sorteo del orden de actuación a que se refiere el apartado 3 del artículo 8.º del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

Noveno.– En ningún caso las Comisiones podrán proponer mayor número de nombramientos que el de plazas convocadas y asignadas a su actuación.

Décimo.– Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en la Secretaría General de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o documento equivalente en los demás Estados comprendidos en el artículo 2 y Disposición adicional única de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En caso de no poseer la nacionalidad española, deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, mediante la presentación de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse a los requisitos siguientes:

a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.

b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al castellano.

Undécimo.– En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la condición de funcionario, a todos los efectos.

Duodécimo.– La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación de las Comisiones, podrán ser impugnados ante el Rector en los casos y en la forma previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

Leioa, 3 de julio de 1998.

El Rector.

P.D. (Resolución de 5 de noviembre de 1996 «B.O.E. de 13 de febrero de 1997»),

La Vicerrectora de Profesorado,

MIREN AZKARATE VILLAR.

ANEXO I

Profesor Titular de Universidad

Clase de Convocatoria: Concurso de Méritos

124. Puesto: TU 001/0175. Área de conocimiento: Derecho Procesal. Departamento: Derecho Público. Actividades docentes a realizar por quien obtenga la plaza: Derecho Procesal I. Derecho Procesal II. Bilingüe: Castellano-Euskara. Facultad de Derecho (San Sebastián). Dedicación: Completa.

ANEXO II

Mgfco. y Excmo. Sr.:

Convocada a concurso plaza de Profesorado de los Cuerpos Docentes de esa Universidad, solicito ser admitido como aspirante para su provisión

I. DATOS DE LA PLAZA CONVOCADA A CONCURSO

Cuerpo Docente de

1.– T ítulos Académicos (Clase, Organismo y Centro de expedición, fecha de expedición, calificación si la hubiere).

2.– Puesto docentes desempeñados (Clase, Organismo o Centro, régimen dedicación, fecha nombramiento o contrato, fecha cese o terminación).

3.– Actividad docente desempeñada (Asignatura, Organismo, Centro y fecha).

4.– Actividad Investigadora desempeñada (Programas y Puestos).

5.– Publicaciones -Libros- (Título, fecha publicación, editorial).

6.– Publicaciones -Artículos- (*) (Título, revista, fecha publicación, n.º páginas).

7.– Otras publicaciones.

8.– Otros trabajos de investigación.

9.– Proyectos de Investigación subvencionados.

10.– Comunicaciones y ponencias presentadas a Congresos (Indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional o internacional).

11.– Patentes.

12.– Cursos y Seminarios impartidos (con indicación del Centro, Organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).

13.– Cursos y Seminarios recibidos (con indicación del Centro, Organismo, materia, y fecha de celebración).

14.– Becas, Ayudas y Premios recibidos (con posterioridad a la Licenciatura).

15.– Actividades en Empresas y Profesión Libre. 16.– Otros méritos docentes o de investigación.

17.– Otros méritos.

(*) Indicar trabajos en prensa justificando su aceptación por parte de la revista.


Análisis documental