Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 9, jueves 15 de enero de 1998


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
232

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 1997, del Viceconsejero de Educación, por la que se conceden ayudas a proyectos educativos de actuación para la ampliación de la oferta o adecuación de la misma a los requisitos que marca la LOGSE en la Etapa de Educación Infantil, destinadas a Ayuntamientos que, siendo titulares de estos servicios, estén desarrollando proyectos educativos para los niños/as de 0 a 3 años, o que deseen comenzar a hacerlo durante el curso escolar 1997-98.

En base a la convocatoria realizada por Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación de 18 de junio de 1997, y una vez examinados los expedientes tramitados, este Departamento

HA DISPUESTO:

Ayuntamientos titulares de Escuelas Infantiles, las ayudas que se relacionan en el Anexo I a la presente Resolución, para financiar sus proyectos educativos durante el curso escolar 1997-98, efectuándose un primer pago del 25% del total concedido tras la firma del Convenio a que se hace referencia en el artículo 8 de la Orden de convocatoria de estas ayudas, y un segundo pago del restante 75% tras la presentación de la justificación de gastos e ingresos correspondientes a la ejecución total del proyecto educativo subvencionado y la memoria de las actividades realizadas durante el curso 1997-98.

2.– Comunicar a los citados Ayuntamientos relacionados en el Anexo I a la presente Resolución, que, en el plazo de dos meses, a partir de la entrada en vigor de esta Resolución, se procederá a la firma de convenios entre el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, y los Ayuntamientos correspondientes, que regulen, tanto la ejecución de los proyectos educativos, como la posibilidad de satisfacer la cobertura de necesidades urgentes, materiales y humanas.

Resolución se podrá interponer recurso ordinario ante el Excelentísimo Señor Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de diciembre de 1997.

El Viceconsejero de Educación,

ALFONSO UNCETA SATRUSTEGUI.

I. ERANSKINA / ANEXO I

UDALAK / AYUNTAMIENTOS

ARABA

UDALA ERAKUNDEAREN IZENA 1go ORDAINKETA 2. ORDAINKETA GUZTIRA

AYUNTAMIENTO DENOM. DE LA ENTIDAD 1.er PAGO 2.º PAGO TOTAL

VITORIA-GASTEIZ GASTEIZKO UDALA 4.925.000 PTA 14.775.000 PTA 19.700.000 PTA

ZIGOITIA ZIGOITIAKO UDALA 570.250 PTA 1.714.750 PTA 2.285.000 PTA

ZUIA ZUIAKO UDALA 362.500 PTA 1.087.500 PTA 1.450.000 PTA

AGURAIN AGURAINGO UDALA 875.000 PTA 2.625.000 PTA 3.500.000 PTA

GIPUZKOA

UDALA ERAKUNDEAREN IZENA 1go ORDAINKETA 2. ORDAINKETA GUZTIRA

AYUNTAMIENTO DENOM. DE LA ENTIDAD 1.er PAGO 2.º PAGO TOTAL

DONOSTIA DONOSTIAKO UDALA 2.125.000 PTA 6.375.000 PTA 8.500.000 PTA

HERNANI HERNANIKO UDALA 2.200.000 PTA 6.600.000 PTA 8.800.000 PTA

ANDOAIN ANDOAINGO UDALA 1.150.000 PTA 3.450.000 PTA 4.600.000 PTA

OIARTZUN OIARTZUNGO UDALA 1.800.000 PTA 5.400.000 PTA 7.200.000 PTA

TOLOSA TOLOSAKO UDALA 1.240.750 PTA 3.734.250 PTA 4.975.000 PTA

IRUN IRUNGO UDALA 2.170.500 PTA 6.519.500 PTA 8.690.000 PTA

ELGOIBAR ELGOIBARKO UDALA 1.185.500 PTA 3.564.500 PTA 4.750.000 PTA

GETARIA GETARIAKO UDALA 700.000 PTA 2.100.000 PTA 2.800.000 PTA

ZARAUTZ ZARAUTZKO UDALA 2.085.500 PTA 6.264.500 PTA 8.350.000 PTA

ORDIZIA ORDIZIAKO UDALA 1.375.000 PTA 4.125.000 PTA 5.500.000 PTA

BIZKAIA

UDALA ERAKUNDEAREN IZENA 1go ORDAINKETA 2. ORDAINKETA GUZTIRA

AYUNTAMIENTO DENOM. DE LA ENTIDAD 1.er PAGO 2.º PAGO TOTAL

PORTUGALETE PORTUGALETEKO UDALA 2.385.000 PTA 7.115.000 PTA 9.500.000 PTA

BERANGO BERANGOKO UDALA 600.000 PTA 1.800.000 PTA 2.400.000 PTA


Análisis documental