Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 191, martes 7 de octubre de 1997


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Sanidad
4987

RESOLUCIÓN 2481/1997, de 11 de septiembre, del Director General de Osakidetza - Servicio vasco de salud, por la que se procede a la adjudicación de una plaza vacante de las ofertadas en la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes de Médico del Servicio de Urgencias Hospitalarias, en el Organismo Autónomo.

Mediante Resolución 704/1997, de 12 de mayo, del Director General de Osakidetza - Servicio vasco de salud, se procedió al nombramiento y adjudicación de plazas vacantes de la categoría de Médico del Servicio de Urgencias Hospitalarias, en el Organismo Autónomo.

Resultando que D. Humberto Francisco Mendoza Ruiz de Zuazu, adjudicatario de una plaza en el Hospital Txagorritxu, no ha tomado posesión en el plazo establecido al efecto en la base 6.5.2 de la convocatoria, disponiendo dicha base que quienes no tomen posesión de la plaza adjudicada perderán los derechos derivados de la resolución de las pruebas selectivas.

Considerando que, de conformidad con la base 6.5.1 de la convocatoria, los tribunales no podrán dejar sin cubrir las plazas convocadas si los que aspiran a ellas cumplen las condiciones exigidas por estas bases y, celebrada la fase de oposición, superan la puntuación mínima.

Por lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas a esta Dirección en la legislación vigente

RESUELVO:

Primero.– Proceder al nombramiento y adjudicación de una plaza vacante de la categoría de Médico del Servicio de Urgencias Hospitalarias en el Organismo Autónomo, por el orden de la puntuación alcanzada, mediante Anexo que se acompaña a la presente Resolución.

Segundo.– El adjudicatario dispondrá del plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOPV para la toma de posesión de la plaza correspondiente.

Tercero.– La toma de posesión deberá efectuarse en la Dirección General de Osakidetza - Servicio vasco de salud, con domicilio en los Servicios Centrales del mismo (c/ Álava, 45, 01006 Vitoria-Gasteiz), aportando en el acto, de conformidad con lo establecido en la base 6.5.2. de la convocatoria, la siguiente documentación:

– Fotocopia compulsada del DNI., pasaporte o permiso de conducir.

– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Licenciado en Medicina y Cirugía, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, o haber satisfecho los derechos para su expedición y de alguno de los títulos, certificados o diplomas establecidos en el Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud. Los méritos académicos de titulación enumerados, obtenidos en los Estados miembros de la Unión Europea deberán estar acompañados de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido en dichos Estados.

– Certificado de Colegiación.

– Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

– Reconocimiento médico que acredite la aptitud psicofísica precisa para el normal desempeño de la plaza.

Cuarto.– Quienes, dentro del plazo fijado, no comparecieran provistos de la documentación mencionada o, del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 3.2 de la convocatoria, no podrán tomar posesión de la plaza de personal estatutario de plantilla que se les hubiere adjudicado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Del mismo modo, se apercibe a los interesados que la no comparecencia a la toma de posesión, dentro del plazo o, en su caso, de su prórroga, significará la pérdida de los derechos derivados de la resolución de las pruebas selectivas.

Aquéllos aspirantes que, con arreglo a lo anteriormente expuesto, efectúen la toma de posesión habrán de incorporarse a la Institución Sanitaria que proceda al día siguiente al de la cumplimentación de la correspondiente diligencia.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV.

Sexto.– Contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Consejo de Administración de Osakidetza - Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de septiembre de 1997.

El Director General de Osakidetza - Servicio vasco de salud, LUIS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.

ERANSKINA / ANEXO

OSPITALETAKO LARRIALDIETAKO MEDIKU / MÉDICOS URGENCIAS HOSPITALARIAS

TXANDA IREKIA / TURNO LIBRE

NAN IZENA ETA ABIZENAK ESLEITUTAKO LANPOSTUA

DNI NOMBRE Y APELLIDOS PLAZA ADJUDICADA

14.245.812 BALLESTERO ZARRAGA JOSEBA JULEN TXAGORRITXU OSPITALEA

HOSPITAL TXAGORRITXU


Análisis documental