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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 1, jueves 2 de enero de 1997


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Interior
18

ANUNCIO por el que se notifica a D. Francisco Javier Vázquez Del Caño la Resolución de 16 de septiembre de 1996, del Director de Seguridad Ciudadana.

Por Resolución de 16 de septiembre de 1996, del Director de Seguridad Ciudadana, dictada en el Expediente Sancionador n.º 564/96-SC/XVII, se impone a D. Francisco Javier Vázquez del Caño, con domicilio en la Crtra, Zorroza-Castrejana, 22-3.º de la localidad de Bilbao, la sanción de multa de cincuenta mil una (50.001) pesetas y retirada definitiva de la sustancia incautada, como autor responsable de una falta grave prevista en el párrafo 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, por tenencia ilícita de estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Los hechos ocurrieron en Mutriku, el día 4 de febrero de 1996.

Intentada sin efecto la notificación de la citada Resolución Sancionadora al interesado, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándole que contra la citada Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interponer Recurso Ordinario ante el Viceconsejero de Seguridad, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente Anuncio.

Se le advierte que el importe de la sanción de multa deberá hacerse efectivo dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día en que la Resolución que la impone sea firme en vía administrativa. Tal firmeza se producirá cuando transcurra el período de un mes para la interposición del recurso ordinario sin haberse acreditado el mismo o, si efectivamente se interpusiera, desde la fecha de su desestimación, en su caso.

El ingreso se realizará, citando el nombre y el n.º de expediente, y señalando que corresponde al Departamento de Interior, en cualquiera de las siguientes cuentas bancarias:

Cuenta Central de la Tesorería General del País Vasco

Bilbao Bizkaia Kutxa-BBK

Cuenta n.º 2095-0631-55-21-31000143

Caja de Ahorros de Gipuzkoa y San Sebastián/Gipuzkoa eta Donostiako Kutxa-KUTXA.

Cuenta n.º: 2101-0760-69-0002788214

Caja de Ahorros de Vitoria y Álava-Caja VITAL Kutxa. Cuenta n.º: 2097-0178-92-0015172561

En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo se le comunica que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y en el Real Decreto 1079/1993, de 2 de julio (B.O.E. n.º 173, de 20 de julio de 1993), la sanción que se le ha impuesto, cuando sea firme en vía administrativa, podrá ser suspendida si se encuentra sometido o tiene el propósito de someterse a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado o autorizado para tal fin, cumpliendo los requisitos exigidos en el citado Real Decreto 1079/1993.

Para ello, deberá comunicar a esta Administración tal circunstancia en el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

En Bilbao, a 14 de noviembre de 1996.

El Director de Seguridad Ciudadana,

ADOLFO FERNÁNDEZ ALUSTIZA.


Análisis documental