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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 1, jueves 2 de enero de 1997


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Interior
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ANUNCIO por el que se notifica a D. Joseba Mirena Arenaza Villar la Resolución de 2 de septiembre de 1996, del Director de Seguridad Ciudadana.

Por Resolución de 2 de septiembre de 1996, del Director de Seguridad Ciudadana, dictada en el Expediente Sancionador n.º 29B/96-SC/VIII, se impone a D. Joseba Mirena Arenaza Villar, con domicilio en la calle Abellaneda n.º 4 de la localidad de Sestao, la sanción de multa de cincuenta mil una (50.001) pesetas como autor responsable de una falta grave prevista en el párrafo c) del artículo 23 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, por celebración de una reunión incumpliendo la normativa reguladora del Derecho de Reunión, en Sestao, el 27 de noviembre de 1995.

Intentada sin efecto la notificación de la citada Resolución Sancionadora al interesado, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándole que contra la citada Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interponer Recurso Ordinario ante el Viceconsejero de Seguridad, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente Anuncio.

Se le advierte que el importe de la sanción de multa deberá hacerse efectivo dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día en que la Resolución que la impone sea firme en vía administrativa. Tal firmeza se producirá cuando transcurra el período de un mes para la interposición del recurso ordinario sin haberse acreditado el mismo o, si efectivamente se interpusiera, desde la fecha de su desestimación, en su caso.

El ingreso se realizará, citando el nombre y el n.º de expediente, y señalando que corresponde al Departamento de Interior, en cualquiera de las siguientes cuentas bancarias:

Cuenta Central de la Tesorería General del País Vasco

Bilbao Bizkaia Kutxa-BBK

Cuenta n.º 2095-0631-55-21-31000143

Caja de Ahorros de Gipuzkoa y San Sebastián/Gipuzkoa eta Donostiako Kutxa-KUTXA.

Cuenta n.º: 2101-0760-69-0002788214

Caja de Ahorros de Vitoria y Álava/Araba eta Gasteizko Kutxa-Caja VITAL Kutxa.

Cuenta n.º: 2097-0178-92-0015172561

En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En Bilbao, a 14 de noviembre de 1996.

El Director de Seguridad Ciudadana,

ADOLFO FERNÁNDEZ ALUSTIZA.


Análisis documental