N.º 178, lunes 18 de septiembre de 1995
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Otras Disposiciones
Educación, Universidades e Investigación
3669
ORDEN de 17 de julio de 1995, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se concede autorización definitiva para impartir Educación Primaria y se autoriza la ampliación de unidades de Educación Infantil al Centro docente privado "Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús" de Santurtzi (Bizkaia).
Examinado el expediente iniciado por la representante legal de la entidad titular del Centro docente privado «Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús» de Santurtzi (Bizkaia), en solicitud de autorización para impartir Educación Primaria y ampliación de unidades de Educación Infantil.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, que se han unido al mismo los documentos exigidos por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (B.O.E. del 9), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (B.O.E. del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia,
RESUELVO:
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Artículo 1.- Se concede autorización definitiva, a partir del curso escolar 1995/96, para impartir Educación
Primaria al Centro docente privado que se relaciona en el Anexo a la presente Orden.
Artículo 2.- Se autoriza la ampliación de una unidad de Educación Infantil 2.º Ciclo, a partir del curso escolar
1995/96, al Centro docente privado que se relaciona en el Anexo a la presente Orden.
Artículo 3.- El Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando hayan de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.
Segunda.- Contra la presente Orden podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 17 de julio de 1995.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
INAXIO OLIVERI ALBISU.
ANEXO
Territorio Histórico: Bizkaia
Municipio: Santurtzi
Localidad: Cabieces
Código: 48007338
Denominación específica: «Esclavas del Sagrado
Corazón de Jesús»
Domicilio: Avda. Fundación Hogar, 678
Titular: Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús
Autorización: Ampliación de 1 unidad de Educación
Infantil 2.º Ciclo, con capacidad para 25 puestos escolares, y autorización definitiva para impartir Educación
Primaria con capacidad para 6 unidades y 150 puestos escolares.
Composición del Centro:
- Educación Infantil 2.º ciclo: 3 unidades con capacidad para 75 puestos escolares. - Educación Primaria: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares.
Provisionalmente y hasta su extinción según el calendario de aplicación de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, el Centro podrá impartir
E.G.B. con capacidad para 8 unidades de Educación
Primaria/E.G.B.