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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 21, martes 2 de febrero de 1993


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Otras Disposiciones

Justicia
363

ORDEN de 30 de diciembre de 1992, del Consejero de Justicia, por la que se resuelve y hace pública la concesión de ayudas económicas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma para la realización de gastos de inversión en los Juzgados de Paz.

De conformidad con lo establecido en la Ley

1/1992, de 28 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1992, al consignar un crédito en el capítulo 7 del Departamento de Justicia para subvencionar a los Ayuntamientos de la Comunidad

Autónoma la realización de los gastos de inversión en los Juzgados de Paz y de acuerdo con el Decreto

278/1992, de 13 de octubre (B.O.P.V. n.º 212, de 30 de octubre de 1992).

DISPONGO:

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Artículo 1.- Conceder, a la vista de las solicitudes recibidas, las siguientes subvenciones destinadas a colaborar en los gastos de inversión a realizar por los Ayuntamientos en los Juzgados de Paz respectivos.

La concesión de la subvención a los Ayuntamientos de Lanciego, Otxandio, Gaintza y Legazpia queda condicionada a que en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la presente Orden, remitan Acuerdo

Plenario, ratificando el compromiso de realizar la inversión.

Artículo 2.- Tal y como se establece en el artículo 4, apartado 3 del Decreto 278/1992, de 13 de octubre, el importe de la ayuda se realizará mediante el abono de un 50% en el plazo de un mes a contar desde la resolución de la concesión y el 50% restante previa presentación, en fecha anterior al 31 de marzo de 1993, por el

Ayuntamiento beneficiario de la siguiente documentación:

a) Las facturas originales correspondientes a la inversión propuesta en la solicitud.

b) Certificación expedida por el Secretario del

Ayuntamiento beneficiario por la que se acredita la realización de las obras o inversiones propuestas.

Vitoria-Gasteiz, a 30 de diciembre de 1992.

El Consejero de Justicia,

JOSE RAMON RECALDE DIEZ.


Análisis documental