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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 27, lunes 10 de febrero de 1992


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Otras Disposiciones

Trabajo y Seguridad Social
391

RESOLUCION de 15 de enero de 1992, del Director de Bienestar Social, sobre clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones y Asociaciones Benéfico-Asistenciales y Entidades Análogas de la Fundación «Beato Domingo Iturrate» de Getxo (Bizkaia).

Visto el expediente y la solicitud de clasificación e inscripción de la Fundación «Beato Domingo Iturrate» como de carácter Benéfico-Particular.

Resultando: Que D. José Angel Urcelay Martínez de Lizarduy solicitó que fuese reconocido el carácter benéfico-particular y, como tal, clasificada e inscrita en el Registro correspondiente la Fundación «Beato Domingo Iturrate» instituida en Getxo el 29 de enero de 1991 mediante escritura otorgada por D. Martín Aurrecoechea y Olabarri, D.

Juan María Iturrate Artaraz y D. José Angel Urcelay Martínez de

Lizarduy en nombre y representación de la Orden de la Santísima

Trinidad (P.P. Trinitarios) Provincia España Norte ante D. José

Ignacio Uranga Otaegui, Notario del Ilustre Colegio de Bilbao.

Resultando: Que los documentos aportados por el solicitante son los siguientes: Escritura de constitución de la Fundación, Estatutos,

Nombramiento del Patrono y de la junta Rectora y aceptación Notarial de los cargos por los miembros de la misma, certificación acreditativa de los bienes que constituyen su patrimonio y Escrituras de modificación de artículos estatutarios.

Resultando: Que el objeto de la Fundación recogida en el artículo séptimo de sus Estatutos consiste en la prestación de alojamiento, alimentación, asistencia social y religiosa a la tercera edad, jubilados y ancianos de ambos sexos.

Resultando: Que el Patronato de la Fundación será ejercido con carácter vitalicio por el Superior de los Padres Trinitarios de la casa del Redentor de Algorta en representación de la Orden de la

Santísima Trinidad, Provincia España-Norte.

Resultando: Que el patrimonio fundacional asciende a cinco millones de pesetas (5.000.000 PTA) depositados en la entidad Banco Bilbao Vizcaya.

Vistos: El Real Decreto y la Instrucción de 14 de marzo de 1899, el

Decreto del Gobierno Vasco 359/1985 de 12 de noviembre y demás disposiciones aplicables.

Considerando: Que esta Dirección de Bienestar Social es competente para resolver el presente expediente, en uso de las facultades que en orden al ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones

BenéficoParticulares tiene en base al Real Decreto 2768/1980 de 26 de setiembre y Decreto del Gobierno Vasco 315/1991 de 14 de mayo.

Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 80 y 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo, fue publicado anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco así como en los diarios «El

Correo Español-El Pueblo Vasco», «Deia» y «Egin» y fue expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getxo, concediendo el preceptivo trámite de audiencia, sin haberse presentado reclamación ni alegación de ningún tipo.

Considerando: Que conforme al Decreto de 14 de marzo de 1899, artículo 4.°, son de beneficiencia particular todas las instituciones creadas y dotadas con bienes particulares y cuyo Patronazgo y

Administración haya sido reglamentado por los respectivos fundadores, circunstancias que concurren en el presente expediente.

Considerando: Que el patrimonio fundacional se estima suficiente para el cumplimiento de los fines benéfico-asistenciales señalados a la

Fundación, tal como aparece exigido en el artículo 58 de la

Instrucción de 14 de marzo de 1899.

Considerando: Que el Patronato es ostentado por la entidad que se menciona en el cuarto Resultando, según consta en la escritura otorgada ante D. José Ignacio Uranga Otaegui, Notario del Ilustre

Colegio de Bilbao.

Considerando: Que el citado Patronato está obligado a la rendición de cuentas y presentación de presupuestos, anualmente, ante el

Protectorado del Gobierno Vasco.

Esta Dirección en uso de las facultades que le están conferidas:

HA DISPUESTO:

Primero: Clasificar como de Beneficiencia Particular pura, la

Fundación «Beato Domingo Iturrate» de Getxo (Bizkaia).

Segundo: Inscribirla en el Registro de Fundaciones, Asociaciones

Benéfico-Asistenciales y Entidades Análogas con el número V-51.

Tercero: Que se confirme en su cargo al Patrono de la Fundación cuyo nombre se expresa en el cuarto Resultando, teniendo la obligación de rendir cuentas y presentar presupuestos anualmente ante el

Protectorado, debiéndose atener a las previsiones fundacionales en cuanto al nombramiento de las personas que habrán de sustituirles en sus cargos y dando cuenta a este Protectorado cuando tal hecho se dé.

Cuarto: Que de esta Resolución se den los traslados reglamentarios.

Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 1992. El Director de Bienestar Social,

CARLOS BERROCAL URIBE.


Análisis documental