N.º 166, jueves 10 de noviembre de 1983
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Otras Disposiciones y Acuerdos
Política Territorial y Transportes
2104
RESOLUCION de 20 de Octubre de 1983, del Departamento de Política Territorial y Transportes, por la que se acuerda adjudicar por el procedimiento de emergencia, la ejecución de las obras de Reconstrucción de daños por inundaciones en la CN-625 de Burgos a Bilbao. Tramo: Miravalles-Areta.
En el día de hoy este Departamento ha adoptado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva a continuación se publica:
1. Adjudicar directamente, por el procedimiento de emergencia a la
Entidad ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES ENCARTACIONES, S. A., la ejecución de las obras de Reconstrucción de daños por inundaciones en la CN-625 de Burgos a Bilbao. Tramo: Miravalles-Areta, por un importe de
VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTAS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO ONCE
PESETAS (29.237.111 Ptas.), con cargo al Presupuesto de Gastos
Extraordinarios derivados de la catástrofe de Agosto de 1988.
2. Imponer al adjudicatario la obligación de constituir fianza definitiva, ante el Departamento de Política Territorial y
Transportes del Gobierno Vasco, en el plazo de 25 días a contar desde la notificación de la presente resolución, por importe del 4 % del presupuesto total de contrata, y ascendente en su consecuencia a la cantidad de UN MILLON CIENTO OCHENTA Y SEIS MlL
NOVENTA PESETAS (1.186.090 pesetas).
3. Hacer constar que a los efectos de la correspondiente Licencia
Fiscal del Impuesto Industrial, el Contratista adjudicatario deberá hallarse matriculado en el Territorio en que las obras hayan de ejecutarse.
4. Que por la Dirección de obra y el Contratista Adjudicatario se extienda el correspondiente Acta de Comprobación de Replanteo.
5. A todos los efectos derivados de la ejecución de las obras, la
Empresa adjudicataria comunicará a la Administración en un plazo de quince días contados a partir de la fecha de notificación, su residencia o la de su delegado, debiendo situarse la misma en las obras o en una localidad próxima a su emplazamiento. Para cualquier cambio futuro de residencia, el contratista deberá contar con la previa conformidad de la Administración. Asimismo, el contratista o su delegado deberá residir en el lugar indicado y sólo podrá ausentarse de él previa comunicación, a la Dirección, de la persona que designe para sustituirle.
La precedente resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma procede el recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, que habrá de ser interpuesto, ante este
Departamento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de Octubre de 1983.
El Consejero de Política Territorial y Transportes, JAVIER
LASAGABASTER ETXARRI.