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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 150, martes 11 de octubre de 1983


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Otras Disposiciones y Acuerdos

Industria y Energía
1929

RESOLUCION de 26 de Setiembre de 1983, por la que se autoriza y declara la utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se citan en el término municipal de Donostia-San Sebastián.

Visto el expediente incoado en la Delegación Territorial, del

Departamento de Industria y Energía del Gobierno Vasco, en Guipúzcoa, a instancia de Iberduero, S. A., con domicilio en San Sebastián, solicitando autorización para el establecimiento de una línea eléctrica aérea, simple circuito, centro de Transformación y línea en

Baja Tensión, y declaración en concreto de la utilidad pública de la misma y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el

Capítulo III del Decreto 2.617/1966 de 20 de Octubre, sobre

Autorización Administrativa del Reglamento, la Ley 10/1966, de 18 de

Marzo aprobado, por Decreto 2.619/1966, de 20 de Octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas,

Esta Delegación Territorial, ha resuelto:

l. Autorizar a Iberduero, S. A., el establecimiento de una línea eléctrica trifásica, aérea, simple circuito, centro de transformación y línea de Baja Tensión y de las características principales siguientes:

Línea Alta

Tensión de servicio: 13,2 Kv. Capacidad de transporte: 4.567 Km.

Conductores: 3 La de 56 mm2. Apoyos: hormigón 9,5 m. Longitud: 67 m.

Término municipal: San Sebastián. Transformador

Potencia: 50 Kva.

Tensión: 13.200/380/220 Voltios. Tipos: Intemperie.

Emplazamiento junto Restaurante las Camelias de Ulía. Línea de Baja

Trifásica con neutro 380 V. Apoyos: hormigón armado. Conductores cable trenzado 95 mm2. Longitud: 68 m.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación de 20 de Octubre de 1966.

Para el desarrollo y ejecución de la instalación, el titular de la misma deberá seguir los trámites señalados en el Capítulo IV del

Decreto 2.617/1966.

Donostia-San Sebastián, 26 de Setiembre de 1988. El Delegado Territorial.


Análisis documental