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Agentes

¿Quiénes son?

Los agentes colaboradores homologados son Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (APIs) o personas físicas o jurídicas que cumplen los requisitos para el ejercicio de la actividad de intermediación inmobiliaria.

Quienes deseen ser reconocidas como agentes colaboradoras del programa ASAP tienen que solicitar la homologación como tales al Gobierno Vasco. Mediante este procedimiento de homologación el Gobierno Vasco comprobará que los solicitantes cumplen con los requisitos exigibles tal y como se establece en el Decreto 144/2019.

El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda hará pública a través de su página web de Etxebide la relación actualizada de los agentes colaboradores homologados.

Requisitos de los Agentes Colaboradores

Los agentes colaboradores tienen que cumplir con los siguientes requisitos para ser dados de alta en el Registro de Agentes Colaboradores Homologados:

  • Ser Agente de la Propiedad Inmobiliaria, cualificado conforme a su normativa específica, o ser persona, física o jurídica legalmente constituida que, sin estar en posesión de título alguno, ni pertenecer a ningún colegio oficial, cumpla las condiciones establecidas por el artículo 3 de la Ley 10/2003, de 20 de mayo, de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliario y de transportes, para el ejercicio de la actividad de intermediación inmobiliaria.
  • Acreditar una experiencia mínima de 5 años en el ejercicio de dicha actividad.
  • Tener un establecimiento abierto al público, que garantice su accesibilidad a tenor de la Ley 20/1997, de 4 de diciembre.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de la seguridad Social con las Administraciones Públicas.
  • Tener un seguro de responsabilidad civil para el ejercicio de la actividad con una cobertura mínima de 600.000 euros anuales.
  • No haber sido condenado por sentencia firme en procesos penales relacionados directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria, la veracidad de documentos o la gestión de patrimonios públicos y privados. No haber sido condenado por laudo arbitral firme dictado en un proceso de protección al consumidor.
  • Disponer de conexión Internet de alta velocidad (10Mb o superior). También será necesario disponer de un escáner para poder adjuntar los documentos requeridos en la herramienta informática que se pondrá a su disposición.
  • Disponer, durante toda la vigencia de su condición como agente colaborador homologado, de medios personales necesarios para cumplir las obligaciones y realizar las funciones que les corresponden.
  • Disponer de un medio de identificación electrónico admitido.

Solicitud de incorporación al registro de Agentes colaboradores homologados

La persona o entidad interesada deberá presentar su solicitud de forma telemática en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La resolución por la que se conceda o deniegue la homologación se debe realizar en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Se publicitará el listado de los agentes colaboradores homologados en la página web de Etxebide.

Documentación a aportar por los Agentes Colaboradores

La solicitud de incorporación al Registro de Agentes Colaboradores Homologados del programa ASAP se debe acompañar de la siguiente documentación (originales o copias debidamente autenticadas):

  • Para los empresarios individuales, Documento Nacional de Identidad:

En canal electrónico: si la persona se ha identificado con un Certificado electrónico reconocido, no deberá aportar ninguna documentación.

En canal presencial: si la persona da consentimiento a que la Administración compruebe o verifique los datos de identidad en el Ministerio de Interior, no es necesario aportar ningún documento.

  • Si la empresa fuese persona jurídica, escritura de constitución o modificación debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil y el código de identificación fiscal o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regule su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. Para quienes representen a una persona jurídica, Documento Nacional de Identidad de la persona apoderada, así como Escritura de Poder, inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil.

En canal electrónico: si el apoderado se ha identificado con un Certificado electrónico reconocido, no deberá aportar el Documento Nacional de Identidad.

En canal presencial: si la persona da consentimiento a que la Administración compruebe o verifique los datos de identidad en el Ministerio de Interior, no es necesario aportar el Documento Nacional de Identidad.

  • En su caso, Título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria o certificado expedido por el Colegio Profesional al que esté adscrita la persona solicitante, con indicación de fecha de alta en el mismo.

  • Documentación acreditativa de la dedicación profesional a la actividad de intermediación inmobiliaria durante un plazo de cinco años.

  • Documento acreditativo de las características del establecimiento público (contrato de arrendamiento, certificado del Registro Propiedad, etc.).

  • Póliza y último recibo correspondiente al contrato suscrito con una compañía de seguros de responsabilidad civil que cubra los riesgos propios de la actividad con la cobertura mínima de 600.000 euros anuales

  • Declaración responsable de no haber sido condenado en procedimientos judiciales o reclamaciones arbitrales relacionados con la actividad a llevar a cabo.

  • Documento que acredite el acceso a una conexión a Internet de 10 Mb o superior.

  • Relación de recursos personales de los que dispone.

En caso de oponerse a que la Administración actuante recabe los documentos que ya obran en su poder, además de los anteriores deberá aportarse certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, expedida por las Haciendas Forales y por la Tesorería de la Seguridad Social.

Modelos de documentación

Funciones principales de los Agentes Colaboradores

Las principales funciones que desarrollan los agentes colaboradores homologados dentro del programa ASAP son:

  • Informar tanto a propietarios como inquilinos sobre el programa ASAP y colaborar en las acciones informativas del Gobierno Vasco sobre las ayudas públicas disponibles para el fomento al arrendamiento, y facilitar su tramitación.
  • Actuar como intermediarios en la firma de los contratos entre propietarios e inquilinos, una vez que el Gobierno Vasco haya resuelto la inclusión de ambos en el programa.
  • Favorecer una adecuada relación arrendaticia entre propietario e inquilino, mediar entre ellos para buscar acuerdos en los conflictos, utilizando para ello los servicios públicos gratuitos ofrecidos por las Delegaciones Territoriales de Vivienda.
  • Tener hojas oficiales de reclamación, teniendo que presentarlas al Gobierno Vasco en plazo máximo de dos días desde su recepción. 

La descripción detallada de estas funciones se recoge en el siguiente cuadro:

Funciones de los Agentes Colaboradores Homologados
Con los propietarios Con los inquilinos Con el Gobierno Vasco

 Captar vivienda libre.

 Mostrar la vivienda a los potenciales inquilinos siguiendo el orden de prelación establecido en la relación remitida por el Gobierno Vasco, hasta obtener una persona o unidad convivencial que la acepte.

 Comunicarse únicamente por medio de la aplicación electrónica del programa, incluyendo la práctica de notificaciones electrónicas y la utilización del registro electrónico.
 Presentar las solicitudes de inclusión de las viviendas en el programa y realizar informes de evaluación sobre dichas viviendas y elaborar un reportaje fotográfico de las mismas.  Dejar constancia escrita de todas las visitas efectuadas a las viviendas, las renuncias y la aceptación de las mismas. Tratar los datos personales procedentes del Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida y Alojamientos Dotacionales que le facilite el Departamento competente en materia de vivienda, en calidad de encargados del tratamiento, con la debida reserva y confidencialidad, y con estricto cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y el Consejo, de 26 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 Proponer la realización de las obras de adecuación que sean precisas y revisarlas una vez concluidas. 

 Recopilar toda la documentación relativa a los futuros inquilinos para que el Departamento pueda incluir la operación en el programa, y realizar un informe de evaluación sobre la misma.  Remitir al Gobierno Vasco los informes de evaluación tanto de las viviendas como de las operaciones, junto con la documentación necesaria con objeto de su inclusión y/o mantenimiento en el programa.
 Recabar de los arrendadores toda la documentación necesaria, para verificar la idoneidad de las mismas y de los futuros contratos de arrendamiento.   Realizar las gestiones para tramitar en nombre del inquilino la liquidación de los impuestos correspondientes al contrato de arrendamiento. Envío de documentación original al Gobierno Vasco (contratos entre arrendadores y arrendatarios, documentación asociada: visitas, renuncias, contrato de mandato, contratos de arrendamiento, documento de depósito de fianza).
 Realizar un inventario completo del estado de la vivienda para garantizar su recuperación en las mismas condiciones.  Recuperar la vivienda cuando el inquilino la abandone voluntariamente, una vez finalizado el contrato. Se exceptúan los casos en los que la recuperación precise de una intervención judicial, en los que habrá de documentar la negativa al abandono de la vivienda.  Facilitar la labor del Gobierno Vasco y de las empresas aseguradoras (comunicación de las pólizas, gestión incidencias, gestión de aseguramiento de las operaciones de alquiler, etc.).
 Realizar las gestiones necesarias para depositar y cancelar en la Delegación Territorial de Vivienda las fianzas de los contratos de arrendamiento en nombre de los arrendadores. 

 Visitar la vivienda, finalizado el contrato de arrendamiento para evaluar su estado, verificar inventario, constatar desperfectos, realizar un informe para ver la posibilidad de devolución fianza total o parcial (consentimiento del arrendador), una vez descontados los costes de reparación de desperfectos y reposición del inventario, o bien a su retención.

 Enviar un informe ordinario de seguimiento de actividades y de gestión (semestral), así como informes extraordinarios que se soliciten.
 Presentar las solicitudes de inclusión de los contratos en el programa.  Prestar sus equipos informáticos y su colaboración para que las personas o unidades convivenciales que lo soliciten de manera presencial puedan formular, rectificar y cancelar las solicitudes de acceso a las viviendas incorporadas al Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa).  Facilitar las labores de control, inspección y auditoría que el Gobierno Vasco. lleve a cabo sobre cumplimiento de requisitos y gestión del programa y aportar la documentación que le sea requerida.
 Gestionar en exclusiva las viviendas que haya captado para su incorporación al programa.   Entregar a las personas arrendatarias una copia de las resoluciones de inclusión del contrato en el programa ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa).  Acometer las acciones correctivas, preventivas y de mejora de su gestión que proponga el Gobierno Vasco.
 En el caso de viviendas que hubieran contado con algún ciclo de alquiler, desplegar la máxima diligencia para su nueva ocupación.     Comunicar en el plazo máximo de 15 días cualquier modificación en los requisitos que dieron lugar a su homologación o renovación.

Cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos personales, como responsables del tratamiento, respecto de las personas interesadas en incluir sus viviendas en el programa ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa). 

 

 

 

Entregar a las personas propietarias una copia de las resoluciones de inclusión de su vivienda y de inclusión del contrato en el programa ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa), así como de las pólizas de seguros.

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