Tratamientos dietoterápicos complejos y nutrición enteral domiciliaria.
Departamento / Organismo Autónomo
Sanidad
Órgano gestor
Dirección Territorial de Gipuzkoa
Objeto
Acceso a estas prestaciones a pacientes ambulatorios
Destinatarios/as
Usuarios del Sistema Nacional de Sanidad.
Normativa reguladoraReal Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (B.O.E. nº 222 de 16 de septiembre de 2006).
Personas de contacto
- Inspección de farmacia de las Direcciones Territoriales de Sanidad de Alava, Bizkaia y Gipuzkoa.
- Inspecciones medicas de las Direcciones Territoriales de Sanidad de Alava, Bizkaia y Gipuzkoa.
- Centros asistenciales de Osakidetza
- Informe normalizado que justifique la prescripción debidamente cumplimentado por el medico prescriptor
- Prescripción del producto en receta oficial
Tasas a aplicar
No tiene.
Plazo de presentacionTodo el año.
Lugar presentación solicitudes
- Inspecciones Medicas
- Inspección Farmacéutica
- Centros asistenciales de Osakidetza
La Inspección de Servicios Sanitarios procederá al Visado de la Receta Oficial tras comprobar que:
- El producto prescrito este autorizado para su financiación por el sistema Sanitario Publico
- La patología y la situación clínica del paciente se encuentre entre las que se estipulan para esta Prestaciónel informe del medico prescriptor derive de una Asistencia Sanitaria cubierta por el Sistema Público
- Con la receta Visada acudir a la farmacia donde se le dispensará el producto prescrito siendo nula la aportación en todos los casos.
Órgano que resuelve
Direcciones Territoriales de Sanidad.
Plazo de resolución
No hay.
Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
No hay.
Otros documentosNo hay.
Observaciones
Este procedimiento es responsabilidad de las tres Direcciones Territoriales, Dirección de Farmacia y Dirección de Financiación y Contratación Sanitaria.
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
27/01/2009