Sucesión en la PYME

RESUMEN
Título:
Sucesión en la PYME
Objeto:
Ayudar a las Pymes a planificar la sucesión en la gestión y/o propiedad para lograr que ésta se realice con éxito y asegurar así su continuidad y el mantenimiento del empleo. Son hechos subvencionables: - Diagnóstico sobre gestión, gobierno y propiedad de la empresa, con asesoría y formación personalizadas y específicas, dirigidas al empresario durante el proceso de sucesión. - Protocolo de sucesión, su elaboración y formalización, refrendado por mayoría del capital - Acompañamiento en la puesta en práctica y revisión periódica del protocolo de sucesión, durante un periodo de un año
Normativa reguladora:
  • Anuncio (EHAA Nº 37/2010)
    Anuncio de ampliación de la vigencia y modificación del Programa «Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa» por el que se establecen medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la planificación y proceso de sucesión
  • Anuncio (EHAA Nº 140/2010)
    Anuncio de modificación del Programa «Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa», de medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la planificación y proceso de sucesión
  • Anuncio (EHAA Nº 107/2006)
    Anuncio de aprobación de medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas de los sectores industrial y de servicios conexos a la industria, comercio y turismo, en la planificación y proceso de sucesión. Programa Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa
  • Anuncio (EHAA Nº 28/2009)
    Anuncio de modificación de las medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas de los sectores industrial y de servicios conexos a la industria, comercio y turismo en la planificación y proceso de sucesión. Programa Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
SPRI - Agencia de desarrollo del País Vasco
Órgano convocante:
SPRI - Agencia de desarrollo del País Vasco
Entidad resolutora:
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Volver Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Contacto telefónico:
Teléfono: 94 403 70 00. Fax: 94 403 70 22.
TRAMITACIONES
Sucesión en la PYME
Ayudar a las Pymes a planificar la sucesión en la gestión y/o propiedad para lograr que ésta se realice con éxito y asegurar así su continuidad y el mantenimiento del empleo. Son hechos subvencionables: - Diagnóstico sobre gestión, gobierno y propiedad de la empresa, con asesoría y formación personalizadas y específicas, dirigidas al empresario durante el proceso de sucesión. - Protocolo de sucesión, su elaboración y formalización, refrendado por mayoría del capital - Acompañamiento en la puesta en práctica y revisión periódica del protocolo de sucesión, durante un periodo de un año
DESTINATARIOS
Colectivo beneficiario:
Pymes vascas que se encuentren o prevean estar a corto/medio plazo, en un proceso de sucesión
Requisitos:
a) Tener su domicilio social y fiscal, y al menos un centro de actividad en la CAPV. b) Poseer la condición de beneficiarios de las subvenciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la vigente Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 noviembre. c) Tener su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI, tanto la beneficiaria como otras sociedades asociadas o vinculadas a ella
PRESTACIÓN
TRAMITES
Tramite Solicitud:
Solicitud
Presencial
Formularios:
Solicitud (Solicitud)
Tramite Solicitud
Documentación:
  • – Impreso de solicitud de ayuda cumplimentado. – Copia de escritura de constitución. – NIF, Número de Identificación Fiscal. – IAE, Impuesto de Actividad Económica, último. – Poder notarial del firmante de la solicitud que le permita hacer esta solicitud. – Dos ofertas de otros tantos consultores externos para la realización del proyecto. – Datos de identificación del consultor elegido. – Oferta elegida firmada entre las dos partes. – Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. – Declaración jurada de ayudas recibidas en los tres años anteriores. – Declaración jurada de no haber recibido ayudas de otra entidad por el mismo concepto. – Declaración de que se cumple con los requisitos contemplados en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Telefónico
Teléfono: 94 403 70 00. Fax: 94 403 70 22.


Telemático
Aplicaciones:
Solicitud
aplicacion


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
24/02/2010 - 31/12/2010
Plazo de resolución:
La resolución se comunicará a la empresa solicitante, por escrito, en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Resolución:
La resolución se comunicará a la empresa solicitante, por escrito, en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.