Sucesión en la PYME
RESUMEN
Título:
Sucesión en la PYME
Objeto:
Ayudar a las Pymes a planificar la sucesión en la gestión y/o propiedad para lograr que ésta se realice con éxito y asegurar así su continuidad y el mantenimiento del empleo. Son hechos subvencionables:
- Diagnóstico sobre gestión, gobierno y propiedad de la empresa, con asesoría y formación personalizadas y específicas, dirigidas al empresario durante el proceso de sucesión.
- Protocolo de sucesión, su elaboración y formalización, refrendado por mayoría del capital
- Acompañamiento en la puesta en práctica y revisión periódica del protocolo de sucesión, durante un periodo de un año
Normativa reguladora:
- Anuncio (EHAA Nº 37/2010)
Anuncio de ampliación de la vigencia y modificación del Programa «Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa» por el que se establecen medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la planificación y proceso de sucesión - Anuncio (EHAA Nº 140/2010)
Anuncio de modificación del Programa «Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa», de medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la planificación y proceso de sucesión - Anuncio (EHAA Nº 107/2006)
Anuncio de aprobación de medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas de los sectores industrial y de servicios conexos a la industria, comercio y turismo, en la planificación y proceso de sucesión. Programa Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa - Anuncio (EHAA Nº 28/2009)
Anuncio de modificación de las medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas de los sectores industrial y de servicios conexos a la industria, comercio y turismo en la planificación y proceso de sucesión. Programa Sucesión en la Pequeña y Mediana Empresa.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
SPRI - Agencia de desarrollo del País Vasco
Órgano convocante:
SPRI - Agencia de desarrollo del País Vasco
Entidad resolutora:
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
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Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Contacto telefónico:
Teléfono: 94 403 70 00. Fax: 94 403 70 22.
TRAMITACIONES
Sucesión en la PYME
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación
Ayudar a las Pymes a planificar la sucesión en la gestión y/o propiedad para lograr que ésta se realice con éxito y asegurar así su continuidad y el mantenimiento del empleo. Son hechos subvencionables:
- Diagnóstico sobre gestión, gobierno y propiedad de la empresa, con asesoría y formación personalizadas y específicas, dirigidas al empresario durante el proceso de sucesión.
- Protocolo de sucesión, su elaboración y formalización, refrendado por mayoría del capital
- Acompañamiento en la puesta en práctica y revisión periódica del protocolo de sucesión, durante un periodo de un año
DESTINATARIOS
Colectivo beneficiario:
Pymes vascas que se encuentren o prevean estar a corto/medio plazo, en un proceso de sucesión
Requisitos:
a) Tener su domicilio social y fiscal, y al menos un centro de actividad en la CAPV.
b) Poseer la condición de beneficiarios de las subvenciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la vigente Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 noviembre.
c) Tener su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI, tanto la beneficiaria como otras sociedades asociadas o vinculadas a ella
PRESTACIÓN
TRAMITES
Tramite Solicitud:
Solicitud
Presencial
Formularios:
Solicitud (Solicitud)
Tramite Solicitud
Documentación:
- Impreso de solicitud de ayuda cumplimentado. Copia de escritura de constitución. NIF, Número de Identificación Fiscal. IAE, Impuesto de Actividad Económica, último. Poder notarial del firmante de la solicitud que le permita hacer esta solicitud. Dos ofertas de otros tantos consultores externos para la realización del proyecto. Datos de identificación del consultor elegido. Oferta elegida firmada entre las dos partes. Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. Declaración jurada de ayudas recibidas en los tres años anteriores. Declaración jurada de no haber recibido ayudas de otra entidad por el mismo concepto. Declaración de que se cumple con los requisitos contemplados en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Telefónico
Teléfono: 94 403 70 00. Fax: 94 403 70 22.
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
24/02/2010
-
31/12/2010
Plazo de resolución:
La resolución se comunicará a la empresa solicitante, por escrito, en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Resolución:
La resolución se comunicará a la empresa solicitante, por escrito, en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.
Accesos Directos