Ayudas para la solicitud de Patentes.
- ORDEN de 2 de diciembre de 2010 (BOPV N 246/2010)
de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para la solicitud de patentes. (BOPV del 24/12/2010)
Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
Dirección de Política Científica.
Referencia: Proyectos de Investigación.
C/ Donostia-San Sebastián, 1.
01010 Vitoria-Gasteiz.
Por cualquiera de los modos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Nombre: Javier Urrutia
Teléfono: 945 01 83 00
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Centros, Departamentos, Secciones, Institutos u otras Unidades de Investigación de las Universidades del Sistema Vasco Universitario.
Centros de Investigación Cooperativa.
Centros Tecnológicos.
Centros Internacionales de Desarrollo y Transferencia Tecnológica.
Centros Sectoriales de Investigación.
En todo caso, se entenderá como Organismo beneficiario aquel en el que se integra la persona investigadora principal solicitante y que además tiene personalidad jurídica propia.
del País Vasco y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión y el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores
de la Hacienda General del País Vasco.
Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden la cantidad de 24.000 euros para el ejercicio 2011 con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El importe global consignado en este artículo podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Organismo gestor y con carácter previo a la Resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Universidades e Investigación que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
- La solicitud irá acompañada de:
1.- Solicitud firmada por la persona que represente legalmente a cada uno de los organismos beneficiarios propietarios con indicación de los porcentajes de propiedad.
2.- Presupuesto de los gastos previstos para la presentación de la patente.
3.- Declaración de la persona representante legal del Organismo Beneficiario que certifique que del conocimiento objeto de la patente no se haya realizado ningún tipo de difusión ni que haya sido registrado en ninguna Oficina de Patentes en la fecha de la solicitud y que no se registrará antes de que se dicte la Resolución de la convocatoria.
4.- Relación de personas inventoras con la firma de cada una autorizando la solicitud de la patente, con indicación del organismo al que pertenece cada uno.
5.- Memoria sobre el objeto de la patente, indicando el estado del arte, descripción de la patente, exposición de las diferencias y ventajas frente a otros productos/procesos alternativos existentes.
6.- Informe sobre el origen, alcance y repercusiones de la patente.
7.- Plan de explotación previsto para la patente.
8.- Curriculum Vitae de la persona investigadora principal solicitante.
9.- Copia del DNI de cada una de las personas participantes y copia del CIF de cada uno de los organismos beneficiarios propietarios.
10.- Declaración responsable en la que se acredite que la persona o entidad solicitante no se encuentre sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halle incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
11.- Certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la seguridad social, en su caso.
12.- Declaración sobre ayudas recibidas o solicitadas.
13.- Declaración del Organismo Beneficiario sobre otras patentes de su propiedad así como sobre el correspondiente rendimiento económico obtenido.
14.- Presentación del documento original en el que las personas propietarias de la patente establecen el acuerdo sobre los porcentajes de propiedad, reparto de costes y de beneficios sobre la patente, siempre que se trate de solicitudes de patentes con diversas personas propietarias.
15.- Aquella documentación que se considere oportuna para la correcta valoración de la propuesta en base a los criterios de adjudicación.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
26/12/2010 - 15/09/2011
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Política Científica.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Política Científica.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.