Ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos por personal del sistema sanitario de euskadi que estén sujetos a financiación pública - tramitación simplificada

[ayuda medicamentos simplificada]

Descripción


Objeto

El objeto de la presente Orden es convocar las ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos por personal del Sistema Sanitario de Euskadi que estén sujetos a financiación pública, correspondientes al periodo comprendido, en el ejercicio 2015, entre el 1 de diciembre y el 31 de diciembre y, en el ejercicio 2016, desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre.

 

La gestión de las presentes ayudas se realizarán mediante tramitación simplificada cuando el órgano gestor de las ayudas (Departamento de Salud) disponga de:

  • la información necesaria respecto de la condición de persona beneficiaria,
  • información de la realización del gasto objeto de la ayuda, 
  • las personas solicitante le hayan autorizado expresamente para la verificación de dichos datos

 

Dotación presupuestaria

7.140.000 €
Prestación económica

Gastos subvencionables

  • Se abonarán a las personas beneficiarias las cantidades que se hayan hecho efectivas durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de diciembre de 2014, y del 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2015 en relación con tratamientos farmacológicos, y efectos y accesorios sujetos a financiación pública, como consecuencia de su adherencia al tratamiento médico prescrito por el personal del Sistema Sanitario de Euskadi.

 

  • Asimismo, podrán abonarse las cantidades que, en su caso, tengan que hacerse efectivas durante el mismo periodo de 2015 como consecuencia de su adherencia al tratamiento médico prescrito por el personal del Sistema Sanitario de Euskadi, en relación con productos dietéticos sujetos a financiación pública.

 

Forma de pago:

Las ayudas concedidas se abonarán a los beneficiarios en el plazo de dos meses desde la publicación de la resolución de concesión de ayudas.

A quién va dirigido


  • Pensionistas de la seguridad social y sus beneficiarios información detallada
    Requisitos:
    • Ser titular de la tarjeta individual sanitaria cuyo garante sea el sistema sanitario de euskadi
    • Tener unos ingresos de rentas anuales inferiores a 18.000 euros
  • Personas en situación legal de desempleo y sus beneficiarios información detallada
    Requisitos:
    • Ser titular de la tareja individual sanitaria cuyo garante sea el sistema sanitario de euskadi.
    • Estar en situación legal de desempleo y no percibir prestación por desempleo ni renta de garantía de ingresos
  • Personas a las que es de aplicación el Decreto 114/2012 de 26 de Junio información detallada
    Requisitos:
    • Contar con el documento identificativo que posibilite el acceso a las prestaciones sanitarias del Sistema Vasco de Salud (orden de 4 de Julio de 2013)
  • Requisitos

    • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

    • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

    • No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

    • Haber realizado el gasto objeto de subvención dentro del Sistema Sanitario de Euskadi

    Organismos


    Organismo que convoca

    • Salud > Consejero/a de Salud

    Organismo que resuelve

    • Salud / Viceconsejería de Salud > Dirección de Salud Pública y Adicciones

    Información de contacto


    Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

    Código

    0336305

    Solicitud y aportación de documentación


    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    Las resoluciones de concesión de las ayudas, una vez que se haya determinado el gasto que haya de ser objeto de la ayuda en cualquiera de las modalidades de tramitación que se plantee, serán dictadas por la Directora de Salud Pública y Adicciones en la primera quincena del mes de julio de 2016 y en la segunda quincena de diciembre 2016 respectivamente, para todas las ayudas a conceder por los gastos realizados en los periodos comprendidos entre el 1 de diciembre de 2015 y el 10 de junio de 2016, y entre el 11 de junio y el 30 de noviembre de 2016. En todo caso, las resoluciones relativas a solicitudes formuladas en tramitación ordinaria deberán, además, guardar coherencia con la petición concreta que contengan dichas solicitudes.

    Tipo de concesión de la ayuda

    No concursal

    Efectos del silencio

    Estimatorios

    Dictada resolución

    Reclamación al acto de abono de la ayuda