Ayudas a inversiones en renovación de la instalación eléctrica en viviendas y comunidades de propietarios. 2015.

RESUMEN
Título:
Ayudas a inversiones en renovación de la instalación eléctrica en viviendas y comunidades de propietarios. 2015.
Objeto:
Este Programa tiene por objeto la mejora de la seguridad, la eficiencia energética, la funcionalidad y las condiciones de habitabilidad de las viviendas con instalaciones eléctricas antiguas, las cuales fueron diseñadas para admitir potencias muy bajas, resultando incompatibles con el actual uso generalizado de distintos tipos de electrodomésticos. El Programa de ayudas pretende fomentar la renovación de las instalaciones eléctricas antiguas mediante la concesión de ayudas a viviendas y a comunidades de propietarios para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (en adelante «REBT-RD842/2002»), tramiten el correspondiente Certificado de Baja Tensión. («Boletín»).
Dotación presupuestaria:
250.000 €
Normativa reguladora:
  • RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2015 (BOPV N 94/2015)
    RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2015, de la Directora General del Ente Vasco de la Energía por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas destinadas a inversiones en renovación de la instalación eléctrica en viviendas y comunidades de propietarios – Año 2015.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
EVE - Ente Vasco de la Energía
Órgano convocante:
EVE - Ente Vasco de la Energía
Entidad resolutora:
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao. Indicando la referencia: PLAN RENOVE INSTALACIONES ELÉCTRICAS 2015 PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN VIVIENDAS Y COMUNIDADES DE PROPIETARIOS – AÑO 2015.
Contacto telefónico:
Teléfono:944 035 600.Fax. 944 035 699
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao. Indicando la referencia: PLAN RENOVE INSTALACIONES ELÉCTRICAS 2015 PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN VIVIENDAS Y COMUNIDADES DE PROPIETARIOS – AÑO 2015.
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Ayudas a inversiones en renovación de la instalación eléctrica en viviendas y comunidades de propietarios. 2015.
Este Programa tiene por objeto la mejora de la seguridad, la eficiencia energética, la funcionalidad y las condiciones de habitabilidad de las viviendas con instalaciones eléctricas antiguas, las cuales fueron diseñadas para admitir potencias muy bajas, resultando incompatibles con el actual uso generalizado de distintos tipos de electrodomésticos. El Programa de ayudas pretende fomentar la renovación de las instalaciones eléctricas antiguas mediante la concesión de ayudas a viviendas y a comunidades de propietarios para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (en adelante «REBT-RD842/2002»), tramiten el correspondiente Certificado de Baja Tensión. («Boletín»).
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a la condición de beneficiarios, a los efectos del presente Programa de Ayudas las personas físicas, propietarias, usufructuarias o arrendatarias de las viviendas y las Comunidades de Propietarios que procedan a la renovación de la instalación eléctrica, bien por ser ésta de una antigüedad igual o superior a 25 años, o bien por haber recibido notificación del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco comunicando defectos en la instalación eléctrica que requieren subsanación inmediata.
Será requisito necesario para la calificación de sujetos beneficiario, con carácter previo a la concesión de la ayuda, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la seguridad social.
PRESTACIÓN
Dotación:
250.000 €
Límite:
La cuantía total de la ayuda por la renovación de la instalación eléctrica será el 50% del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto; en cualquier caso, la ayuda máxima, en el marco de esta convocatoria, no será superior a 500 euros para los casos de renovación en vivienda y 1.000 euros para los de Comunidades de Propietarios.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Caso de Viviendas. a) Anexo I.1, Solicitud de ayuda económica, debidamente cumplimentado, y los documentos administrativos y técnicos que en él figuran: • Copia del DNI del firmante. • Certificado bancario acreditativo del número de cuenta (24 dígitos), de la que el beneficiario deberá ser titular; este número de cuenta será en el que, cumplidos todos los requisitos del proceso exigido por el presente Programa de Ayudas, se abonará l a subvención comprometida. Factura específica de la inversión (original duplicado o copia compulsada) en renovación de la instalación eléctrica de la vivienda, detallando los siguientes conceptos: o Descripción de la obra de renovación de la instalación eléctrica realizada, indicando el domicilio sobre el que se ha llevado a cabo la obra. o Desglose específico de la obra de renovación eléctrica. En caso de que la factura no contenga los conceptos indicados, deberá adjuntarse a la factura el presupuesto al que haga referencia, el cual deberá estar firmado y sellado por el instalador, debiendo incluir el detalle de los conceptos técnicos que permitan identificar de forma precisa la renovación de la instalación eléctrica antigua. • Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión («Boletín») debidamente sellado por la Delegación Territorial de Industria. b) Anexo II, Declaración de la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas, debidamente cumplimentado, siempre que sea para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración o, ente tanto público como privado. Este documento debe aportarse incluso en el caso de que no haya existido ningún otro tipo de ayuda adicional. c) Anexo III, Declaración de no incurrir en situación penal o de sanción administrativa que conlleve a incompatibilidad para obtener la consideración de beneficiario. Caso de Comunidades de Propietarios. d) Anexo I.2, Solicitud de ayuda económica, debidamente cumplimentado, y los documentos administrativos que en él figuran: • Copia del DNI del firmante (Presidente de la Comunidad de Propietarios). • Copia del Acta de nombramiento de Presidencia de Comunidad de Propietarios para el período 2015. • Copia del CIF de la Comunidad de Propietarios. • Certificado bancario acreditativo del número de cuenta (24 dígitos), de la que el beneficiario deberá ser titular; este número de cuenta será en el que, cumplidos todos los requisitos del proceso exigido por el presente Programa de Ayudas, se abonará la subvención comprometida. • Factura específica de la inversión (original duplicado o copia compulsada) en renovación de la instalación eléctrica de la comunidad de propietarios, detallando los siguientes conceptos: o Descripción de la obra de renovación de la instalación eléctrica realizada, indicando la dirección sobre la que se ha llevado a cabo la obra. o Desglose específico de la obra de renovación eléctrica. En caso de que la factura no contenga los conceptos indicados, deberá adjuntarse a la factura el presupuesto al que haga referencia, el cual deberá estar firmado y sellado por el instalador, debiendo incluir el detalle de los conceptos técnicos que permitan identificar de forma precisa la renovación de la instalación eléctrica antigua. Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión («Boletín») debidamente sellado por la Delegación Territorial de Industria. • Copia de la notificación de la Delegación Territorial de Industria, de defectos a subsanar, si procede. e) Anexo II, Declaración de la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas, debidamente cumplimentado, siempre que sea para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración o, ente tanto público como privado. Este documento debe aportarse incluso en el caso de que no haya existido ningún otro tipo de ayuda adicional. f) Anexo III, Declaración de no hallarse sancionado penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas o que se hallen incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
23/05/2015 - 31/07/2015
Fecha límite de presentación:
Cierre anticipado por agotamiento del presupuesto
Plazo de resolución:
La Directora General del EVE resolverá y comunicará, mediante los medios que garanticen el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante «Ley 30/1992»), dicha resolución al solicitante en el plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.