RESUMEN
Título:
Subvenciones para el impulso del ahorro y la eficiencia energética local. Gipuzkoa 2015
Objeto:
Es objeto de las presentes bases la regulación del otorgamiento
de subvenciones a los ayuntamientos y sociedades
mercantiles municipales y comarcales del Territorio Histórico de
Gipuzkoa que realicen inversiones cuyo objeto sea el ahorro y la
eficiencia energética en edificios, en instalaciones y en alumbrado
público, la instalación de energías renovables, etc.
a) Ahorro y eficiencia energética en edificios, instalaciones
e infraestructuras públicas:
Estudios y Planes de mejora energética y auditorias energéticas
integrales.
Renovación de instalaciones de alumbrado exterior.
Renovación de instalaciones de iluminación interior.
Renovación de instalaciones de climatización o agua
caliente sanitaria.
Rehabilitación energética de la envolvente térmica.
Implantación de sistemas de monitorización energética.
b) Energías renovables en edificios, instalaciones e
infraestructuras públicas: distrito y/o redes de electricidad distribuidas alimentadas
con energías renovables.
Estudios de viabilidad de instalaciones de energías renovables
en edificios.
Auditorias de instalaciones solares térmicas de baja temperatura.
Instalaciones de intercambio geotérmico.
Instalaciones solares térmicas de baja temperatura.
Instalaciones que utilicen biomasa para la producción de
energía térmica.
Instalaciones solares fotovoltaicas y eólicas en régimen
de autoconsumo.
c) Otros estudios, planes y acciones en materia de energía:
Estudios y planes de acción en materia de energía.
Estudios y planes de prevención y lucha contra la pobreza
energética.
Acciones de divulgación y sensibilización en materia de
energía.
Dotación presupuestaria:
400.000,00
Normativa reguladora:
- Bases reguladoras y convocatoria 2014 (BOG N 64/2014)
Bases reguladoras y convocatoria 2014 de las subvenciones para el impulso del ahorro y la eficiencia energética local. - Aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria (BOG N 80/2015)
Aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria de 2015 de las subvenciones para el impulso del ahorro y la eficiencia energética local.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio
Órgano convocante:
Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio
Entidad resolutora:
Diputación Foral Gipuzkoa
TRAMITACIONES
Subvenciones para el impulso del ahorro y la eficiencia energética local. Gipuzkoa 2015
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación
Es objeto de las presentes bases la regulación del otorgamiento
de subvenciones a los ayuntamientos y sociedades
mercantiles municipales y comarcales del Territorio Histórico de
Gipuzkoa que realicen inversiones cuyo objeto sea el ahorro y la
eficiencia energética en edificios, en instalaciones y en alumbrado
público, la instalación de energías renovables, etc.
a) Ahorro y eficiencia energética en edificios, instalaciones
e infraestructuras públicas:
Estudios y Planes de mejora energética y auditorias energéticas
integrales.
Renovación de instalaciones de alumbrado exterior.
Renovación de instalaciones de iluminación interior.
Renovación de instalaciones de climatización o agua
caliente sanitaria.
Rehabilitación energética de la envolvente térmica.
Implantación de sistemas de monitorización energética.
b) Energías renovables en edificios, instalaciones e
infraestructuras públicas: distrito y/o redes de electricidad distribuidas alimentadas
con energías renovables.
Estudios de viabilidad de instalaciones de energías renovables
en edificios.
Auditorias de instalaciones solares térmicas de baja temperatura.
Instalaciones de intercambio geotérmico.
Instalaciones solares térmicas de baja temperatura.
Instalaciones que utilicen biomasa para la producción de
energía térmica.
Instalaciones solares fotovoltaicas y eólicas en régimen
de autoconsumo.
c) Otros estudios, planes y acciones en materia de energía:
Estudios y planes de acción en materia de energía.
Estudios y planes de prevención y lucha contra la pobreza
energética.
Acciones de divulgación y sensibilización en materia de
energía.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán optar a las ayudas las siguientes entidades del
Territorio Histórico de Gipuzkoa:
a) Ayuntamientos y organismos autónomos municipales.
b) Sociedades mercantiles participadas por entes pertenecientes
al sector público, de ámbito municipal o comarcal,
con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa
y cuyo capital social sea exclusivamente de carácter público.
Dichas entidades no podrán estar incursas en ninguna de las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas
en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de
subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en el artículo
26 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de
mujeres y hombres, y en el resto de la normativa vigente.
No se especifican
PRESTACIÓN
Dotación:
400.000,00
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
- a) Memoria descriptiva de la actuación a desarrollar. b) Presupuesto detallado y desglosado de las actuaciones a realizar. c) Declaración responsable de no concurrir en la entidad solicitante ninguna causa impeditiva de la condición de beneficiaria de las indicadas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y en el artículo 26 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, así como de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. base 4.2, podrá hacerse a través de la aplicación informática. A efectos de la posterior comprobación de los datos de dicha declaración, las sociedades mercantiles, a través de sus representantes legales, podrán manifestar su consentimiento expreso a que las entidades que deben expedir los certificados correspondientes cedan los datos que deban figurar en los mismos directamente al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. d) Contribución a la sostenibilidad energética. En el caso de proyectos de ejecución de obras o instalaciones, será obligarlo el completar el apartado sobre la reducción del consumo energético y/o de las emisiones del CO2 incluido en el formulario electrónico específico de solicitud del portal de subvenciones. e) Documentación que acredite, que el proyecto de ejecución de obras o instalaciones para el que se solicita subvención está contemplado en el Plan de acción de Agenda Local 21 local o comarcal y/o en un plan de Energía sostenible. f) Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas y/o recibidas hasta la fecha para la misma finalidad, con indicación del importe y su procedencia. g) En el caso de ocupación o utilización de solares o edificios, justificación del correcto encaje en la normativa de planeamiento municipal y la disponibilidad del inmueble afectado. h) Las sociedades mercantiles deberán presentar además de lo anteriormente indicado: * Copia de sus escrituras de constitución y estatutos sociales, inscritos en el Registro Mercantil. * Copia de la tarjeta de identificación fiscal. * Copia del documento acreditativo de que quien firma la solicitud puede actuar en nombre de la entidad y de su DNI. * Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a su nombre. Este documento sólo será necesario presentarlo cuando se solicite una ayuda por primera vez o hayan variado las circunstancias de la cuenta. * Declaración responsable sobre ayudas «de minimis» recibidas en los tres últimos ejercicios fiscales.
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
01/05/2015
-
30/05/2015
Plazo de resolución:
El plazo máximo para dictar y publicar o notificar la resolución que corresponda será de seis meses, computados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.
