Plan 2i de promoción de la innovación y la inversión avanzada. Costes de financiación de proyectos de innovación. Bizkaia 2019

RESUMEN
Título: 
Plan 2i de promoción de la innovación y la inversión avanzada. Costes de financiación de proyectos de innovación. Bizkaia 2019
Objeto: 
Mediante el presente programa de ayuda se persigue mejorar el acceso a financiación para proyectos de innovación de las empresas de Bizkaia.
Dotación presupuestaria: 
500.000,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • DECRETO FORAL 27/2019, de 20 de marzo (BOB N 57/2019)
    DECRETO FORAL 27/2019, de 20 de marzo, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueban las bases reguladoras del Plan 2i de Promoción de la Innovación y la Inversión Avanzada 2019.
  • DECRETO FORAL 44/2019, de 30 de abril (BOB N 83/2019)
    DECRETO FORAL 44/2019, de 30 de abril, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se procede a la corrección de errores del Decreto Foral 27/2019, de 20 de marzo, por el que se aprueban las bases reguladoras del Plan 2i de Promoción de la Innovación y la Inversión Avanzada 2019.
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Órgano convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Entidad resolutora: 
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial: 
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Contacto telefónico: 
Teléfono: 944 068 000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
VolverC/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Plan 2i de promoción de la innovación y la inversión avanzada. Costes de financiación de proyectos de innovación. Bizkaia 2019
Mediante el presente programa de ayuda se persigue mejorar el acceso a financiación para proyectos de innovación de las empresas de Bizkaia.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Las empresas que hayan sido adjudicatarias de subvenciones del programa Plan 2i de promoción de la innovación y la inversión avanzada, costes de ejecución de proyectos de innovación.
a) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. b) No haber sido sancionadas en firme en vía administrativa, laboral o penal por vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo y no ser contrarias al principio de igualdad por ser empresas cuyos fines, sistemas de admisión, funcionamiento, trayectoria o actividad discriminen por razón de sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. c) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005.
PRESTACIÓN
Dotación: 
500.000,00 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • La documentación para la solicitud y justificación de la ayuda será remitida por Elkargi SGR en virtud del Convenio de Colaboración suscrito a tal efecto, según el cual Elkargi SGR deberá comunicar a la Diputación Foral de Bizkaia: a) Cada préstamo suscrito por empresas beneficiarias del programa 2i con el «Fondo de Innovación FILPE», con sus características (principal, forma de amortización¿). b) Semestralmente el cuadro de amortización actualizado de cada préstamo suscrito con el «Fondo de Innovación FILPE» que cuente con subvención para gastos financieros, incluyendo las cantidades abonadas por las empresas y la previsión de cierre.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
25/03/2019 - 30/06/2020
Fecha límite de presentación: 
La solicitud de ayuda por gastos financieros de préstamos de fondos europeos para el impulso de la innovación se tramitará de oficio una vez se reciba información sobre cada préstamo suscrito, en virtud del Convenio de colaboración suscrito con las entidades gestoras de los fondos y/o que garantizan los préstamos otorgados por los fondos. Dicha comunicación deberá realizarse con anterioridad al 30 de junio de 2020.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio