Convocatoria Becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo
El objeto de la presente Resolución es convocar para el ejercicio 2011 6 becas de especialización de profesionales en el área de cooperación al desarrollo reguladas por el Decreto 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las Becas de especialización en el área de la Cooperación al Desarrollo
118.000 euros
- Resolución de 31 agosto de 2011 (BOPV N 165/2011)
RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2011, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan seis becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo para 2011.
- Decreto 138/1997 (BOPV N 125/1997)
DECRETO 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las por el que se regulan las Becas de especialización en el área de la Cooperación al Desarrollo.
Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza
Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza
Secretaría General de la Presidencia
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas. - Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
El objeto de la presente Resolución es convocar para el ejercicio 2011 6 becas de especialización de profesionales en el área de cooperación al desarrollo reguladas por el Decreto 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las Becas de especialización en el área de la Cooperación al Desarrollo
Aquellas personas que reúnan los requisitos establecidos en la base II del anexo de la resolución.
Conforme establece el artículo 6.1 del Decreto 138/1997, de 17 de junio, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Gobierno Vasco de 19 de mayo de 1998, los/las solicitantes de las becas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2011.
- Poseer la condición de licenciado/a, prioritariamente en áreas de Derecho, Economía, Periodismo y Sociología.
- No haber sido beneficiario/a anteriormente con una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la CAPV.
La dotación de cada candidatura será de 18.000 euros.
También habrá una dotación de 10.000€ para la formación del total de las becas.
El primer pago se efectuará tras la adjudicación de la beca, previa aceptación e incorporación del becario o la becaria, y será por un importe del 25% de la cuantía de la beca. El segundo abono, por un importe del 40% de la cuantía de la beca, transcurridos cuatro meses desde el inicio del disfrute de la beca y previa presentación de un informe periódico sobre el desarrollo de las actividades del becario o becaria. El tercer abono, por un importe del 25% de la cuantía de la beca, transcurridos seis meses desde el segundo abono y previa presentación del informe periódico correspondiente. El cuarto y último pago, por un importe del 10% de la cuantía de la beca, se realizará tras la presentación y aprobación del estudio o trabajo a que se refiere el artículo 3, letra a), del Decreto 138/1997, de 17 de junio.
Solicitud Becas de especialización 2011
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Secretario General de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOPV.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.