Ayudas para demolición de ruinas industriales. Convocatoria 2010.

RESUMEN
Título:
Ayudas para demolición de ruinas industriales. Convocatoria 2010.
Objeto:

Conceder ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales. Dichas ayudas consisten en préstamos a largo plazo y sin interés a devolver en las condiciones establecidas en el artículo 15 del Decreto 75/1998, de 21 de abril (BOPV nº 83 de 7 de mayo de 1998).

Dotación presupuestaria:

1.280.000 euros, de los cuales 80.000 euros serán para el ejercicio 2010 y 1.200.000 euros para el ejercicio 2011.

Normativa de la convocatoria:
  • Orden de 31 de marzo de 2010. (BOPV N 67/2010)

    La Orden señala el plazo y el lugar de presentación de las solicitudes de las ayudas previstas en el Decreto 75/1998, de 21 de abril.

Normativa reguladora:
  • Decreto 75/1998, de 21 de abril. (BOPV N 83/1998)

    Conceder ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales. Dichas ayudas consisten en préstamos a largo plazo y sin interés a devolver en las condiciones establecidas en el artículo 15 del Decreto.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Órgano convocante:
Dirección de Ordenación del Territorio
Entidad resolutora:
Viceconsejería de Planificación Territorial y Aguas
Órgano resolutor:
Viceconsejería de Planificación Territorial y Aguas
Contacto presencial:

Las solicitudes podrán presentarse en el registro del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca -Calle Donostia 1, Lakua 2, 2º piso. 01010 Vitoria-Gasteiz-.

  • De lunes a jueves de 9 a 13 y de 15 a 16:30.
    Los viernes de 9 hasta la 13 horas.

En estos lugares también se podrán presentar:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De 8:00 a 20:00.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000

Teléfonos del Servicio de Ordenación del Territorio:

  • Telefono: 945019865 / 945019863
    De lunes a jueves de 9:00 a 13:00 y 15:00 a 16:30.
    Viernes de 8:00 hasta las 13:00
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Conceder ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas.

Conceder ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales. Dichas ayudas consisten en préstamos a largo plazo y sin interés a devolver en las condiciones establecidas en el artículo 15 del Decreto 75/1998, de 21 de abril (BOPV nº 83 del 7 de mayo de 1998).

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Personas privadas, tanto físicas como jurídicas, Ayuntamientos, Diputaciones Forales o cualquier otra Administración Pública, así como Entes u Organismos de ella dependientes.

Ser propietario registral de los edificios e instalaciones a demoler.

También los Ayuntamientos, aun sin ser propietarios, siempre que actúen en virtud de ejecución subsidiaria, con las formalidades y requisitos establecidos en su legislación específica.

PRESTACIÓN
Dotación:

1.280.000 €.

(80.000 € para el ejercicio 2010 y 1.200.000 € para el ejercicio 2011).

Límite:

Hasta el 100% del presupuesto solicitado (IVA excluido).

TRAMITES
Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Solicitud ayuda.
Solicitud ayuda.:
Solicitud de ayuda y presentación de documentos.
Presencial
Formularios:
Escrito de formalización de la solicitud. (Solicitud)

Escrito de formalización de la solicitud (ver formulario anexo a la Orden de 31 de marzo de 2010).

Documentación:
  • Documento acreditativo de la personalidad o de la representación que ostenta.

    Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación que ostenta

  • Certificado del Registro de la Propiedad.

    Certificado del Registro de la Propiedad en el que se haga constar la titularidad del dominio del suelo y de la construcción o edificación existente, así como de los gravámenes que sobre los mismos consten. En el supuesto de que la adquisición de la propiedad objeto de derribo sea reciente bastará con copia de la escritura pública de transmisión de la propiedad a favor del solicitante y del asiento de presentación en el Registro de la Propiedad competente.

  • Anteproyecto o Proyecto.

    Anteproyecto o Proyecto, del que se desprenda el importe total de las obras de demolición y justificación de la cuantía de los honorarios profesionales (incluidos Proyecto y Dirección de Obra). Se admitirá como orientativo el cálculo de honorarios conforme a tarifas de colegios profesionales competentes para llevar a cabo los derribos. El Proyecto deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los recursos de construcción y demolición.

  • Inventario de los materiales almacenados.

    Inventario y caracterización de los materiales almacenados o abandonados en el recinto industrial (se podrá incluir en el Anteproyecto o Proyecto).

  • Destino final material resultante.

    Destino final, o en su caso método de eliminación del material resultante (se podrá incluir en el Anteproyecto o Proyecto).

  • Documento ayudas otorgadas o solicitadas a otros entes con la misma finalidad.

    Documento en el que se hagan constar las cuantías de las ayudas que, en su caso, hayan sido otorgadas o solicitadas a otros entes con la misma finalidad, con expresión de su importe. De no existir otras ayudas se hará constar esta circunstancia.

  • Documento en el que se hagan constar las cuantías de las ayudas de "mínimis"

    Documento en el que se hagan constar las cuantías de las ayudas de "mínimis" que, en su caso, le hayan sido concedidas durante los 2 ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. De no existir tales ayudas se hará constar esta circunstancia mediante declaración responsable de no haber recibido en dichos ejercicios fiscales ayudas de "mínimis" de ninguna Administración o Ente público, nacional o internacional.

  • Certificado de la Hacienda Foral relativo a la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias.

    En el supuesto de que la cuantía de la ayuda supere los 1.803 euros, los beneficiarios (con excepción de los Entes o Instituciones que pertenezcan al Sector Público Vasco) deberán presentar el certificado de la Hacienda Foral competente relativo a la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias.

  • Copia adverada del Expediente de Declaración de Ruina tramitado.

    Copia adverada del Expediente de Declaración de Ruina tramitado, incluido el acuerdo de ejecución subsidiaria (sólo para el supuesto de que los ayuntamientos soliciten la ayuda en virtud de orden de ejecucíón subsidiaria dictada por los mismos).

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
14/04/2010 - 13/05/2010
Fecha límite de presentación:

13 de mayo de 2010.

Plazo de resolución:

Dos meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejero/a de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejero/a de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Fecha de resolución:
06/09/2010