Ayudas para la realización de la sexta promoción del Master en Intervención y Mediación con Menores en situación de desprotección y/o conflicto social para el año 2012.
La presente Resolución tiene por objeto convocar ayudas para la realización de la Sexta Promoción del Máster en Intervención y Mediación con Menores en situación de desprotección y/o conflicto social que se impartirá en la Universidad de Deusto, para el año 2012.
Los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo anterior procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos del Instituto y se cifran inicialmente en un total de veintiocho mil quinientos (28.500) euros. De los cuales veintidós mil ochocientos (22.800) euros corresponderán a pagos para el 2012 y los restantes cinco mil setecientos (5.700) euros se destinarán a pagos correspondientes al año 2013.
- Resolución de 22 de agosto de 2012 (BOPV N 163/2012)
De la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se convocan ayudas para la realización de la sexta promoción del Master en Intervención y Mediación con Menores en situación de desprotección y/o conflicto social.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Araba/Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.*
* excepto agosto, hasta las 14:30
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.*
* excepto agosto, hasta las 14:30
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Araba/Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Araba/Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
La presente Resolución tiene por objeto convocar ayudas para la realización de la Sexta Promoción del Máster en Intervención y Mediación con Menores en situación de desprotección y/o conflicto social que se impartirá en la Universidadde Deusto. El Máster tiene una duración de un curso académico, con inicio en septiembre de 2012 y fin en julio de 2013. El Máster se imparte como un Máster oficial de 60 ECTS (créditos europeos) y se estructura en torno a las siguientes materias:
-
Materia 1. Fundamentos de la Intervención Social Interdisciplinar: planteamientos generales y desde la perspectiva de género.
-
Materia 2. Herramientas profesionales específicas parala Intervención Social.
-
Materia 3. Intervención con menores en situación de desprotección y/o conflicto social.
-
Materia 4. Prácticas Externas.
-
Materia 5. Trabajo final de Máster.
Podrán tener acceso a las becas personas físicas y el número máximo de personas beneficiarias será de dieciocho.
- Ser una de las personas matriculadas en el Master en Intervención y Mediación con Menores.
- Tener vecindad administrativa en el País Vasco al menos con un año de anterioridad a solicitar la ayuda.
- Cumplir con las obligaciones de acuerdo con lo previsto en el articulo 50 del Texto Refundido dela Leyde Principios Ordenadores dela Hacienda Generaldel País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.
- Estar dada de alta en el Registro de Terceros del Departamento de Economía y Hacienda. Este requisito es necesario para resolver la convocatoria y poder efectuar los pagos en caso de resolución concesoria.
- Cumplir con el contenido de la presente resolución.
Los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo anterior procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos del Instituto y se cifran inicialmente en un total de veintiocho mil quinientos (28.500) euros. De los cuales veintidós mil ochocientos (22.800) euros corresponderán a pagos para el 2012 y los restantes cinco mil setecientos (5.700) euros se destinarán a pagos correspondientes al año 2013.
La cuantía individualizada de la subvención cubrirá un mínimo del 20% del coste de la matrícula.
En el caso de que el número de personas beneficiarias fuese inferior al máximo de dieciocho contemplado en el artículo 4, el excedente de la dotación se distribuirá de forma proporcional entre las personas beneficiarias
El pago de la subvención será fraccionado abonándose, el ochenta por ciento una vez remitido por la Universidad de Deusto un certificado de la relación de alumnado matriculado en el curso así como de que han sido abonados los dos primeros pagos correspondientes a dicho curso; y el veinte por ciento restante, una vez remitida por la Universidad de Deusto el informe de seguimiento de la asistencia y aprovechamiento académico de las personas beneficiarias de las ayudas correspondiente al curso académico.
El formulario de solicitud es un pdf rellenable, que la persona interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados.
Cada solicitante de ayuda de la presente Resolución, deberá adjuntar la documentación siguiente:
-
Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento similar acreditativo de la identidad de la persona física, en caso de que la persona, no dé permiso ala Administración para recabarlo.
-
Volante de padrón emitido por su ayuntamiento o administración correspondiente.
-
Aceptación en la Universidad de Deusto o, en caso de no poseerla todavía, copia del escrito de solicitud de admisión.
-
Currículo y memoria explicativa (anexo II).
-
La declaración sobre otras fuentes de financiación (anexo I).
-
El documento de solicitud con las declaraciones responsables.
-
Ficha de datos de tercera parte interesada cumplimentada por la persona solicitante y la entidad financiera, si fuera necesario.
Aclaración:
- En aquellos casos en que se estime oportuno, Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer podrá recabar la presentación de la información complementaria que considere oportuna.
- El plazo para recuperar la documentación aportada con la solicitud, en los supuestos de denegación de la ayuda, será de un mes a partir de la publicación de la Resolución de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, siempre que no se haya recurrido la misma. En caso de haberlo sido, el plazo comenzará a contar desde la notificación de la resolución desestimatoria.
Declaración sobre otras fuentes de financiación.
- Modelo de Curriculum Vitae abreviado especificando la experiencia en el área de formación para la que se pide la ayuda (en igualdad de oportunidades, asunción de la perspectiva de género en la intervención social, etc.).
- Memoria explicativa de su interés por la formación en materia de igualdad.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Para Personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano
- Para Personas Jurídicas: Certificado de entidad
Junto al formulario de solicitud, debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de indicar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador.
Cada solicitante de ayuda de la presente Resolución, deberá adjuntar la documentación siguiente:
- Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento similar acreditativo de la identidad de la persona física, en caso de que la persona, no dé permiso ala Administración para recabarlo.
- Volante de padrón emitido por su ayuntamiento o administración correspondiente.
- Aceptación enla Universidadde Deusto o, en caso de no poseerla todavía, copia del escrito de solicitud de admisión.
- Currículo y memoria explicativa (anexo II).
- La declaración sobre otras fuentes de financiación (anexo I).
- El documento de solicitud con las declaraciones responsables.
- Ficha de datos de tercera parte interesada cumplimentada por la persona solicitante y la entidad financiera, si fuera necesario.
Aclaración:
- En aquellos casos en que se estime oportuno, Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer podrá recabar la presentación de la información complementaria que considere oportuna.
- El plazo para recuperar la documentación aportada con la solicitud, en los supuestos de denegación de la ayuda, será de un mes a partir de la publicación dela Resolución dela Directora de Emakunde-Instituto Vasco dela Mujer, siempre que no se haya recurrido la misma. En caso de haberlo sido, el plazo comenzará a contar desde la notificación de la resolución desestimatoria.
Anexo I - Declaración sobre otras fuentes de financiación (Doc.Ayuda)
Declaración sobre otras fuentes de financiación para el mismo fin.
Anexo II - Modelo de curriculum y memoria (Doc.Ayuda)
Modelo de Curriculum Vitae abreviado especificando la experiencia en el área de formación para la que se pide la ayuda (en igualdad de oportunidades, asunción de la perspectiva de género en la intervención social, etc.).
Memoria explicativa de su interés por la formación en materia de igualdad.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación dela presente Resoluciónen el Boletín Oficial del País Vasco.
El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes formuladas al amparo de la presente Resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurrido este plazo no hubiera sido notificada a la persona interesada Resolución alguna, podrá entenderse desestimada la petición de subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de EMAKUNDE.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de EMAKUNDE.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.