Inversiones en establecimientos de agroturismo
Concesión de ayudas para inversiones en establecimientos de agroturismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del Programa de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2007-2013.
Los recursos económicos destinados a financiar las ayudas del ejercicio 2012 ascienden a 130.435 euros.
De ellos 90.000 euros serán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y 40.435 euros con cargo al fondo comunitario Feader.
- Orden de 16 de mayo de 2012 (BOPV N 113/2012)
de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se procede a la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2012, al amparo del Decreto 184/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula el régimen de concesión de ayudas económicas para inversiones en establecimientos de agroturismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Decreto 184/2008 (BOPV N 227/2008)
de 11 de noviembre, por el que se regula el régimen de concesión de ayudas económicas para inversiones en establecimientos de agroturismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Dirección de Desarrollo Rural y Litoral
c/ Donostia 1, Lakua
01010 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Silvia Valin
Teléfono: 945 016 305
Fax: 945 016 310
E-mail: s-valin@ej-gv.es
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Dirección de Desarrollo Rural y Litoral
c/ Donostia 1, Lakua
01010 Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Dirección de Desarrollo Rural y Litoral
c/ Donostia 1, Lakua
01010 Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Concesión de ayudas para inversiones en establecimientos de agroturismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del Programa de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2007-2013.
Persona titular o cotitular de una explotación agraria así como los miembros de una explotación asociativa que cumplan, a la fecha de la solicitud los requisitos marcados en el Decreto 184/2008, de 11 de noviembre.
- Ser persona agricultora a título principal (ATP).
- Ser propietaria del establecimiento de agroturismo u ostentar sobre el mismo otra condición o autorización suficiente para poder ejercer la actividad y residir en la explotación agraria donde se ubique el establecimiento de agroturismo o aledaños. En caso de explotaciones asociativas, al menos una de las personas partícipes habrá de reunir este requisito.
- Acreditar una antigüedad mínima de dos años ininterrumpidos en la explotación agraria donde se ubique el establecimiento de agroturismo.
- Acreditar la viabilidad económica de la explotación, cumplir las normas comunitarias en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales y acreditar la capacidad y competencia profesional adecuada de su titular.
Los recursos económicos destinados a financiar las ayudas del ejercicio 2012 ascienden a 130.435 euros.
De ellos 90.000 euros serán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y 40.435 euros con cargo al fondo comunitario Feader.
Para una tramitación más rápida del expediente se recomienda enviar la solicitud vía telemática (mediante el botón “enviar” en la propia solicitud). Para ello se aconseja tener instalada la versión Adobe Reader 8.1.2. Esto no excluye de enviar la hoja de solicitud firmada y sellada, junto a la documentación requerida, a la Dirección de Desarrollo Rural y Litoral del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.
- Alta de terceros
El Impreso de Alta de Terceros habrá que presentarlo en el caso de no haber solicitado otras ayudas al Gobierno Vasco a lo largo de los últimos cinco años o querer modificar la ya aportada.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
12 de julio 2012.
Seis meses desde el día siguiente al de la publicación en el BOPV la convocatoria.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Agricultura y Desarrollo Rural.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Agricultura y Desarrollo Rural.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.