Ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto. 2018

RESUMEN
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Cultura
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
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Ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto. 2018
DIRIGIDO A
Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española. Que el coste máximo de producción que, en su día, se reconozca al largometraje sea de 1.800.000 euros, o de 2.500.000 euros en el caso de largometrajes de animación. Que se acredite en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que el proyecto tiene garantizada una financiación de, al menos, el 15 por cien del presupuesto previsto para la producción del largometraje Que, al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se realicen en España o revierta en autores o en equipos técnicos, artísticos o de servicios que posean residencia fiscal en España. Que, al menos, un 10 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se destinen a copias, publicidad y promoción para su estreno comercial en salas de exhibición cinematográfica. Que el estreno del largometraje tenga lugar, como mínimo, en quince salas de exhibición. Este número se reducirá a cinco en el caso de los largometrajes con versión original en lenguas cooficiales y en el caso de largometrajes de carácter documental. No se requiere que el estreno en las salas sea simultáneo. Que la empresa productora solicitante de la ayuda, aisladamente o en conjunto con sus empresas vinculadas haya producido, con una titularidad mínima sobre la obra del 10%, en los últimos seis años, u ocho años en el caso de proyectos de animación, al menos, dos cortometrajes o un largometraje que hayan sido calificados por grupos de edad y obtenido el correspondiente certificado de nacionalidad española, o haya participado en una serie o película de televisión como productora encargada de la producción.
Dotación:
7.076.000,00 euros
TRAMITES
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Cuantía de la ayuda que solicita para la realización del proyecto. b) En el supuesto previsto en el apartado cuarto b) de esta Resolución, acuerdo por el que se constituye la agrupación a la que se refiere el artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones, firmado por todas las empresas productoras del proyecto, en el que se identifique al productor-gestor como representante de las mismas, se fijen los porcentajes de titularidad de cada empresa en el proyecto, así como los compromisos de ejecución asumidos por cada una de ellas, con el detalle suficiente que permita identificar los importes cuya ejecución asumen las mismas. e) Memoria firmada por la empresa productora, el guionista y el director. d) Contrato en el que se acredite de forma inequívoca la cesión al productor de los derechos sobre el guion, el importe de la contraprestación correspondiente al autor o autores del mismo, así como en su caso la cesión de los derechos de opción sobre la obra preexistente. e) Guion de la película y sinopsis de la misma. f) Presupuesto de la película en modelo oficial, que podrá obtenerse a través de la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. g) Plan de financiación debidamente documentado mediante la presentación, en su caso, de los siguientes documentos: i. Contratos con precio cierto, de adquisición anticipada de derechos de explotación del largometraje o, en su caso, resolución de adquisición de dichos derechos por un prestador del servicio de comunicación audiovisual de titularidad pública. ii. Contratos con empresas distribuidoras con recaudación mínima anual de 500.000 euros. iii. Contratos, precontratos o memorandos de interés, formalizados con agentes de ventas internacionales, con precio cierto y mínimo garantizado, así como los contratos, precontratos, memorandos de interés o collecting account relativos a las preventas internacionales del proyecto efectivamente realizadas iv. Resoluciones de concesión al proyecto de cualesquiera ayudas públicas en las que se especifique el importe de las mismas. v. Avales ante el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y certificados bancarios formalizados sobre los recursos propios de las empresas productoras del proyecto, afectos a la producción del mismo. vi. Documentos que incorporen los compromisos con los importes de las capitalizaciones que se comprometen a asumir las personas físicas o jurídicas con las que las empresas productoras del proyecto para el que se solicita la ayuda haya suscrito algún contrato de trabajo. vii. Certificado del auditor que incluya los gastos subvencionables ya realizados para la producción del proyecto en el momento de presentación de la ayuda. viii. Contratos, pagarés o documentos de valor equivalente en el tráfico mercantil donde figure el importe de las aportaciones destinadas a la producción realizadas por inversores privados, en los términos establecidos en el apartado quinto.4.b) 6° de esta Resolución. En el Plan de financiación deberán figurar, as1m1smo, la obtención de otras ayudas públicas procedentes de cualquier administración autonómica, Administración local o extranjera (Eurimages, Media, lbermedia), destinadas al proyecto para el que se solicita la ayuda. h) Plan de postproducción. i) Plan de trabajo con indicación de tiempo de rodaje y localizaciones. j) Ficha técnico-artística. k) Datos básicos del historial profesional del productor, del director y del guionista. 1) Declaración responsable de que el proyecto cumple los requisitos previstos en el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, para la obtención de nacionalidad española de la película. 2. Documentación general, conforme al artículo 7 de la Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre:
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Aplicaciones:
Solicitud


Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
03/08/2018 - 24/08/2018
Efectos del silencio:
Estimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • :    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.