Ayudas para Escuelas de Hostelería, en el marco del Plan Nacional Integral de Turismo. 2015

RESUMEN
Título:
Ayudas para Escuelas de Hostelería, en el marco del Plan Nacional Integral de Turismo. 2015
Objeto:
El objeto de las ayudas es el impulso a la calidad del sector turístico español a través de la calidad de la formación, promoviendo que las escuelas de hostelería detecten las necesidades del mercado y del entorno productivo en los distintos subsectores y profesiones turísticas y configuren programas adecuados a la demanda.
Dotación presupuestaria:
8.000.000 €
Normativa de la convocatoria:
  • Orden IET/2195/2015, de 15 de octubre, (BOE N 252/2015)
    por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para Escuelas de Hostelería, en el marco del Plan Nacional Integral de Turismo.
  • Resolución de 25 de noviembre de 2015, (BOE N 299/2015)
    de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se convoca la tramitación anticipada, correspondiente al ejercicio 2016, de ayudas para escuelas de hostelería en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.
  • Resolución de 10 de noviembre de 2016 (BOE N 289/2016)
    Resolución de 10 de noviembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se deja sin efecto la convocatoria anticipada, correspondiente al ejercicio 2016, de ayudas para escuelas de hostelería en el marco del Plan Nacional e Integral de Turismo, efectuada por Resolución de 25 de noviembre de 2015.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Órgano convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Contacto telefónico:
Teléfono: 901 200 901
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Volver Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Ayudas para Escuelas de Hostelería, en el marco del Plan Nacional Integral de Turismo. 2015
El objeto de las ayudas es el impulso a la calidad del sector turístico español a través de la calidad de la formación, promoviendo que las escuelas de hostelería detecten las necesidades del mercado y del entorno productivo en los distintos subsectores y profesiones turísticas y configuren programas adecuados a la demanda.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Escuelas de hostelería privadas legalmente constituidas.

Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud, que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento.

PRESTACIÓN
Dotación:
8.000.000 €
Límite:
Límite máximo al gasto en promoción: No podrá superar el 40% del presupuesto total financiable de la fase.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Solicitud/cuestionario. Estará disponible para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (https://sede.minetur.gob.es), una vez publicada la convocatoria correspondiente. Estará adaptada a lo que se disponga en cada convocatoria.

    Dentro del impreso de solicitud y cuestionario se incluirán las siguientes declaraciones:

    1.º Declaración de ayudas públicas solicitadas y recibidas para el mismo proyecto. Dicha declaración deberá realizarse al presentar solicitud o en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia.

    2.º Declaración por parte del solicitante de que son ciertos los datos de los estados financieros que acompañan a la solicitud y que los mismos expresan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera del solicitante, así como de los resultados de sus operaciones.

    b) Memoria.

    La memoria estará integrada por:

    1.º Memoria técnica y económica relativa al coste y modo en que se va a financiar. La memoria contendrá la siguiente información:

    i. Trayectoria de la escuela.

    ii. Objetivos del proyecto.

    iii. Descripción de la actuación o actuaciones a financiar.

    iv. Cronograma.

    2.º Presupuesto de la actuación.

    3.º Información relativa, en su caso, a los colaboradores externos que participarán en la ejecución del proyecto.

    c) Otra documentación:

    1.º Tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (NIF-número de identificación fiscal).

    2.º Acreditación válida del poder notarial, inscrito en el registro mercantil (en caso de sociedades mercantiles) o el que proceda, correspondiente al firmante de la solicitud.

    3.º Cuentas anuales completas de los dos últimos ejercicios (presentadas en el Registro Mercantil).

    4.º De conformidad con el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la presentación de la solicitud para la obtención de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social a través de certificados electrónicos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dichas certificaciones.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Sede electrónica del Ministerio
Sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
16/12/2015 - 15/02/2016
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de seis meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.