Ayudas del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo. 2012.

RESUMEN
Título:
Ayudas del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo. 2012.
Objeto:
Contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios: a) Facilitar el desarrollo de modelos de negocio innovadores que mejoren la competitividad y rentabilidad del sector turístico español. b) Fomentar la incorporación al tejido turístico empresarial de jóvenes emprendedores innovadores. c) Apoyar la puesta en marcha de los proyectos innovadores desarrollados por jóvenes emprendedores Podrán ser objeto de ayudas del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores los proyectos y modelos de negocio que se adecuen a las medidas identificadas en el Plan Nacional e Integral de Turismo (PNIT) mencionadas en el apartado segundo de esta orden y a los ámbitos de conocimiento científico tecnológico del sector turístico que se especifican en el anexo I de esta orden. Los proyectos y modelos de negocio, o en su defecto los gastos financiados con cargo a los préstamos, deberán haber comenzado a ejecutarse con posterioridad a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. Asimismo, el plazo máximo de ejecución de proyectos y modelos de negocio será de tres años, pudiendo incluirse entre los gastos financiables todos aquellos que se hayan realizado con anterioridad a la finalización del mencionado plazo.
Dotación presupuestaria:
20.000.000 €
Normativa de la convocatoria:
  • Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre (BOE N 279/2012)
    Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2012.
  • Orden IET/476/2013, de 14 de marzo (BOE N 73/2013)
    Orden IET/476/2013, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2012.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Órgano convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Contacto telefónico:
Teléfono: 901 200 901
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Volver Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Ayudas del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo. 2012.
Contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios: a) Facilitar el desarrollo de modelos de negocio innovadores que mejoren la competitividad y rentabilidad del sector turístico español. b) Fomentar la incorporación al tejido turístico empresarial de jóvenes emprendedores innovadores. c) Apoyar la puesta en marcha de los proyectos innovadores desarrollados por jóvenes emprendedores Podrán ser objeto de ayudas del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores los proyectos y modelos de negocio que se adecuen a las medidas identificadas en el Plan Nacional e Integral de Turismo (PNIT) mencionadas en el apartado segundo de esta orden y a los ámbitos de conocimiento científico tecnológico del sector turístico que se especifican en el anexo I de esta orden. Los proyectos y modelos de negocio, o en su defecto los gastos financiados con cargo a los préstamos, deberán haber comenzado a ejecutarse con posterioridad a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. Asimismo, el plazo máximo de ejecución de proyectos y modelos de negocio será de tres años, pudiendo incluirse entre los gastos financiables todos aquellos que se hayan realizado con anterioridad a la finalización del mencionado plazo.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas los siguientes: Las personas físicas, residentes en España, que tengan menos de cuarenta años en el momento de presentación de la solicitud y personas jurídicas válidamente constituidas en España, en las cuales la media de edad de los socios sea igual o inferior a cuarenta años en el momento de la presentación de la solicitud, y sean PYME con forma societaria, constituida, como máximo, en los veinticuatro meses anteriores a la solicitud.
Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento.
PRESTACIÓN
Dotación:
20.000.000 €
Límite:
El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 100 por ciento del presupuesto financiable de la actuación, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 de euros.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) La solicitud y el cuestionario seguirán el modelo que figura, a título informativo, en el anexo II de esta orden. Dicho modelo estará disponible para su cumplimentación y presentación en la dirección de Internet del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. b) La memoria técnica cuyo índice se detalla en el anexo IV. c) Declaración de ayudas públicas solicitadas y recibidas para el mismo proyecto. d) Declaración de vinculación con terceros, a los efectos de comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado séptimo de esta orden.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
20/11/2012 - 07/12/2012
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de seis meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»
Efectos del silencio:
Estimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.