Ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero. 2015

RESUMEN
Título:
Ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero. 2015
Objeto:
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas correspondientes al «Segundo Programa de Mejora de la Conectividad Inalámbrica del Sector Hotelero (Alojamientos con Red)» (en adelante, «el Programa»). La finalidad de dicho Programa es proporcionar ayudas económicas a pymes para el despliegue o mejora de redes inalámbricas de establecimientos hoteleros y campings, adecuadas a sus instalaciones y que permitan ofrecer un servicio gratuito de calidad a los clientes desde cualquier parte del alojamiento y absorber el aumento de dispositivos móviles disponibles por persona.
Dotación presupuestaria:
15.000.000 €
Normativa reguladora:
  • Resolución de 7 de agosto de 2015 (BOE N 205/2015)
    Resolución de 7 de agosto de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convocan ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero y se establecen las bases reguladoras de dicha convocatoria.
  • Resolución de 23 de agosto de 2016 (BOE N 208/2016)
    Resolución de 23 de agosto de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se modifica la de 7 de agosto de 2015, por la que se convocan ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero y se establecen las bases reguladoras de dicha convocatoria.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Órgano convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Contacto telefónico:
Teléfono: 901 200 901 Para más información sobre el proceso de solicitud y sobre el desarrollo del Programa, el teléfono de contacto a disposición de los solicitantes es el 901 900 333 y en el correo electrónico convocatorias@red.es. Para más información sobre el funcionamiento y requisitos de la Sede Electrónica de Red.es, el teléfono de contacto a disposición de los solicitantes es el 901 904 060 y en el correo electrónico soporte@sede.red.gob.es
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
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Ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero. 2015
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas correspondientes al «Segundo Programa de Mejora de la Conectividad Inalámbrica del Sector Hotelero (Alojamientos con Red)» (en adelante, «el Programa»). La finalidad de dicho Programa es proporcionar ayudas económicas a pymes para el despliegue o mejora de redes inalámbricas de establecimientos hoteleros y campings, adecuadas a sus instalaciones y que permitan ofrecer un servicio gratuito de calidad a los clientes desde cualquier parte del alojamiento y absorber el aumento de dispositivos móviles disponibles por persona.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Pymes (incluyendo trabajadores autónomos) que cumplan, y acrediten mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los siguientes requisitos específicos
a) Haber iniciado su actividad con antelación a la publicación de las presentes bases. b) Que su domicilio fiscal esté ubicado en España, concretamente en alguna de las Comunidades o Ciudades Autónomas en las que territorialmente se distribuye la ayuda conforme a la base séptima y en cuyo ámbito se ha solicitado la ayuda. En el caso de empresas comunitarias, habrán de tener al menos una filial domiciliada en España, en los mismos términos. c) Desarrollar una actividad clasificada en el CNAE 2009 con el siguiente código: 55.10 Hoteles y alojamientos similares; 55.20 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia; 55.30 Campings y aparcamientos para caravanas; o contar con un establecimiento hotelero o camping inscrito en el Registro de Turismo o equivalente de la Comunidad Autónoma correspondiente. En el caso de solicitantes cuya actividad esté clasificada en el CNAE 2009 55.30, deberán asimismo estar dados de alta en alguno de los epígrafes del grupo 687 del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). d) Que tengan un establecimiento hotelero o camping, en el que se desarrollarán los trabajos objeto de la ayuda, en alguna de las Comunidades Autónomas o Ciudades Autónomas beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en la base séptima. e) Tener la condición de pyme, de acuerdo con lo establecido en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como del pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. g) Que el establecimiento no haya resultado beneficiario de la Convocatoria de concesión de ayudas del Programa de Mejora de la Conectividad Inalámbrica del Sector Hotelero (C- 014/14-ED). h) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. i) No tratarse de una empresa de naturaleza pública, ni participada mayoritariamente por esta, ni ser entidad de derecho público, entidad sin ánimo de lucro, ni participada mayoritariamente por éstas; tampoco podrán participar las empresas, de cualquier tipo, que tengan por actividad la gestión de un servicio público. j) No tratarse de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, asociaciones o fundaciones. k) No tratarse de comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica. l) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. m) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2 apartado 18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de Salvamento y de Reestructuración de Empresas no financieras en Crisis (2014/C 249/01) («Diario Oficial» n.º 244, de 31 de julio de 2014).
PRESTACIÓN
Dotación:
15.000.000 €
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • 1. Solicitud Electrónica: Formulario electrónico habilitado en la sede electrónica de Red.es (se rellenará y enviará a través de Internet, firmado digitalmente por el representante legal de la entidad). Se adjuntará como anexo el fichero con la copia digitalizada de la documentación acreditativa del apoderamiento del firmante de la solicitud, sólo en caso de presentar la solicitud mediante representante legal. En dicha documentación deberán estar reflejados los poderes que se confieren, así como el nombramiento de la persona o personas que firman la solicitud. • En el caso de empresarios autónomos: si actúan en nombre propio y el empresario autónomo firma la solicitud, no será necesario acreditar el apoderamiento. Si actúa a través de representante deberá aportar la autorización correspondiente, otorgada por los medios aceptados en Derecho ante notario o mediante escritura pública, y con fecha anterior a la de la solicitud. • En el caso de sociedades y cooperativas: Las escrituras de constitución o de apoderamiento en las que se establezca que la persona o personas que firmaron la solicitud tenían poder para representar a la empresa (como administrador único, solidario, mancomunado, consejero delegado, etc.) así como, cuando resulte necesario, copia de los estatutos de la sociedad que estén en vigor o documento equivalente en el que figure el detalle del poder otorgado al representante o representantes. Si la representación es mancomunada, la solicitud y ficheros adjuntos, deberán ser firmados por todos los representantes que sean precisos de acuerdo con la escritura. • En el caso de sociedades civiles: el contrato, elevado a público, o escrituras de constitución, ante notario, en donde se identifiquen sus socios, así como el detalle del apoderamiento del representante o representantes autorizados. 2. Para acreditar cada uno de los requisitos establecidos en la base tercera se adjuntarán los siguientes ficheros a la solicitud electrónica: 2.1 Requisitos a) y b) Acreditación de la fecha de inicio de actividad, domicilio fiscal. • Certificado de situación censal de la Administración Tributaria. Los solicitantes, en el formulario de solicitud, podrán autorizar a Red.es a recabar de oficio esta información, quedando en tal caso eximidos de la necesidad de aportarla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Este documento también servirá para acreditar la pertenencia al grupo 687 del IAE en el caso de solicitantes del CNAE 55.30. 2.2 Requisito e) Acreditación de la condición de pyme. • Declaración responsable, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo IV de estas bases. 2.3 Requisito f) Acreditación de deudas tributarias o con la Seguridad Social. • Copia digitalizada del Certificado original acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias fechado (o autorización a Red.es para obtenerlo de oficio). Debe estar expedido a nombre de la empresa o empresario autónomo solicitante (no a nombre de su representante), estar en vigor (menos de 6 meses de antigüedad) e indicar que tiene carácter positivo y ser expedido a los efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas. Los solicitantes, en el formulario de solicitud, podrán autorizar a Red.es a recabar de oficio esta documentación, quedando en tal caso eximidos de la necesidad de aportarla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. • Copia digitalizada del Certificado original acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social fechado (o autorización a Red.es para obtenerlo de oficio). Debe estar expedido a nombre de la empresa o autónomo solicitante (no a nombre de su representante), estar en vigor (menos de 6 meses de antigüedad) e indicar que no tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social, así como que se expide a los efectos de lo establecido en el apartado e) del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los solicitantes, en el formulario de solicitud, podrán autorizar a Red.es a recabar de oficio esta documentación, quedando en tal caso eximidos de la necesidad de aportarla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. 2.4 Requisitos c), d), g), h), i), j), k), l) y m): • Se acreditan mediante declaración responsable en el formulario de solicitud. 3. Para acreditar cada uno de los requisitos establecidos en las bases cuarta y quinta se adjuntarán los siguientes ficheros a la solicitud electrónica: 3.1 Propuesta de Proyecto para el que solicita la ayuda. Se realizará utilizando el modelo «C058-15/ED_PROPUESTA DE PROYECTO.xlsx», siguiendo las instrucciones que la acompañan y que se publicará en el perfil del contratante de la página web de Red.es. 3.2 Presupuesto del proyecto solicitado. Se deberá elaborar de acuerdo al modelo Excel proporcionado con esta convocatoria (C058-15/ED _Solicitud_Presupuesto del proyecto.xlsx). Se presentará como fichero adjunto a la solicitud, en formato.xlsx. 3.3 Copias digitalizadas de los Presupuestos originales emitidos por los proveedores para la realización del proyecto. Se pueden presentar tantos presupuestos como proveedores sean necesarios para la ejecución del proyecto. El solicitante en el caso de resultar beneficiario de la presente convocatoria no estará obligado a realizar los trabajos con el proveedor que ha elaborado el presupuesto para la solicitud. No obstante para proceder al cambio de proveedor deberá previamente presentar a Red.es los certificados correspondientes que se exigen en la fase de solicitud de la ayuda, referidos a los nuevos proveedores, y justificar dicho cambio. El presupuesto presentado en la solicitud condicionará la cuantía máxima del presupuesto subvencionable que apruebe Red.es tras la revisión de la solicitud en el caso de que el solicitante sea admitido a trámite. 3.4 Fichero con la copia digitalizada del Documento oficial expedido por el organismo competente que acredite el número de plazas del establecimiento hotelero o camping que permita, en su caso, aplicar el criterio de otorgamiento de ayuda establecido en la base novena de la presente convocatoria. También se puede aportar para el cumplimiento de este requisito una declaración responsable en la que se indique, una dirección web oficial, válida y vigente (URL) donde figure la información que acredite este requisito (no siendo válida la dirección web del establecimiento). No se admitirán para el cumplimiento de este requisito los siguientes documentos: 1. Listados de precios. 2. Hojas de Inspección. 3. Resguardo de la solicitud a la consejería solicitando la acreditación. 4. Notas simples del Registro de la propiedad. 5. Recibos de pagos de impuestos. 6. Relación de habitaciones sin especificar plazas y sin sello ni firma de la Consejería de Turismo correspondiente. 7. Directorios de empresas. 8. Autorizaciones de funcionamiento y clasificación de restaurantes, cafeterías y bares. 9. Presupuestos de estudios de arquitectura proyectando modificaciones en el establecimiento. 3.5 Copia digitalizada de los Certificados originales de los proveedores responsables de la instalación de la red inalámbrica. Todos los certificados deberán estar vigentes durante al menos el periodo de la ejecución del proyecto y hasta la fecha de emisión de las facturas correspondientes. En el caso de proveedores cuyo domicilio social se encuentre en otros estados miembros de la Unión Europea, que presten sus servicios en España de manera temporal u ocasional, podrán sustituir los certificados de organismos públicos enumerados a continuación por los equivalentes en su país. – Certificados para International Organization for Standardization (ISO) inherentes al servicio: 9001 – Certificado de estar inscrito en el Registro de Instaladores de Telecomunicación del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. – Certificado correspondiente que acredite estar inscrito en el Registro de instalaciones eléctricas de baja tensión expedido por el órgano competente de al menos una Comunidad Autónoma. No será necesario presentar este certificado si el proyecto ejecutado no contempla la instalación o modificación de la red eléctrica. – Certificado de capacitación emitido por el fabricante del equipamiento de red inalámbrica instalado o por su red de socios/distribuidores que habilita al proveedor de la instalación o en su defecto a los medios personales propuestos, para la realización del servicio. En este último caso se deberá adjuntar una declaración responsable por parte de la empresa proveedora responsable de la instalación confirmando la relación de los medios personales, propios o subcontratados, que vayan a participar en la misma, siguiendo la plantilla que se publicará en la web de Red.es, junto a las presentes bases, con el nombre «C058-15/ED _Justificación_Declaración de Medios Personales.docx». Todos los ficheros adjuntos deberán ser copias digitalizadas de los originales. La sede electrónica de Red.es permite al solicitante firmar electrónicamente todos los documentos que presente a través del correspondiente formulario de solicitud. El formulario y todos los ficheros adjuntos, deberán firmarse electrónicamente por el mismo autónomo o representante legal de la empresa que presente la solicitud. Excepcionalmente, se podrán aceptar como válidos los ficheros no firmados digitalmente que incluyan un Código Seguro de Verificación (CSV), como los emitidos por la Administración Tributaria, o un Código Electrónico de Autenticidad (CEA), como los emitidos por la Seguridad Social. En aquellos casos en que los representantes tengan un apoderamiento mancomunado, tanto la solicitud como cada uno de los ficheros deberán ser firmados electrónicamente por cada uno de los representantes mancomunados necesarios para la representación. Para las solicitudes que tributen en Comunidades Autónomas que cuenten con un concierto económico que les permita tener unos modelos tributarios diferentes a los de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) que se solicitan en este Anexo, se permitirá que presenten en su lugar los documentos equivalentes en su territorio, siempre y cuando contengan la información necesaria para acreditar el requisito y se presenten en idioma castellano. Se recomienda expresamente al solicitante que compruebe con anticipación los requisitos técnicos para operar con la Sede Electrónica, que se encuentran disponibles en la propia Sede, teniendo en cuenta el equipo desde el que pretende realizar la solicitud y presentación de la documentación. La página web de Red.es (www.red.es) incluye información sobre la presente convocatoria.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
15/10/2015 - 16/11/2015
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación es de 6 meses contados desde el 15 de octubre de 2015, conforme a lo dispuesto en el Apartado Tercero de la presente convocatoria
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.