Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados. 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados. 2017
Objeto:
Convocar para el año 2017 ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y ayudas a cortometrajes realizados, mediante régimen de concurrencia competitiva.
Dotación presupuestaria:
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.000.000 de euros, y será distribuida en 600.000 € para ayudas cortometrajes sobre proyecto y400.000 € para ayudas a cortometrajes realizados. En las ayudas a la producción de cortometrajes realizados, para la primera fase se reservarán 200.000 euros y para la segunda 200.000 euros.
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2017 (BOE N 60/2017)
    Extracto de la Resolución de 2 de marzo de 2017, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2017 ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados
Normativa reguladora:
  • Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre (BOE N 306/2015)
    Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Cultura
Órgano convocante:
Ministerio de Cultura
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
Contacto telefónico:
Teléfonos: 91 701 74 81 - 902 55 55 00. Fax: 91 701 73 52
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
Volver Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados. 2017
Convocar para el año 2017 ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y ayudas a cortometrajes realizados, mediante régimen de concurrencia competitiva.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Empresas productoras independientes
Los proyectos de cortometraje que sean objeto de estas ayudas, deben tener nacionalidad española o estar en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y tener carácter cultural.
PRESTACIÓN
Dotación:
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.000.000 de euros, y será distribuida en 600.000 € para ayudas cortometrajes sobre proyecto y400.000 € para ayudas a cortometrajes realizados. En las ayudas a la producción de cortometrajes realizados, para la primera fase se reservarán 200.000 euros y para la segunda 200.000 euros.
Límite:
La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes sobre proyecto será de 30.500 euros por película beneficiaria. La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes realizados no podrá superar el 75 por 100 del coste reconocido al cortometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuale
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Memoria firmada por la empresa productora, el guionista y el director. b) Contrato en el que se acredite de forma inequívoca la cesión al productor de los derechos sobre el guion, el importe de la contraprestación correspondiente al autor o autores del mismo, así como en su caso la cesión de los derechos de opción sobre la obra preexistente. e) Guion de la película y sinopsis de la misma. d) Presupuesto de la película en modelo oficial que podrá obtenerse a través de la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. e) Plan de trabajo con indicación de tiempo de rodaje y localizaciones. f) Ficha técnico-artística. g) Plan de financiación razonado y debidamente documentado mediante la presentación, en su caso, de los contratos suscritos al efecto. En dicho plan deberán figurar también la solicitud u obtención de otras ayudas, subvenciones o aportaciones públicas o privadas destinadas al mismo fin, así como la cuantía de la subvención que solicita para la realización de la película. h) Datos básicos del historial profesional del director y del guionista. i) Declaración responsable de que el proyecto cumple los requisitos previstos en el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, para la obtención de nacionalidad española de la película. j) Declaración responsable de ser productora independiente de acuerdo con la definición del artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
13/03/2017 - 03/04/2017
Fecha límite de presentación:
Para las ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", finalizando a las 14:00 horas del último día del plazo. Para las ayudas a la producción de cortometrajes realizados, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará: Primera fase: El día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 5 de abril de 2017 alas 14:00 horas. Las películas deberán haber sido calificadas entre el 31 de mayo de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, ambos inclusive. El plazo para solicitar el reconocimiento del coste de producción de la película finalizará el 23 de marzo de2017. Segunda fase: El plazo se iniciará el 10 de mayo de 2017 y finalizará el 7 de junio de 2017 a las 14:00 horas. Las películas deberán haber sido calificadas entre el 2 de enero de 2017 y el 30 de mayo de 2017, ambos inclusive. En ese último caso, el plazo para solicitar la calificación de la película finalizará el 28 de abril de2017. El plazo para solicitar el reconocimiento del coste finalizará el 31 de mayo de2017.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.