Subvenciones a inversiones en instalaciones o equipamiento de puertos pesqueros
 

Departamento / Organismo Autónomo

Transportes y Obras Públicas


Órgano gestor

Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos


Regular la concesin de subvenciones a aquellas personas fsicas o jurdicas, titulares de concesin administrativa o adjudicatarios de contrato de gestin de servicios pblicos que inviertan en instalaciones y equipos en los puertos pesqueros titularidad de la Comunidad Autnoma del Pas Vasco

Regular la concesin de subvenciones a aquellas personas fsicas o jurdicas, titulares de concesin administrativa o adjudicatarios de contrato de gestin de servicios pblicos que inviertan en instalaciones y equipos en los puertos pesqueros titularidad de la Comunidad Autnoma del Pas Vasco


Destinatarios/as

Las personas físicas o jurídicas que, reuniendo las condiciones que se especifican, inicien en el presente ejercicio en los puertos pesqueros de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco inversiones en equipamiento portuario.


Dotación económica

1. La parte de la ayuda financiada con cargo al IFOP no podr ser superior al 15% del importe total de la inversin subvencionable.
2. La parte de la ayuda financiada con cargo a los fondos del Departamento de Transportes y Obras Pblicas ser como mnimo del 5% del importe total de la inversin subvencionable.
3. El porcentaje mximo de ayuda financiada con cargo a fondos pblicos y comunitarios no podr ser superior al 40% del importe total de la inversin subvencionable, de tal forma que los beneficiarios debern participar, como mnimo, en un 60% de la inversin subvencionable


Normativa reguladora

ORDEN de 9 de junio de 2004del Consejero de Transportes y Obras Públicas, de apertura del plazo para la presentación de solicitudes al amparo de lo establecido en el Decreto 164/2000, de 28 de julio, por el que se regula el otorgamiento de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas titulares de concesión administrativa o de contrato de gestión de servicios públicos que inviertan en instalaciones o equipamiento de puertos pesqueros de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Decreto 164/2000

Decreto 164/2000 (corrección de errores)


Personas de contacto

Asier Madariaga Markoartu

Tlf. 94 4031320

Maria Felicidad Arzamendi Vargas

Tlf. 945 019745


Documentación a aportar

a) Fotocopia compulsada del D.N.I. o N.I.F.
b) Fotocopia compulsada de la Escritura de constitución de la empresa, así como, en su caso, asiento de inscripción de la misma en el Registro Mercantil
c) Fotocopia compulsada del poder de representación otorgado a favor del solicitante debidamente inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, debidamente acreditado.
d) Fotocopia del Título que acredite ser titular de concesión administrativa o adjudicatario de contrato de gestión de servicios públicos en puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
e) Proyecto de inversión.

f)Cuentas anuales de los trel últimos años.

g)Documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones generales.

h) Declaración jurada de no hallarse incurso en procedimiento alguno de reintegro o sancionador, ni en prohibición de obtención de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi, además de no estar incurso en causas de incompatibilidad.


Plazo de presentacion 24/06/04- 30/07/04

Lugar presentación solicitudes

SERVICIO TERRITORIAL DE PUERTOS DE BIZKAIA
C/ Gran Vía, 85
48011 Bilbao

SERVICIO TERRITORIAL DE PUERTOS DE GIPUZKOA
C/ Muelle, 23
20003 Donostia-San Sebastián

Lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Descripción de los trámites

No se describen


Órgano que resuelve

El Consejero de Transportes y Obras Pblicas


Plazo de resolución

Seis meses a partir de la fecha en que la Orden de convocatoria surta efectos (24 de junio de 2004).


Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso Contencioso-Administrativo
Recurso Potestativo de Reposición


Formularios

No hay


Otros documentos

No hay


Observaciones

No hay


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

23/06/2004