Subvenciones para la organización, difusión y digitalización de Archivos no públicos.
La presente Orden tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de aquellos programas, en documentos de archivo, fondos de archivo y colecciones de documentos, de carácter no público, integrantes del Patrimonio Documental del Pueblo Vasco, que tengan por objeto:
a) La organización de los fondos de archivo y la mejora de su tratamiento archivístico.
b) La digitalización de fondos de archivo previamente organizados y descritos en una base de datos. Los proyectos deberán de incluir la creación de un archivo digital de conservación permanente y la creación de una copia digital para su difusión en la página web del Sistema Nacional de Archivos de Euskadi. Los proyectos presentados se sujetarán a las prescripciones técnicas que figuran en el anexo A de la presente Orden.
c) La difusión de la información y su integración en el sistema de información Badator.
150.000 euros.
- ORDEN de 20 de junio de 2012 (BOPV N 133/2012)
ORDEN de 20 de junio de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones para la organización, difusión y digitalización de Archivos no públicos.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao (Bizkaia)
- Donostia-San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz:
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del País Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Irargi. Centro de Patrimonio Documental de Euskadi:
Tfno: 943 762840
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao (Bizkaia)
- Donostia-San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz:
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros lugares de presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao (Bizkaia)
- Donostia-San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz:
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros lugares de presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente Orden tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de aquellos programas, en documentos de archivo, fondos de archivo y colecciones de documentos, de carácter no público, integrantes del Patrimonio Documental del Pueblo Vasco, que tengan por objeto:
a) La organización de los fondos de archivo y la mejora de su tratamiento archivístico.
b) La digitalización de fondos de archivo previamente organizados y descritos en una base de datos. Los proyectos deberán de incluir la creación de un archivo digital de conservación permanente y la creación de una copia digital para su difusión en la página web del Sistema Nacional de Archivos de Euskadi. Los proyectos presentados se sujetarán a las prescripciones técnicas que figuran en el anexo A de la presente Orden.
c) La difusión de la información y su integración en el sistema de información Badator.
Serán susceptibles de ser beneficiarios de las subvenciones establecidas en la presente Orden las personas físicas y jurídicas no públicas titulares de documentos de archivo, fondos de archivo y colecciones de documentos integrantes del Patrimonio Documental del Pueblo Vasco, de conformidad a lo establecido en el artículo 55 de la Ley7/1990, de 3 de julio.
La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de estas, quedarán condicionadas a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónomade Euskadi y sus Organismos Autónomos, se halle todavía en tramitación.
No podrán concurrir, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, a las ayudas reguladas en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo ni las sancionadas con esta prohibición en virtud dela Ley4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
150.000 euros.
28.000 euros.
El abono de las subvenciones concedidas se realizará en un único pago previa justificación.
Junto al impreso de solicitud (anexo I) se deberán presentar los documentos siguientes: memoria detallada del programa, presupuesto de cada programa y el anexo II.
Otras fuentes de financiación: relación de cualesquiera otras ayudas que se hayan solicitado a entidades públicas o privadas para el mismo objeto, así como estado de las mismas (denegadas, pendientes de resolución, concedidas e importes).
Junto al impreso de solicitud (anexo I) se deberán presentar los documentos siguientes: memoria detallada del programa, presupuesto de cada programa y el anexo II
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
9 de agosto de 2012.
Un mes a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejería de Cultura.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejería de Cultura.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.