Autorización de instalación de planta de fluoración de aguas de consumo público.

 

Departamento / Organismo Autónomo

Sanidad


Órgano gestor

Dirección de Salud Pública


Objeto

Aprobación del proyecto y autorización de funcionamiento de instalaciones de fluoración de agua potable de consumo público.

Destinatarios/as

Empresas y entidades abastecedoras y distribuidoras de aguas potables de consumo público.

Normativa reguladora

  • Decreto 49/1988 (pdf, 289 Kb), de 1 de marzo, sobre fluoración de aguas potables de consumo público (BOPV nº 53 de 16 de marzo de 1988)
  • Orden de 28 de junio (pdf, 356 Kb), por el que se desarrolla el Decreto 49/1988, de 1 de marzo sobre fluoración de aguas potables de consumo público (BOPV nº151 de 2 de agosto de 1988)

Personas de contacto

Dirección de Salud Pública. C/ Donostia-San Sebastián, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz. Tlfno.: 945-01 92 01.Fax.: 945-01 91 92

Subdirección de Salud Pública de Alava. Avenida de Santiago, 11 01004 Vitoria-Gasteiz. Tlfno. 945-01 71 71.Fax. 945-01 71 79.

Subdirección de Salud Pública de Bizkaia. C/ Alameda de Rekalde, 39 A.48008 Bilbao. Tlfno.94-403 15 00. Fax. 94-403 15 99

Subdirección de Salud Pública de Gipuzkoa. Avda. Navarra, 4. 20013 Donostia-San Sebastián. Tlfno. 943-02 27 00. Fax. 943-02 27 01

Documentación a aportar

Proyecto de las instalaciones destinadas a la fluoración de las aguas de consumo público, conteniendo, las siguientes especificaciones:

- Aspectos generales

  • Identificación, razón social, ámbito territorial al que se suministra agua potable, número habitantes beneficiados y volumen anual medio de agua suministrada.

Tasas a aplicar

No hay.

Plazo de presentacion No hay.
Lugar presentación solicitudes

Dirección de Salud Pública o Subdirecciones Territoriales de Salud Pública.

Descripción de los trámites

  • Una vez que haya sido presentado el proyecto en la Dirección de Salud Pública, ésta emitirá un informe y dictará, una vez que se han observado los requisitos técnicos establecidos en la Orden de 28 de junio de 1988, resolución de aprobación del proyecto.

  • Una vez concluidas las obras de montaje de las instalaciones de fluoración, las empresas deberán ponerlo en conocimiento de la Dirección de Salud Pública, a fin de que se practique la oportuna inspección . Una vez comprobada la adecuación de la obra al proyecto aprobado, la Dirección de Salud Pública dictará la Resolución por la que se autoriza la puesta en funcionamiento.

Órgano que resuelve

Dirección de Salud Pública


Plazo de resolución

  • Se dictará resolución de aprobación del proyecto en un mes desde la presentación del proyecto en la Dirección de Salud pública.

  • La Resolución por la que se autoriza el funcionamiento de las instalaciones se realizará una vez concluida las obras de montaje, tras la solicitud correspondiente y efectuada la oportuna inspección sanitaria sobre la adecuación de la obra al proyecto aprobado.

Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

La autorización de funcionamientode una planta de fluoración se materializará con la entrega y diligencia de los Libros de Registro y Mantenimiento de Instalaciones de Fluoración de Aguas Potables de Consumo Público.

Otros documentos

No hay.


Observaciones

No hay.

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

09/02/2009