Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB)
Impreso oficial de solicitud: instrucciones y documentación para empresas de otras CCAA





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Documentación a presentar por las empresas registradas en otras CCAA (sin establecimiento en la CAPV) que puntualmente realizan tratamientos biocidas en nuestra Comunidad Autónoma. Tras la publicación del Decreto 257/2004 (BOPV 3 de 3-1-2005) se asigna al Departamento de Sanidad la gestión del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB) en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).

La Orden SCO/3269/2006 del Ministerio de Sanidad y Consumo (BOE 255 de 25 de octubre) establece el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas a nivel estatal, y en su artículo 10 señala los criterios a seguir por las empresas de servicios para trabajar en comunidades autónomas diferentes a la de su inscripción.

En la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) el criterio seguido para la inscripción de empresas de otras Comunidades Autónomas para realizar tratamientos biocidas, y que ya están registradas en sus Comunidades Autónomas de procedencia, es la existencia de establecimientos en nuestra Comunidad Autónoma. Si no disponen de ellos no se realiza inscripción pero se exige una comunicación por parte de las empresas para aportar datos sobre la actividad a desarrollar y se incluyen en un listado específico. En caso de que dispongan de algún establecimiento en la CAPV dedicado a servicios de tratamientos biocidas, sí deben solicitar su inscripción en nuestro registro autonómico adjuntando la correspondiente documentación.

Las empresas de tratamientos biocidas que operan en nuestra Comunidad Autónoma aparecen recogidas en unos listados públicos que se van actualizando periódicamente en la siguiente dirección de la página Web del Departamento de Sanidad y Consumo.

La documentación a presentar por parte de las empresas registradas en otras CCAA, pero sin establecimiento en la CAPV, que quieran realizar tratamientos biocidas de forma puntual en nuestra Comunidad Autónoma se indica a continuación:

  • Copia compulsada de su registro en la Comunidad Autónoma de procedencia.
  • Memoria de la actividad a desarrollar: tipos de tratamientos, ámbito, biocidas a utilizar con indicación de su registro en el ROB, cualificación del personal responsable y aplicador, gestión de residuos generados, etc.
  • Modelo de certificado de tratamiento.
Fecha de la última modificación: 03/03/2010