Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2024, del Viceconsejero de Juventud y Reto Demográfico, por la que se resuelven las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 2 de octubre de 2024, de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2024. Segunda línea subvencional: ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 251
- Nº orden: 5968
- Nº disposición: 1713
- Fecha de disposición: 13/12/2024
- Fecha de publicación: 27/12/2024
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
- Submateria: Asuntos sociales; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Función pública
Texto legal
Mediante Orden de 2 de octubre de 2024, de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (BOPV de 17-10-2024 n.º 203), se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2024. En concreto, el Capítulo III de dicha Orden regula la segunda línea subvencional: ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
El artículo 20 de la Orden mencionada determina el crédito presupuestario de 850.000,00 euros destinados a financiar las ayudas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
Los requisitos y condiciones que deben concurrir en quien realiza la solicitud para acceder a la financiación pública, así como los criterios de adjudicación específicos se determinan en los artículos 19 y 21 de la Orden precitada.
Las Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV detalladas en el Anexo I han solicitado a la Dirección de Acogida e Integración de las Personas Inmigrantes del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
De conformidad con el artículo 4 de la Orden, la Comisión de valoración reunida el 27 noviembre de 2024, elaboró la propuesta de resolución de las solicitudes presentadas en esta línea de ayudas, teniendo en cuenta la anterior normativa.
A la vista del Informe Técnico elaborado por la Comisión de Valoración de la Dirección de Acogida e Integración de las Personas Inmigrantes, y en cumplimiento del artículo 4 de la Orden de 2 de octubre de 2024,
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recursos de alzada ante el Viceconsejero de Juventud y Reto Demográfico en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 13 de diciembre de 2024.
Ante la vacancia del titular de la Dirección de Acogida e Integración de las Personas Inmigrantes, y de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional, reguladora del régimen de suplencias, del Decreto 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico.
El Viceconsejero de Juventud y Reto Demográfico,
XABIER LEGARRETA GABILONDO.
(Véase el .PDF)
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