Normativa

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RESOLUCIÓN 50/2016, de 19 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se procede a la publicación del nombramiento como personal estatutario fijo de los adjudicatarios incluidos en el anexo I en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor) con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Osakidetza-Servicio Vasco de Salud
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 23
  • Nº orden: 510
  • Nº disposición: 50
  • Fecha de disposición: 19/01/2016
  • Fecha de publicación: 04/02/2016

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Función pública

Texto legal

Mediante Resolución 1282/2011, de 15 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 142, de 27 de julio de 2011.

Mediante Resolución 17/2012, de 9 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Oficial Conductor) del grupo profesional de Técnicos Auxiliares Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 18, de 26 de enero de 2012.

Mediante Resolución 1783/2015, 29 de septiembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se procede a la publicación del nombramiento como personal estatutario fijo de los adjudicatarios incluidos en el anexo I por el turno libre en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Oficial Conductor) con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Finalizado el plazo de toma de posesión establecido en las resoluciones anteriores, a los aspirantes por el turno libre se les ofertaran los destinos que resulten de acuerdo con lo previsto en las base 16.8 de las bases generales.

Mediante Resolución 417/2015, de 18 de diciembre, se procede a hacer pública en la página web la relación de destinos vacantes del proceso selectivo convocado por Osakidetza-Servicio vasco de salud en el año 2011, de la categoría de Oficial (puestos funcionales de Oficial Conductor) del grupo profesional de Técnicos Auxiliares Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios que se determinan.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas por la legislación vigente,

La toma de posesión deberá efectuarse en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, con domicilio en la Sede Central del mismo, previa petición de cita por parte del aspirante, debiendo aportar en el acto la siguiente documentación:

DNI, pasaporte o permiso de conducir o documento equivalente para los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de los estados a los que, en virtud del Tratado de la Unión Europea, de otros tratados ratificados por España o de norma legal, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar el documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Certificado de colegiación, cuando se requiera en las bases específicas de la convocatoria.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Documento de reconocimiento médico que acredite la aptitud psicofísica precisa para el normal desempeño del destino, emitido por el Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Del mismo modo, se apercibe a los interesados que la no comparecencia a la toma de posesión, dentro del plazo o, en su caso, de su prórroga, significará la pérdida de los derechos derivados de la resolución de las pruebas selectivas.

Aquellos aspirantes que, con arreglo a lo anteriormente expuesto, efectúen la toma de posesión habrán de incorporarse a la organización de servicios sanitarios que proceda al día siguiente al de la cumplimentación de la correspondiente diligencia.

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