Normativa

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RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2012, del Director de Infraestructura del Transporte, por la que se somete a Información Pública «Estudio Informativo de la línea 5 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Tramo: Galdakao Centro-Usánsolo».

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Vivienda, Obras Públicas y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 185
  • Nº orden: 4231
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 27/07/2012
  • Fecha de publicación: 21/09/2012

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Urbanismo y vivienda

Texto legal

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Con fecha 22 de febrero de 2005, el Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco aprobó definitivamente la Modificación del Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria del País Vasco, relativa a la ordenación ferroviaria en el área del Bilbao Metropolitano.

Esta modificación recogía, entre otras actuaciones, la realización de un ramal del Metro que diera servicio al casco urbano de Galdakao pasando por el pequeño núcleo de Aperribai.

El ramal de Galdakao contemplado, se basaba en el estudio de la red ferroviaria en el Bilbao Metropolitano realizado en el año 2002. Posteriormente, se finalizaron diversos estudios urbanísticos y funcionales que aconsejaban ampliar el trazado hasta Usánsolo, dando servicio de esta manera al Hospital comarcal existente en sus proximidades.

Por todo lo anterior, la nueva línea, la línea 5, se divide en tres tramos: ArizGaldakao Centro, Galdakao Centro-Hospital y Hospital- Usánsolo.

El presente Estudio Informativo analiza y desarrolla el trazado de la línea 5 en el tramo comprendido entre el núcleo de Galdakao, (Galdakao Centro) y Usánsolo.

El trazado del tramo Galdakao Centro-Usánsolo de la Línea 5 del F.M.B tiene una longitud total de 2.793 metros, de los cuales 2.460 m son en túnel (incluida la caverna de la estación del Hospital) y 233 son en falso túnel. El trazado comienza después del túnel de Bekea, y permanece soterrado hasta Usánsolo, donde discurre en falso túnel hasta la Estación Intermodal.

El tramo de línea cuenta con la implantación de dos estaciones:

La estación Hospital de Galdakao: esta estación sirve al Hospital de Galdakao y al barrio de Labeaga.

La estación fin de línea en Usánsolo, que permite la intermodalidad con la línea Bilbao-Donostia de Euskotren.

El documento ha sido aprobado técnica y provisionalmente mediante resolución de esta fecha, previa supervisión e informe favorable de los servicios técnicos de la Dirección de Infraestructura del Transporte, acreditándose que es correcto técnicamente y que cumple la normativa específica en materia de ferrocarriles, y resto de legislación aplicable e informado favorablemente por el Pleno del Consorcio de Transportes de Bizkaia con fecha 20 de julio de 2012.

Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los proyectos relacionados con el Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, según lo dispuesto en el artículo 15.1.g) del Decreto 607/2009 de 24 de noviembre, modificado por el Decreto 328/2010 de 30 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

El artículo 10.5 del Reglamento del Sector Ferroviario establece que, previamente a su aprobación definitiva, el estudio informativo deberá quedar sometido a información pública durante un periodo de 30 días hábiles, al objeto de que puedan formularse alegaciones sobre la concepción global de su trazado, en la medida que afecte al interés general.

Asimismo, la Ley 3/1998 de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País vasco y el artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, establecen que se deberá someter el estudio de impacto ambiental del proyecto dentro del procedimiento aplicable por el órgano sustantivo.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

Someter al trámite de información pública y audiencia el «Estudio Informativo de la Línea 5 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Tramo Galdakao CentroUsansolo» y su Estudio de Impacto Ambiental, al objeto de que durante el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución puedan formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas por corporaciones, entidades locales, asociaciones y particulares, en relación con la concepción global del trazado, en la medida en que afecte al interés general, y la evaluación del impacto ambiental.

Durante el referido plazo el Estudio Informativo estará a disposición del público, para su examen, en la Dirección de Infraestructura del Transporte, Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián n.º 1, en El Ayuntamiento de Galdakao y en la página web de internet www.euskadi.net, en el apartado del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2012.

El Director de Infraestructura del Transporte,

JESÚS MARÍA BENAITO VILLAGARCÍA.