Normativa

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ORDEN de 31 de mayo de 2007, del Consejero de Interior, sobre elementos de acreditación profesional de los funcionarios y las funcionarias de la Ertzaintza, así como sobre los distintivos de la escala y categoría profesional.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Interior
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 118
  • Nº orden: 3463
  • Nº disposición: 92
  • Fecha de disposición: 31/05/2007
  • Fecha de publicación: 20/06/2007

Ámbito temático

  • Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
  • Submateria: Interior; Función pública; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Con la finalidad de acreditar su condición profesional con ocasión del servicio, todos los miembros de la Ertzaintza disponen de una placa-emblema y de un carné de identificación profesional. La trascendencia de ello aconseja el uso de elementos de acreditación que cuenten con suficientes garantías de seguridad, no sólo técnica, sino también jurídica, es decir, según unas características fijadas reglamentariamente.

Por otro lado, y junto con otros elementos identificativos como miembros de la Ertzaintza, son objeto de regulación los distintivos específicos correspondientes a la escala y categoría profesional que, asimismo, figuran en el carné de identificación. Para ello, se establece un nuevo sistema identificador de categorías y escalas basado en colores y barras tanto en el emblema de pecho como, acompañando a la simbólica hoja de roble, en las hombreras del uniforme.

El título habilitante de la presente norma se encuentra en la Disposición Adicional decimotercera, apartado primero, de la citada Ley de Policía del País Vasco, que encomienda al Departamento de Interior la determinación de los medios de acreditación profesional y los distintivos de la categoría con la finalidad de garantizar ciertos elementos homogéneos en toda la Ertzaintza; siendo por ello las disposiciones contenidas esta Orden de aplicación a todos los servicios, unidades y secciones de la Ertzaintza, incluidas en estas últimas las de Miñones, Forales y Mikeletes dependientes funcionalmente de la Diputación Foral correspondiente.

En su virtud, oídas las Diputaciones Forales y habiendo recabado el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi,

  1. – Es objeto de la presente Orden regular el carné profesional y la placa-emblema de los miembros de la Ertzaintza.

    Asimismo, son objeto de regulación los distintivos de la escala y categoría profesional, que figurarán en el emblema de pecho y en las hombreras del uniforme, y determinados distintivos generales y singulares de la Ertzaintza.

  2. – Las previsiones de esta norma serán de aplicación a todos los miembros de los diferentes servicios y unidades de la Ertzaintza, así como a los adscritos a sus secciones de Miñones, Forales y Mikeletes.

  1. – El carné de identificación profesional y la placa-emblema acreditan la condición de agente de la autoridad que, como miembro de la Ertzaintza, corresponde a su titular. Ambos elementos tienen carácter de documento público y su uso es personal e intransferible.

  2. – Estarán provistos de carné de identificación profesional y placa-emblema y estarán autorizados para su uso, todas y todos los funcionarios de la Ertzaintza en situación administrativa de servicio activo o segunda actividad. No obstante, el Viceconsejero de Seguridad, aun encontrándose el funcionario o la funcionaria en alguna de las mencionadas situaciones administrativas, podrá acordar la retirada de los elementos de acreditación de preverse la cesación prolongada en el tiempo del ejercicio de las funciones policiales o de apreciarse riesgos para la seguridad ciudadana.

  3. – La pérdida de la condición de funcionario o funcionaria de la Ertzaintza, así como el pase a situación administrativa distinta del servicio activo o segunda actividad, obligarán a la entrega del carné profesional y placa-emblema. Únicamente la autorización expresa del Viceconsejero de Seguridad, por concurrir circunstancias excepcionales que así lo justifiquen, permitirá la conservación de dichos elementos de acreditación durante la suspensión de funciones, bien sea la misma firme o provisional.

  4. – El carné de identificación profesional es el único carné válido para identificar a su titular como miembro de la Ertzaintza. Dicho documento caduca en la fecha inscrita en el mismo, y su renovación por este motivo u otra circunstancia obliga a entregar el documento sustituido o invalidado.

  5. – El diseño y características del carné de identificación profesional figuran en el anexo I de la presente Orden. El diseño y características de la placa-emblema figuran en el anexo II de la presente Orden.

  1. – Los funcionarios y las funcionarias de la Ertzaintza que vistan uniforme llevarán sobre el mismo los distintivos de la escala y categoría profesional a la que pertenezcan.

    Dichos distintivos de escala y categoría profesional figurarán en el emblema de pecho y en las hombreras del uniforme.

  2. – El diseño y características de las hombreras y de los emblemas de pecho se recoge en el anexo III de la presente Orden.

  3. – En la parte superior exterior de la manga izquierda del uniforme figurará un distintivo con el diseño y características señaladas en el anexo IV de la presente Orden.

  1. – En el caso de las Secciones de Miñones, Forales y Mikeletes en el emblema de pecho a que se refiere el apartado primero del artículo anterior, el escudo genérico de la Ertzaintza tendrá las siguientes variaciones:

    El escudo central será sustituido por el que corresponda a cada Territorio Histórico de acuerdo con su normativa foral.

    La palabra Ertzaintza será sustituida, respectivamente, por la de "Miñones", "Mikeletes" y "Forales" o "Miñoiak", "Mikeleteak" y "Foralak". La grafía en euskera y/o castellano será determinada por los órganos correspondientes de cada Territorio Histórico.

  2. – Los miembros de las Unidades y Grupos Operacionales en la que se estructura la División de Recursos Operativos de la Ertzaintza portarán sobre el pecho de los uniformes de trabajo distintivos singulares conforme se detalla en el anexo V de la presente Orden.

El diseño de las hombreras y emblemas de pecho del uniforme de los alumnos y las alumnas para el ingreso en la Ertzaintza, así como en su escala de Facultativos y Técnicos, será el recogido en el anexo III de la presente Orden.

El Viceconsejero de Seguridad determinará las fechas en que deban quedar retirados y sustituidos los actuales elementos y distintivos que difieran en sus características técnicas de los previstos en la presente Orden.

Se faculta al Viceconsejero de Seguridad para dictar las instrucciones precisas para la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de mayo de 2007.

El Consejero de Interior,

JAVIER BALZA AGUILERA.

I. ERANSKINA / ANEXO I

AURREALDEA/ANVERSO

ATZEALDEA/REVERSO

El carné de identificación profesional estará confeccionado en PVC de color blanco y tendrá dimensiones de 85,6 x 53,8 milímetros con los cantos redondeados.

En su anverso, figurarán los siguientes datos citados de izquierda a derecha y en sentido descendente: fotografía del titular con uniforme reglamentario, con anagrama del Gobierno Vasco sobre la fotografía; holograma; recuadro con la leyenda "POLICIA-POLICE"; recuadro con la leyenda "ERTZAINTZA"; recuadro con la categoría profesional del titular; número profesional del titular; bandera de Euskadi; fecha de expedición y fecha de caducidad.

Al dorso figurarán el nombre y apellidos, fotografía, número profesional, firma del titular y escudo de la Ertzaintza.

II. ERANSKINA / ANEXO II

AURREALDEA/ANVERSO ATZEALDEA/REVERSO

Kolore korporatiboak / Colores corporativos:

PANTONE COATED 177 CVC /PANTONE COATED 177 CVC

PANTONE COATED 280 CVC / PANTONE COATED 280 CVC

PANTONE COATED BELTZA. /PANTONE COATED NEGRO.

La placa-emblema estará confeccionada en PVC de color blanco y tendrá dimensiones de 85,6 x 53,8 milímetros con los cantos redondeados.

En su anverso, figurarán los siguientes datos citados de izquierda a derecha y en sentido descendente: escudo de la Ertzaintza; leyenda "POLICIA-POLICE"; holograma con el escudo de la Ertzaintza; bandera de Euskadi.

Al dorso y en sentido descendente, constará la relación del histórico de los diferentes números profesionales que haya tenido su titular, firma del Viceconsejero o Viceconsejero de Seguridad, fotografía y vigente número profesional del titular.

A) DESCRIPCIÓN EMBLEMA DE PECHO

Tiene unas dimensiones de 57 x 90 mm, estando distribuido en tres partes diferenciadas:

  • La parte superior tiene como base el escudo profesional de la Ertzaintza, respetando sus colores, con el fondo en oro o plata según escala y categoría, y situado a 3 mm del contorno exterior del emblema.

  • La parte central está perfilada por una orla o reborde de 1,5 mm de grosor en color oro o plata según la escala y categoría, situada a 3 mm del contorno externo del emblema, y por arriba a 1 mm. del contorno inferior de escudo profesional de la Ertzaintza.

    Esta parte central lleva como elementos distintivos ángulos en diferente número y color según escala y categoría, salvo en el caso de los alumnos y las alumnas para ingresar en la Ertzaintza y los alumnos y las alumnas para ingresar en la escala de Facultativos y Técnicos.

  • La parte inferior consiste en un recuadro de 51 x 12 mm. bordeado por una orla o reborde de 1,5 mm. de grosor, en color oro o plata según la escala y categoría, situado 3 mm. del contorno exterior del emblema, y a 1 mm. de la parte central del emblema.

    Para la colocación del emblema de pecho, de su parte inferior se prolonga una lengüeta de 90 mm. de forma triangular, en cuyo extremo dispone de un dispositivo que se engancha con la parte superior trasera del emblema, de modo que permite el enganche del emblema a la tira de la que disponen diferentes prendas de la Ertzaintza en el pecho.

    B) DESCRIPCIÓN HOMBRERA

    Tienen unas dimensiones de 161 x 57 mm., con base de corte recto y el otro extremo acabado en ángulo de 90º.

    Bordeando toda la hombrera, a 3 mm. de sus límites externos, lleva un sontanche o galoncillo de 4 mm. de ancho, en color oro o plata según la escala y categoría.

    En el extremo acabado del ángulo, centrado sobre la superficie de la hombrera se ubica impreso un botón con una hoja de roble, en color oro o plata según la escala y categoría.

    Sobre la superficie de la hombrera va impresa una hoja de roble en color rojo.

    Como elemento distintivo en la parte recta lleva como elementos distintivos ángulos en diferente número y color según escala y categoría, salvo en el caso de los alumnos y las alumnas para ingresar en la Ertzaintza y los alumnos y las alumnas para ingresar en la escala de Facultativos y Técnicos.

    Para su anclaje en la chaqueta roja de la Ertzaintza, el revés de la hombrera dispone, de un fleje de tela de 10 mm. de ancho centrado longitudinalmente, en cuyo extremo lleva incorporado el macho de un broche, estando la hembra en el extremo de la hombrera.

    Igualmente, llevará transversalmente, sendos hiladillos de 13 mm. de ancho, que sirven para ser montada sobre la hombrera de la camisa, jersey, etc.

    C) IDENTIFICACIÓN POR ESCALAS

    Y CATEGORÍAS

    En el siguiente cuadro, y en función de un sistema basado en colores, y ángulos, se definen las características y especificaciones de las hombreras y los emblemas de pecho para las diferentes escalas de los funcionarios y funcionarias de la Ertzaintza, así como sus categorías dentro de ellas.

    Categoría Color Tipo de identificación Color

    fondo (número – tipo de identificación – color) ribete

    ALUMNO PARA INGRESAR EN LA ERTZAINTZA

    Negro Sin ángulos Plata

    ALUMNO PARA INGRESAR EN LA ESCALA DE FACULTATIVOS Y TÉCNICOS

    Gris Sin ángulos Plata

    ESCALA BÁSICA

    Agente Negro 1 ángulo blanco Plata

    Agente 1º Negro 2 ángulos blancos Plata

    ESCALA INSPECCIÓN

    Suboficial Negro 3 ángulos blancos Plata

    Oficial Negro 4 ángulos blancos Plata

    ESCALA EJECUTIVA

    Subcomisario Blanco 1 ángulo negro Oro

    Comisario Blanco 2 ángulos negros Oro

    ESCALA SUPERIOR

    Intendente Blanco 3 ángulos negros Oro

    Superintendente Blanco 4 ángulos negros Oro

    ESCALA FACULTATIVOS Y TÉCNICOS

    Grupo D Gris 1 ángulo blanco Plata

    Grupo C Gris 2 ángulos blancos Plata

    Grupo B Gris 1 ángulo blanco Oro

    Grupo A Gris 2 ángulos blancos Oro

    D) BULARREKO IKURRAREN ETA SORBALDAKOAREN XEHETASUN GRAFIKOA

BULARREKO IKURRA / EMBLEMA DE PECHO SORBALDAKOA/HOMBRERA

ERTZAINTZAN SARTZEKO IKASLEA /ALUMNO PARA INGRESAR EN LA ERTZAINTZA

FAKULTATIBOEN ETA TEKNIKARIEN ESKALAN SARTZEKO IKASLEA.

ALUMNO PARA INGRESAR EN LA ESCALA DE FACULTATIVOS Y TÉCNICOS.

OINARRIZKO ESKALA /ESCALA BÁSICA

AGENTEA /AGENTE 1. MAILAKO AGENTEA / AGENTE 1º

INSPEKZIO ESKALA / ESCALA DE INSPECCIÓN

OFIZIAL ONDOKOA / SUBOFICIAL OFIZIALA/ OFICIAL

ESKALA EXEKUTIBOA / ESCALA EJECUTIVA

KOMISARIO ONDOKOA / SUBCOMISARIO KOMISARIOA/COMISARIO

GOI-MAILAKO ESKALA / ESCALA SUPERIOR

INTENDENTEA/INTENDENTE SUPERINTENDENTEA/ SUPERINTENDENTE

FAKULTATIBOEN ETA TEKNIKARIEN ESKALA / ESCALA FACULTATIVOS Y TÉCNICOS

D TALDEA / GRUPO D C TALDEA/ GRUPO C

B TALDEA /GRUPO B A TALDEA / GRUPO A

El distintivo de manga contará con las características que se señalan a continuación:

  • Será un escudo impreso sobre una mezcla flexible de alta calidad de poliéster / algodón con un tejido de espiga, altamente resistente a la torsión y al desgarro, de gran durabilidad al lavado, con una alta definición de impresión, y cuyos colores deberán aguantar los procesos de lavado más severos.

  • La base será de color negro, de dimensiones 52 x 47 mm, en forma de escudo, comenzando en pico desde el centro superior del distintivo en ligera curva hasta unirse con los laterales para ir descendiendo de manera armónica en suave curva hasta el extremo inferior donde se unen para acabar en ángulo.

  • El escudo estará enmarcado en todo su contorno por una orla de color oro de 2,5 mm de ancho, del mismo diseño que la base del distintivo.

  • En el interior, dividido en cuarteles con los colores de la ikurrina, llevará una E característica de 16 x 22 mm en color negro.

    El escudo descrito se deberá colocar en todas las prendas de dotación de la Ertzaintza, en la manga izquierda, y con el extremo superior situado a 10 cm desde el inicio de la manga.

    El diseño del escudo es el que sigue:

Helikopteroen Unitatea / Unidad de Helicópteros Talde Mugikorraren Unitatea / Unidad de Brigada Móvil

Lehergailuak Indargabetzeko Unitatea Babes eta Esku Hartze Unitatea

Unidad de Desactivación de Explosivos Unidad de Protección e Intervención

Txakurren Unitatea / Unidad Canina Segurtasun Unitatea / Unidad de Seguridad