Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Ley
  • Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 17
  • Nº orden: 365
  • Nº disposición: 18
  • Fecha de disposición: 23/12/2008
  • Fecha de publicación: 26/01/2009

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
  • Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Advertidos errores materiales en el texto de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, insertada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 250, de 31 de diciembre de 2008, se procede a su subsanación, con arreglo al siguiente texto:

Apartado b) del artículo 14:

Donde dice:

En la determinación de su cuantía, esta prestación se verá complementada, temporalmente, con una fórmula de estímulo al empleo, en los términos previstos en el artículo 20.3.b).

Debe decir:

En la determinación de su cuantía, esta prestación se verá complementada, temporalmente, con una fórmula de estímulo al empleo, en los términos previstos en el artículo 20.2.b).

Apartados 1.b), 1.c) y 2.b) del artículo 20 y apartados e) y f) del artículo 46:

Donde dice:

en la sección 2.ª del presente capítulo.

Debe decir:

en el capítulo II del presente título.

Apartado 1.e) del artículo 43:

Donde dice:

Desaparición de la necesidad de hacer frente a los gastos de alquiler de la vivienda o alojamiento individual o gastos derivados de intereses y de amortización de créditos contraídos para la adquisición de la vivienda o alojamiento habitual.

Debe decir:

«Desaparición de la necesidad de hacer frente a los gastos de alquiler de la vivienda o alojamiento habitual.»

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