ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE CANNABIS KARLINNA EGUZKILORE ELKARTEA
Registro de asociación
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Datos de la asociación

Nº Registro: AS/G/24712/2023
Fecha de constitución: 03/08/2022
Fecha de inscripción: 24/01/2023
Ámbito de actuación: T.H. de Gipuzkoa
Utilidad pública: No
43.327952 -1.8236754
Domicilio: CALLE PRIMAUTZAR 20 BAJO
Municipio: Irun
C.P.: 20305
Territorio: Gipuzkoa
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FinesDatos extraídos de los estatutos

  • Clasificación: Cultural Específico
  • Finalidad: Estudios
  • 1.- Estudio sobre el cáñamo y sus posibles aplicaciones culturales, científicas, terapéuticas y de uso lúdico-compartido. 2.-Proporcionar a los usuarios de cannabis, ya sean terapéuticos o lúdicos, el acceso a su cuota de consumo de manera responsable, controlada y legal, siempre con carácter individualizado y personal y evitando la trascendencia a terceros ajenos. 3.- Evitar el peligro para la salud de sus usuarios inherentes al mercado ilegal de cannabis, mediante actividades encaminadas a la prevención de los riesgos asociados a su uso con formación específica en este campo. 4.- Desarrollar y concretar el proyecto de cultivo y consumo de cannabis y derivados, para uso compartido exclusivo entre asociados consumidores habituales de dicha sustancia. De igual manera, se podrá llevar a cabo una adquisición mancomunada de dicha sustancia, siempre, que una opción u otra cumplan con los requisitos establecidos en la jurisprudencia y doctrinaaplicable a dicho consumo compartido, siendo que: a)Que las personas que integran el grupo de consumidores sean personas (asociados) ciertas y determinadas. b) Que los consumidores sean usuarios habituales previos, pues de no serlo se corre el riesgo de potenciar en algunos de ellos su adicción y su habituación. c) Que el consumo de la sustancia cannábica se lleve a cabo por todos los miembros del grupo cierto y determinado por su condición y numero, y, en cualquier caso, con la presencia de quien la proporciona, que también ha de integrarse obligatoriamente en el grupo. d) Que el consumo proyectado se realice en un lugar cerrado y seguro, sin riesgo de que terceros ajenos puedan inmiscuirse o que exista riesgo de difusión o de visión de tal consumo por los efectos perjudiciales que ello conlleva. e) Que la cantidad de sustancia responda a la previsión de consumo que los partícipes efectúan previamente, sin existencia de excedentes y/o stock. f) Que el consumo compartido, sea realizado por los asociados de manera íntima y sin transcendencia social.
Estos son los datos que constan en el Registro a fecha de 29/12/2023 Esta publicación de datos del registro tiene carácter meramente informativo