
N.º 212, jueves 5 de noviembre de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4679
RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2026, del director para la Diversidad e Inclusión, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto de convivencia positiva y entornos seguros en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Sistema Educativo Vasco.
La convivencia positiva constituye uno de los pilares fundamentales del Sistema Educativo Vasco. El derecho a la educación exige que el alumnado pueda desarrollarse en entornos seguros, inclusivos, respetuosos y libres de violencia, que favorezcan su bienestar personal, social y emocional.
La Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, sitúa la convivencia positiva, la inclusión, la equidad, la coeducación y el bienestar socioemocional entre los principios rectores del sistema educativo. Asimismo, los decretos curriculares vigentes refuerzan el valor educativo de la convivencia a través del desarrollo de las competencias personal, social y ciudadana, promoviendo la participación democrática, la gestión pacífica de los conflictos y la responsabilidad compartida.
El Decreto 201/2008, de 2 de diciembre, sobre derechos y deberes del alumnado, estableció un marco común que ha contribuido a ordenar la convivencia escolar y a dotar de seguridad jurídica a los centros educativos. Sin embargo, los cambios sociales, tecnológicos y educativos producidos desde su aprobación, junto con la creciente necesidad de reforzar el bienestar emocional del alumnado y la protección frente a cualquier forma de violencia, hacen necesaria una actualización de dicho marco.
El decreto que se está tramitando mantiene la finalidad educativa que inspiró la regulación anterior, pero avanza hacia un modelo más preventivo, inclusivo, restaurativo y corresponsable. Con este fin, integra en una regulación única los derechos y deberes de la comunidad educativa, las estructuras de convivencia, los instrumentos de planificación, las medidas de prevención e intervención educativa y los mecanismos de coordinación necesarios para promover entornos escolares seguros y protectores.
La norma pretende incorporar la experiencia acumulada por los centros educativos y los aprendizajes derivados de la iniciativa Bizikasi, consolidando herramientas y actuaciones que han demostrado su eficacia para prevenir conflictos, detectar situaciones de riesgo, reparar el daño y fortalecer los vínculos comunitarios. Asimismo, otorga respaldo normativo a estructuras consolidadas como los equipos BAT y el observatorio de la convivencia.
El decreto se inspira en los principios del buen trato, la protección integral de la infancia y la adolescencia, la participación de la comunidad educativa y el enfoque restaurativo y sistémico-ecológico, promoviendo respuestas educativas orientadas a la responsabilidad, la reparación y la restauración de las relaciones.
En definitiva, esta norma tiene por objeto consolidar un modelo de convivencia positiva que promueva de forma planificada la inclusión, la participación, el bienestar socioemocional, la coeducación y la prevención de toda forma de violencia, contribuyendo al desarrollo integral del alumnado y a la construcción de comunidades educativas democráticas, seguras y cohesionadas.
Los trámites realizados hasta fecha de la presente Resolución de información pública son los siguientes:
Conforme lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, se sustanció la consulta pública previa a la elaboración del texto de la norma a través del portal web de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, la consejera de Educación dictó con fecha de 9 de junio de 2026 la correspondiente orden de inicio.
A su vez, siguiendo lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, la consejera de Educación dictó con fecha 13 de octubre de 2026 la orden de aprobación previa del proyecto objeto de tramitación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, el trámite de información pública que contempla esta ley se debe realizar siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y no concurra alguna de las causas de excepción previstas en este artículo.
A tal efecto, se somete el proyecto de decreto de convivencia positiva y entornos seguros en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Sistema Educativo Vasco, al trámite de información pública, que será efectivo por un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
En virtud de las competencias atribuidas por el por el artículo 15 del Decreto 381/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación.
RESUELVO:
Primero.– Someter al trámite de información pública el proyecto de decreto de convivencia positiva y entornos seguros en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Sistema Educativo Vasco, por un periodo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Segundo.– A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior y para posibilitar la presentación de alegaciones por la ciudadanía, el contenido del proyecto de decreto estará disponible en la Dirección para la Diversidad e Inclusión del Departamento de Educación, sita en Vitoria-Gasteiz (c/ Donostia-San Sebastián, 1 – 01010 Vitoria-Gasteiz) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/
Tercero.– Las alegaciones se pueden presentar de manera presencial y de manera electrónica en las direcciones citadas en el apartado anterior.
En Vitoria-Gasteiz, a 19 de octubre de 2026.
El director para la Diversidad e Inclusión,
MIKEL JUARISTI IZAGUIRRE.
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