
N.º 199, lunes 19 de octubre de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4367
ORDEN de 29 de septiembre de 2026, de la consejera de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Secundaria «Ikasauto» de Barakaldo (Bizkaia).
Examinado el expediente iniciado por la entidad titular del centro docente privado «Ikasauto», en solicitud de modificación de la autorización del centro para impartir un nuevo curso de especialización de grado superior de formación profesional.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo); el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE de 22 de julio), modificado por el Real Decreto 658/2024, de 9 de julio (BOE de 10 de julio), por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional; el Real Decreto 570/2023, de 4 de julio (BOE de 26 de julio), por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Seguridad y se fijan los aspectos básicos del currículo, modificado por el Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo (BOE de 28 de mayo); el Real Decreto 143/2024, de 6 de febrero (BOE de 24 de febrero), por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Posicionamiento en buscadores (SEO/SEM) y comunicación en redes sociales y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Real Decreto 144/2024, de 6 de febrero (BOE de 24 de febrero), por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Redacción de contenidos digitales para marketing y ventas y se fijan los aspectos básicos del currículo; y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia,
RESUELVO:
Artículo 1.– Se modifica la autorización del centro privado docente que se describe a continuación para el curso 2026-2027.
Códigos del centro: 015386 (CAPV) y 48016391 (universal).
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.
Denominación específica: «Ikasauto».
Titular: Desiderio Antón Cáceres.
Domicilio: C/Ibaibe, Polígono Beurko, pabellón 1 y 2.
Municipio: Barakaldo.
Territorio Histórico: Bizkaia.
Se autoriza la impartición de un curso de especialización de formación profesional de grado superior en Inspección Técnica y Peritación de siniestros en vehículos, para 20 puestos escolares.
Artículo 2.– Composición resultante de enseñanzas de formación profesional autorizadas.
1.– Familia Transporte y Mantenimiento de Vehículos:
a) Ciclo formativo de grado medio de Electromecánica de Vehículos Automóviles. Capacidad: 1 ciclo.
b) Ciclo formativo de grado medio de Carrocería. Capacidad: 1 ciclo.
c) Ciclo formativo de grado superior de Automoción. Capacidad: 1 ciclo.
d) Curso de Especialización de grado superior de Inspección Técnica y Peritación de siniestros en vehículos. Capacidad: 1 curso.
Artículo 3.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado que se requieren para la impartición de los ciclos formativos autorizados por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.
Artículo 4.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.
Artículo 5.– Información práctica sobre protección de datos. Sus datos de carácter personal serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento denominada: Autorizaciones de centros de privados de formación profesional.
Responsable: Dirección de Planificación y Organización, Departamento de Educación.
Finalidad: registro oficial de centros privados de formación profesional. Apertura y cese de centros docentes y modificaciones de las autorizaciones de dichos centros.
Legitimación:
– Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables.
– Ley 4/2018, de 28 de junio, de Formación Profesional del País Vasco.
– Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
Destinatarios:
– Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Derechos: usted tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos que se recogen en la información adicional.
Información adicional: puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra página web:
https://www.euskadi.eus/clausulas-informativas/web01-sedepd/es/transparencia/133300-capa2-es.shtml
Normativa:
– Reglamento General de Protección de Datos:
(https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A02016R0679-20160504).
– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-16673).
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de septiembre de 2026.
La consejera de Educación,
MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.
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