
N.º 198, viernes 16 de octubre de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
4336
RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2026, de la directora de Pesca y Acuicultura, por la que se convocan exámenes para la obtención de la titulación de Capitán de Pesca, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, durante el año 2027.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 438/2024, de 11 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Medio Ambiente, corresponde a la Dirección de Pesca y Acuicultura promover la capacitación profesional náutico-pesquera, y en virtud de dicha competencia y conforme a lo establecido en el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero,
RESUELVE:
Establecer 2 convocatorias de exámenes teóricos, a realizar a lo largo del año 2027 para la obtención de la titulación de Capitán de Pesca que a continuación se citan:
1.ª convocatoria.– Ordinaria y abierta, en marzo de 2027: del lunes 8 al viernes 12 de marzo.
2.ª convocatoria.– Ordinaria y abierta, en octubre de 2027: del lunes 18 al viernes 22 de octubre.
Las fechas exactas de los exámenes se anunciarán, en el tablón de anuncios del CIFP Blas de Lezo de Pasai San Pedro (Gipuzkoa) y en la web pasaiaeskola.net, con al menos una semana de antelación a la celebración de los mismos.
Con sujeción a las siguientes:
BASES DE CONVOCATORIA
Primera.– 1.– Los exámenes se celebrarán en el CIFP Blas de Lezo de Pasai San Pedro (Gipuzkoa).
Asimismo, serán evaluados por los Tribunales constituidos al efecto de acuerdo con lo previsto en la base segunda de la presente Resolución y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
2.– Los exámenes se ajustarán a los programas en vigor, según la Orden APM/243/2018, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero.
3.– Las solicitudes se formalizarán en la secretaría del CIFP Blas de Lezo de Pasai San Pedro (Gipuzkoa).
4.– En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca informa que los datos personales obtenidos de la solicitud serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado. Si lo desea, la persona solicitante puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, dirigiendo un escrito a la Dirección de Pesca y Acuicultura del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, como responsable del tratamiento, y con domicilio en C/ Donostia, n.º 1 – 01010 Vitoria-Gasteiz.
Una vez formalizada la correspondiente solicitud, será preciso presentar los siguientes documentos:
– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, tarjeta de residencia o pasaporte en vigor.
– Título, o resguardo de solicitud de título de Patrón de Pesca de Altura, Patrón de Altura (Pesca).
5.– Asimismo, los aspirantes deberán ir provistos en el momento de la celebración de los exámenes teóricos de Documento Nacional de Identidad, tarjeta de residencia o pasaporte en vigor.
6.– Los plazos de presentación de las solicitudes serán los siguientes:
– 1.ª Convocatoria de marzo 2027: del 8 al 19 de febrero de 2027.
– 2.ª Convocatoria de octubre de 2027: del 27 de septiembre al 8 de octubre de 2027.
7.– La documentación para tomar parte en los exámenes podrá entregarse en el CIFP Blas de Lezo de Pasai San Pedro (Gipuzkoa).
8.– La no presentación a examen no dará lugar a cambio de matrícula para una próxima convocatoria.
Segunda.– Los Tribunales para juzgar las pruebas serán designados por la directora de Pesca y Acuicultura del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.
Tercera.– Los presidentes de los Tribunales, harán público en el tablón de anuncios de cada centro examinador las fechas de los exámenes correspondientes a las distintas convocatorias dentro de los plazos previstos en la presente convocatoria y sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera. Asimismo, y con la debida anticipación, harán público en el tablón de anuncios de cada centro las horas de los exámenes, la composición de los tribunales examinadores, así como las listas de admitidos y excluidos.
Cuarta.– Finalizados los exámenes, se expondrán en el tablón de anuncios de las dependencias administrativas señaladas en la base segunda de la presente Resolución las listas de las calificaciones obtenidas. Los candidatos podrán, en su caso, formular las reclamaciones que estimen oportunas, ante el presidente de cada Tribunal, en el plazo de 5 días, a contar desde la fecha en que sean publicadas las mencionadas listas. Las reclamaciones deberán estar debidamente razonadas, e ir acompañadas de fotocopia del DNI y dirigidas al secretario del Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código postal de la localidad o correo electrónico, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito.
Los exámenes se conservarán durante un período de 2 años a contar desde la adquisición de firmeza de las calificaciones. Excepcionalmente se conservarán durante 3 años aquellos exámenes que hayan sido objeto de revisión.
Quinta.– Incompatibilidad y régimen de duplicidad. Se establece el siguiente régimen de incompatibilidades:
1.– Prohibición de simultaneidad: No se podrá concurrir a las pruebas libres para la obtención de la titulación de Capitán de Pesca en el mismo año académico o convocatoria en el que la persona solicitante se encuentre matriculada de manera ordinaria en el Programa de Especialización de Capitanía de Pesca.
2.– Efectos de la duplicidad: En caso de detectarse que un aspirante incurre en esta duplicidad, se procederá a la anulación de oficio de todas las solicitudes afectadas, lo que conllevará la pérdida del derecho a examen.
3.– Declaración responsable: A tal efecto, la solicitud de inscripción incorporará una declaración responsable donde la persona interesada manifieste formalmente el cumplimiento de este requisito.
Sexta.– La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de octubre de 2026.
La directora de Pesca y Acuicultura,
IXONE SOROA GUENAGA.
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